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  • #37209 Agradecimientos: 0
    Amaya
    Participante
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    septiembre 2002


    Buenas tardes. Somos una empresa constructora con personal mayoritario en dirección o administración. No tenemos Delegado de Prevención. Se ha informado a los trabajadores de que tienen ese derecho pero no han elegido ni se ha presentado nadie. Me gustaría saber si esto es una incorrección legal por parte de la empresa.

    Otra pregunta. En relación con las empresas subcontratadas. ¿Que intercambio de información o que grado de participación se debe establecer con los delegados de prevención de las subcontratas? Muchas gracias

    #251263 Agradecimientos: 0
    TIMEO
    Participante
    0
    febrero 2004


    Cuantos trabajadores tiene su empresa?

    #251264 Agradecimientos: 0
    Amaya
    Participante
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    septiembre 2002


    Somos 15 trabajadores

    #251265 Agradecimientos: 0
    emazab
    Participante
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    abril 2004


    Si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores, el delegado de prevención puede ser el delegado de personal. Si no es así, creo que es el artículo 35 de la LPRL el que expone el tema de los delegados.

    No sé si te servirá de mucho.

    #251266 Agradecimientos: 0
    emazab
    Participante
    0
    abril 2004


    Referente al tema de las subcontratas les pedimos toda la documentación referida a los temas de seguridad: reconocimientos médicos de los trabajadores, formación, nombramiento del supervisor de seguridad, certificados CE de toda la maquinaria (si se da el caso), autorizaciones para el uso de la maquinaria, contrato con el SPA,… Se realizan reuniones mensuales con los supervisores nombrados por las subcontratas para tratar los temas de obra referentes a seguridad.

    #251267 Agradecimientos: 0
    ImagenesdePrevencion
    Participante
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    diciembre 2003


    Si hay constancia documental de que se ha informado, la empresa ya ha cumplido con su obligación formal. Sinembargo la figura del Delegado de Prevención puede ser muy útil, por lo que se puede insistir en que lo elijan, y si no quieren seguir la vía sindical ordinaria pueden hacerlo según la disposición adicional cuarta de la LPRL.

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  • El debate ‘ DELEGADO DE PREVENCIÓN’ está cerrado y no admite más respuestas.