El empresario debe exigir y comprobar que las máquinas que adquiere son intrínsecamente seguras (adecuación legal constatada por la existencia de marcado CE) y que en el manual de riesgos que obligatoriamente acompaña a la máquina se le infrma para que pueda efectuar sin riesgos todas y cada una de las operaciones de la máquina: reglaje, uso, limpieza, mantenimiento, etc.
¿Qué sucede cuando las máquinas son anteriores a la entrada en la CEE y no tienen ese marcado? ¿Hay que hacer alguna homologación? ¿Donde?
¿Que sucede si la máquina no disponía de manual de instrucciones o éste se ha perdido? ¿Y si la empresa que fabricaba las máquinas ya no existe? ¿Cómo puede el empresario garantizar la seguridad de estas máquinas? ¿Cómo puede documentarla?
Ya se que son muchas preguntas y por ello agradezco de antemano las molestias que os podáis tomar pero es un caso real que me he encontrado.
Muchas gracias y un saludo.