- Este debate tiene 7 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 8 meses por Saboya.
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Hola, estoy preparando un plan de seguridad para una costrucción de un depósito de agua. Mi problema es que donde está pensado ponerse la grua torre, en sus cercanías, hay líneas aereas de alta y baja tensión. He estado revisando los RD 614/2001 y 836/2003 y no he encontrado nada que pueda aplicar prácticmente, es decir, una distancia concreta a la que situar la grúa, la flecha… No sé si será por las prisas o es que no aparece pero agradecería si alguien me pudiese dar mas información al respecto, un plan de seguridad por problemas similares o cualquier tipo de aclaración.
gracias
Un saludo
Supongo que sabes que la grúa o sus cables y componentes no deben tener en ningún caso intersección con las lineas eléctricas.
Ahora mismo no tengo la legislación a mano, creo que el reglamento electrotécnico de alta tensión lo recoge, pero creo que la distancia mínima era de 3 o 5 metros a una linea eléctrica en tensión.
A ver si esta mañana tengo un hueco y lo busco.
Distancia 5 metros, como mínimo. desde cualquier punto y situación.
saludos
Lo primero sería ponerse en contacto con la empresa de las líneas eléctricas para ver si pueden anularlas temporalmente.
Otra solución sería poner un recubrimiento aislante en los cables en las zonas donde haya peligro de contacto.
La empresa eléctrica es difícil que te deje poner nada en unos cables de alta, será difícil que te deje que el radio de acción pueda afectar a la línea y además, para instalar grúas torre hace falta un proyecto aparte en el que se debe considerar el entorno (estabilidad del suelo, proximidad a líneas aéreas…)
REAL DECRETO 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones. BOE núm. 170 de 17 de julio.
Artículo único. Aprobación de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2».
Se aprueba la Instrucción técnica complementaria (ITC) «MIE-AEM-2» del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas torre para obras u otras aplicaciones, que se inserta a continuación.
La normativa Chilena de la SEC (Superintendencia de Electricidad y Combustible) indica que la distáncia mínima que debe existir entre construcciones y lineas eléctricas según voltaje nominal de las lineas aéreas son: 1,30m. para líneas de baja tensión 220/380 volt, 2,00 m. para líneas de alta tensión hasta 25 Kv y de 2,50 m. más 1 cm. por cada Kv de tensión nominal en exceso sobre 25 Kv, para líneas de alta tensión sobre 25 Kv, considerandose como FRANJA DE SEGURIDAD DE LAS LINEAS ELECTRICAS al espacio de separación de las líneas eléctricas respecto a las construcciones, definido como distancia de seguridad. Obviamente tu debes considerar el radio de acción de la grúa para tu cálculo; verifica en el diseño del estanque de agua, el plan de contingencia en caso que ocurra algún siniestro al estanque, respecto a estas líneas de alta y baja tensión.
Saludos
Prueba aqui, encontraras lo que buscas, un saludo.
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