Viendo 8 entradas - de la 1 a la 8 (de un total de 8)
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  • #36231 Agradecimientos: 0
    Nardo
    Participante
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    abril 2004


    hola amigos!! tengo un grave problema con un trabajador de construccion el cual llega ebrio al trabajo, por supuesto el lo niega, mi cuestion es que debo hacer, le puedo amonestar con suspension de empleo y sueldo? obligarle a someterse a la prueba de alcoholemia? quien puede hacer esa prueba? esto puede ser causa de despido legalmente?? es una cuestion que me urge porque realiza trabajos en altura y el accidente puede traerle consecuencias muy graves a el y a la empresa. gracias de antemano

    #248011 Agradecimientos: 0
    evinhalv
    Participante
    0
    marzo 2004


    al trabajar en construcción no se puede negar a hacer el reconocimiento médico entonces le dices que lo haga y seguramente eso el médico lo detecta con lo cual en el informe te pondrá que no es apto para la realización de ese trabajo, legalmente no puedes amonestarle con suspensión de empleo y sueldo ni puedes despedirle lo único que puedes hacer es esperar a ver que pasa en el reconocimiento médico. Este tema lo hablamos con uno de los inspectores del Instituto de Seguridad e Higiene y eso fue lo que nos contestó

    #248012 Agradecimientos: 0
    ydelpico
    Participante
    1
    0
    febrero 2004

    Iniciado

    Hola!!!

    desconozco si le puedes suspender de empleo y sueldo, pero hemos tenido un caso parecido en el spa donde trabajo, te redirecciono lo que nos comentó nuestro asesor legal en este caso concreto. Te puedo asegurar que es de reconocio prestigio en temas de riesgos laborales.

    En cuanto al analisis de tóxico solo se puedo hacer con consentimiento firmado del trabajador (bien en contrato como cláusula o bien a posteriori)

    un saludo

    Si el empresario sospecha que un trabajador puede llegar a su puesto bajo

    > los efectos de sustancias tóxicas, deberá indicarle que realice tareas que

    > no supongan un riesgo para él y para el resto (por ejemplo que no manipule

    > maquinaria, no suba a alturas….) es decir un cambio momentaneo de puesto

    > de trabajo.

    >

    > Siempre con el consentimiento firmado del trabajador el empresario podrá

    > realizar reconocimientos médicos especificos en los que se incluyan

    > pruebas para determinar el consumo de esas sustancias tóxicas. La citación

    > se realizará como se hace con los reconocimientos médicos periódicos: a

    > través de la UBSse citará al trabajador para que

    > se realice el protocolo oportuno en cada caso.

    >

    > >

    #248013 Agradecimientos: 0
    amiter
    Participante
    0
    mayo 2004


    La decisión es el abrir o no un expediente sancionador. Si se han agotado otras posibilidades creo que no cabe otra opción pues implica riesgo para otros operarios.

    Para instruir el expediente habrá que estar a lo establecido en el Convenio Colectivo de aplicación (ver como se califica a efectos disciplinarios como falta grave o muy grave…). En su defecto ver Estatuto de los Trabajadores. En cualquier caso debes ser muy escrupuloso con las formas en la instrucción del expediente pues puede ser un tema delicado.

    #248014 Agradecimientos: 0
    Edgardo Mazzei
    Participante
    0
    enero 2004


    Cuando llega al lugar de trabajo en las condiciones que describes (y previas coordinaciones por parte tuya realizadas), inmediatamente que le efectúen los anáslisis de alcoholemia correspondientes, asentándolo en un Acta. ¡No le permitas trabajar en la obra! Envíalo a su casa. Luego de tener los resultados, recomiéndale que consulte con algún profesional para dejar la adicción y si se suscita la situación una vez más, despídelo.

    #248015 Agradecimientos: 0
    Guerra
    Participante
    0
    julio 2001


    Te recomiendo que te pongas en coctacto con el CENTRO DE ATENCIÓN INTEGRAL DE DROGODEPENDENCIAS (CAID) de CC.OO. Se trata de un servicio técnico especializado cuyo objetivo es facilitar la atención a trabajadores y trabajadoras con problemas de abuso de alcohol y otras drogas.

    Si me dices en que provincia te encuentras, puedo darte la dirección.

    Saludos.

    Delegado de Prevención CC.OO.

    #248016 Agradecimientos: 0
    tonymallorca
    Participante
    0
    octubre 2003


    La primera accion es destinarle a un puesto de trabajo donde ni el ni sus compañeros corran peligro por una negligencia cometida por el, seguidamente y al pertenecer al ramo de la construccion no puede negarse a realizar las pruebas medicas de vigilancia de la salud en las que se determinara si es apto o no para el tipo de trabajop para el que esta contratado, caso de que no fuera apto por no reunir las condicciones es motivo suficiente para la apertura de expediente y la posible recision de contrato

    #248017 Agradecimientos: 0
    ercina
    Participante
    0
    mayo 2004


    Yo he tenido el mismo problema y la solución fue realizar en la mutua un análisis de sangre con testigos (compañeros del trabajdor y delegados de empresa) los resultados fueron tajantes y puede ser motivo de despido

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