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  • #37078 Agradecimientos: 0
    SHAKIRA
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    junio 2003


    Muchas gracias a las dos personas que me habéis respondido a la pregunta de Recursos Preventivos, pero quiero hacer otra pregunta en relación a este tema:

    Según Inspección de Trabajo, y hasta que las nuevas leyes se aclaren un poco, dice que el Recurso Preventivo lo ha de poner la Empresa Contratista, muy bien, pero en el caso de dos empresas del mismo Grupo Empresarial (A y B) a A se le ha adjudicado una obra, parte de la cual subcontrata a B, el Encargado de la Obra va a ser de la subcontrata B, que posee los requisitos necesarios para ejercer las funciones de Recurso Preventivo, ¿existe la posibilidad legal entre empresas del mismo grupo que el Recurso Preventivo pertenezca a la subcontratada B?

    #250855 Agradecimientos: 0
    tecp
    Participante
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    abril 2004


    ¿Estamos hablando de una UTE? Si es el caso la respuesta es clara ya que es una “unión temporal de empresas”, por lo que ese encargado de la B ya pertenece a la A, no existe una empresa A y una B sino una empresa AB.

    #250856 Agradecimientos: 0
    Karkemis
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    octubre 2002


    Podría pasar, pero ha de tener un contrato o acuerdo con la principal en la que asume dichas funciones y responsabilidades

    #250857 Agradecimientos: 0
    PaulaPPAz
    Participante
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    marzo 2004


    Habría entonces que realizar una reunión del Comité de seguridad y salud en la que se llegase al acuerdo entre las partes de:

    1º asunción de todas las responsabilidades de la contratista principal por parte de la subcontratista.

    2º Compromiso por parte de la contratista de poner todos sus recursos preventivos a disposición de la subcontratista de las obras.

    Estos acuerdos quedarían reflejados en el acta de reunión del comité de seguridad y salud que con la nueva reforma de la Ley 31/95 son de obligado cumplimiento ya que dicho comité pasa de ser un organismo meramente de consulta, a ser organismo decisorio en cuestiones preventivas.

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