• Este debate tiene 4 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 20 años por Elisamá.
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  • #38216 Agradecimientos: 0
    pescante
    Participante
    1
    junio 2002


    Buenas compañeros, tengo que volver con una pregunta que ya hice en su momento porque las respuestas que he recibido siguen siendo ambiguas: hace unos meses acabamos nuestra relación con la mutua y ahora toda la prevención es desarrollada por un trabajador designado(excepto los reconocimientos médicos) , mi pregunta es donde me pueden informar con certeza de cuando tengo que pasar la primera auditoría(si ahora o a los 5 años a partir de terminar con la mutua).

    He consultado con técnico de la mutua me dice que a los 5 años desde que acabamos con ellos.

    El Instituto de Seguridad Laboral me aconseja que la haga ahora pero no con la seguridad que me gustaría.

    En el foro las respuestas han ido en los 2 sentidos.

    Necesito tener este tema claro porque una auditoría no es cosa barata que uno pueda estar haciendo asi porque sí.

    Gracias de antemano por vuestra colaboración

    Un saludo.

    #254069 Agradecimientos: 0
    makuku
    Participante
    0
    marzo 2004


    Cuando constituyen servicio de prevención propio, (asumiendo la empresa dos especialidades es suficiente), debes de realizar la implantación de la prevención dentro de vuestro sistema de gestión. Antes de la Ley 54/2003 de Modificaciones de la Ley 31/95, se denominaba manual de gestión de la prevención , con estas modificaciones se denomina Plan de Prevención de Riesgos Laborales art. 16.1 de LPRL y art.2.1 RD 39/97. Cuando tengas implantado este sistema debes pasar la Auditoria de Prevención de Riesgos, y hacer una revisión de la misma cada 5 años.

    #254070 Agradecimientos: 0
    jorgar
    Participante
    0
    agosto 2002


    Lo primero que tendrías que hacer es establecer e implantar el sistema de gestión de la prevención de la parte que habeis asumido ahora, tras la reforma a este sistema de gestión le llaman plan de prevención de riesgos laborales, el artículo 16.

    Según mi interpretación y criterio, una vez que tengas implementado este sistema, has de pasar la primera auditoría, y después cada 5 años la revisión de la misma.

    Que quede claro que esto es una interpretación, y que por supuesto pueden haber respuestas en el otro sentido, porque en la ley no está especificado ni hacia un sentido ni hacia el otro, o sea que es ambigua, y eso puede llevar a respuestas ambiguas.

    #254071 Agradecimientos: 0
    ricardomarq
    Participante
    0
    octubre 2002


    a los 5 años a partir de que el trabajador designado empezara a hacerse cargo. mira en el 39/97, en la parte de auditorias hay encontraras que las auditorias cuando la prevencion se realizce con medios propios es como maximo cada 5 años

    #254072 Agradecimientos: 0
    Elisamá
    Participante
    0
    enero 2004


    Las auditorias se realizan a partir de los cinco años desde que la empresa tiene formalizado alguna de las modalidades preventivas previstas en el R.D. de los servicios de prevencion.

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