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  • #35137 Agradecimientos: 0
    mjvega
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    marzo 2004


    Hola,

    me gustaría saber si es necesario contratar a un servicio ajeno para realizar la evaluación de riesgos de una tintoreria (limpieza en seco donde se usa percloroetileno) con un trabajador autónomo o por el contrario si él mismo puede gestionar la prevención.

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

    #244590 Agradecimientos: 0
    inma03
    Participante
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    junio 2003


    si se trata de un trabajador autónomo y no tiene trabajadores por cuenta ajena NO LE AFECTA LA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES.

    #244591 Agradecimientos: 0
    mjvega
    Participante
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    marzo 2004


    Gracias Inma, pero se me olvidó poner que si tiene dos trabajadores.

    Un saludo,

    #244592 Agradecimientos: 0
    cacho17
    Participante
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    mayo 2003


    Primero quiero puntualizar:

    Actualmente los autónomos están obligados a realizar una evaluación de riesgos.

    Como solo son dos trabajadores la gestión de la prevención la puede asumir el empresario, sin necesidad de contratar a un servicio de prevención ajeno. Pero cada 5 años está obligado a pasar una auditoria.

    #244593 Agradecimientos: 0
    ireth
    Participante
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    julio 2004


    Si la empresa tiene menos de 6 trabajadores, el propio empresario puede realizar la evaluación de riesgos si tiene conocimientos de ello (mínimo técnico intermedio). Consulta la página , con respecto a las notas técnicas sobre el percloroetileno en concreto.

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    #244594 Agradecimientos: 0
    Esquilo
    Participante
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    noviembre 2001


    Entiendo que él podria Gestionar la Prevencion , pero siempre que tengo la formacion suficiente para realizarlo

    #244595 Agradecimientos: 0
    Aguere
    Participante
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    junio 2004


    Como te han explicado, con sólo dos asalariados él mismo tiene la posibilidad de hacerse cargo de la prevención, si desarrolla su actividad en el mismo centro y si tiene la cualificación suficiente…. salvo la vigilancia de la salud (a menos que sea Médico del Trabajo y, además DUE del trabajo, y además disponga de laboratorio de análisis clínicos, consulta autorizada por sanidad y el aparataje necesario). Vamos, que la medicina del trabajo (como mínimo) la tiene que contratar, y el percloroetileno no es una mariconada.

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