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  • #37322 Agradecimientos: 0
    dicaz
    Participante
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    diciembre 2001


    Hola a todos y, gracias de antemano, por la ayuda que seguro me vais a prestar. Hace un par de meses cambié mi turno de trabajo con un compañero; cambios por otro lado habituales desde hace casi veinte años y, consentidos por la empresa sin previa notificación; bueno, ya sabeís, nunca pasa nada, pero ¿pudo haber pasado?. Mi compañero, de camino al trabajo, el día que me correspondía trabajar a mí, sufrió un accidente de tráfico que, por suerte, sólo produjo lesiones leves pero motivaron dos meses de baja laboral. Cuando la mutua reclamó a la empresa el cuadrante de turnos, observó que el día del accidente mi compañero libraba y, se lo comunicaron a mi empresa. Ésta, explicó lo que había pasado y, todo se solucionó. Pregunta: ¿Si, gracias a Dios no ha pasado, mi compañero falleciera en el accidente, la mutua pasaría del tema, como realmente hizo?. Gracias, y perdonad tanta letra. Un saludo.

    #251587 Agradecimientos: 0
    A_Lopez
    Participante
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    abril 2004


    En caso de lesiones graves podría haber tenido más problemas para que la Mutua aceptara considerar el accidente “in itinere” y lo más probable es que realizara una investigación detallada del accidente en el que sería necesario justificar que realmente se dirigía al trabajo cuando tuvo el accidente. Como última alternativa estaría la reclamación judicial en la que mediante testigos se podría demostrar tales circustancias. No obstante para evitar todo esto lo mejor es documentar los cambios de turno.

    #251588 Agradecimientos: 0
    elton
    Participante
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    abril 2003


    Es importante que los cambios de turno queden reflejados perfectamente en algún documento pues es habitual que las mutuas y las aseguradoras traten de evitar cualquier indemnización apoyándoes en cualquier “clavo ardiendo”.

    Conozco el caso de un empleado que acude a su empresa un festivo para algún tramite personal no fichando en los relojes de control, por pensar que no era necesario.

    Lo llaman de una sección para consultarle un problema, y le da un infarto con consecuencia de muerte.

    Para que la viuda pudiera cobrar el seguro hubo que acudir a los tribunales y no fué facil.

    Se basaron en que no había constancia documental que estuviera dentro de las instalaciones.

    #251589 Agradecimientos: 0
    Tino Blanco
    Participante
    0
    agosto 2001


    Para solucionar estos casos están los juzgados. Si como dices el cambio de turno es una practica habitual aunque no quede constancia escrita, no debes preoparte. No obstante más vale evitar problemas y dejar registros donde consten dichos cambios.

    Un saludo.

    #251590 Agradecimientos: 0
    Luchano
    Participante
    0
    febrero 2003


    Hola

    Mira en estos casos es mejor dejar bien claro los arreglos en los turnos, porque como tu decias, en este caso la mutual respondió, pero que pasaría si el trabajador fallece. En ese caso la mutual tendría argumentos como para impugnar la responsabilidad que le cabe en el caso, lo ue pondría en aprietos a la empresa propiamente tal.

    Finalmente el caso terminaría en tribunales y se dilataría bastante.

    #251591 Agradecimientos: 0
    GINO7541
    Participante
    0
    noviembre 2001


    TÍTULO II, Contingencias cubiertas, Art. 5º : Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar del trabajo (sin interrupciones).

    Esto es lo que dice la ley nº 16744 respecto la los accidentes de trayecto. Por supuesto en Chile.

    La ley Española no debería ser diferente, puesto que lo que prima en este caso es que tu compañero se dirigía a su lugar de trabajo desde su casa, siguiendo el camino más directo y sin interrupciones.

    Algunas interpretaciones de esta ley ha dado por resultado que no se otorgó el derecho de la ley, precisamente en un atropello, cuando el trabajador se encontraba ebrio y atravesó a mitad de calle y no por el paso peatonal, sancionando al trabajador, por un lado, por su estado de embriaguez y por otro no seguir el trayecto más directo y sin interrupciones.

    De haber pasado algo peor, como una muerte, el tema del cambio de turno no sería un argumento para no hacer uso de la ley, lo que no quita que informen formalmente a su jefatura los cambios de turno que ustedes practican

    Menuda suerte la de tu compañero

    Suerte y crucen las calles por las esquinas

    atte

    Carlos Acevedo

    #251592 Agradecimientos: 0
    Edgardo Mazzei
    Participante
    0
    enero 2004


    Seguramente tratarían de esquivar las responsabilidades y usarían el cuadrante de turnos. ¡OJO!

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