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    Segurator
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    junio 2004


    ¿Podría alguien decirme si está recogido en alguna norma cuándo hay obligación de usar el casco en una obra?. La lógica obliga: donde existe riesgo de proyecciones, de caídas de objetos, dentro de zanjas, junto a máquinas, etc. pero alguna vez me han comentado que según ¿¿?? es obligatorio desde el mismo momento en que se entra en la obra (perímetro externo) salvo trabajos de acabado, ¿es eso cierto?.

    #244926 Agradecimientos: 0
    MicV1.0
    Participante
    0
    junio 2004


    Norma reglada no, pero si es obliatorio es uso de este, Cuando es bligatorio?, pues donde existan siempre los riesgos que describes y cuando circules por la obra, por ejemplo si entras a la obra y vas a tu puesto de trabajo para pintar las paredes de una obra acabada, se debe llevar el casco hasta el puesto de trabajo y mientras permaneces en la zona a pintar no llevarlo. Pero durante cualquier circulación de personal en la obra es obligatorio el uso del casco. Hay que tener en cuenta que en principio si es obligatorio lo es siempre y para todos pues, que diria la inspección de trabajo si al pintor se le cae un trozo de escayola del falso techo por estar mal colocada, mala suerte??. Lo que hay que hacer es cumplir el Plan de Seguridad y un plan bién hecho incluiría este aspecto, a criterio del técnico.

    #244927 Agradecimientos: 0
    masky
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    diciembre 2002


    La regla es la siguiente..la cabeza siempre debe quedar protegida. Puedes recibir un impacto por elementos que caigan, o tambien golpearte con elementos inmóviles, o incluso que te golpee algo que se esté moviendo, pero nunca hay que olvidar que también pudes golpearte en la cabeza cuando caes al suelo. En obra (y en otras muchas profesiones) el casco junto con botas de seguridad y ropa adecuada, son imprescindibles, y si de mi dependiera, nadie seria excepción, NADIE. Y he llevado muchísimo tiempo el casco sobre mi cabeza, eso si, un buen casco, con su barbuquejo incorporado, para evitar que se me cayera. Si el empresario quiere que los operarios hagan uso de casco, debe proporcionarles cascos adecuados, no la mierda homologada que se vende, incómoda, y sin barbuquejo, por lo que es mejor dejarlo en el suelo, que es donde siempre acaba cada vez que miras hacia arriba.

    #244928 Agradecimientos: 0
    galipoliss
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    marzo 2004


    Muy fácil , mira en el Plan de seguridad de la obra , verás como parta todas las unidades de obra , viene especificado , como equipo de prot. indiv. el casco . Co eso queda todo aclarado .

    saludos

    #244929 Agradecimientos: 0
    kotas
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    0
    diciembre 2001


    Como te han comentado los compañeros anteriormente, el uso del casco en obras es obligatorio, te lo dirá el Plan, la Ley, etc, pero también hay que tener mano izquierda con algunos oficios, ya que hay trabajos que no sería necesario, el sentido común te lo dirá.

    si eres capaz de obligar a todo el personal de la obra, enhorabuena.!!!Saludos

    #244930 Agradecimientos: 0
    cordobespreven
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    diciembre 2001


    Anexo IV RD 1627/97 y RD 773/97

    #244931 Agradecimientos: 0
    Saboya
    Participante
    0
    agosto 2002


    La cuestion tiene “dolo”. Hay que leer muchacho. Te recomiendo que comiences con la Ley 31/95 y a partir de esta, lo que quieras.

    Si, el casco, así como el resto de los EPI, son obligatorios, ¿cuando?, cuando así lo establezca el Plan de Seguridad. Un saludo y, por favor… lee.

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