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  • #34921 Agradecimientos: 0
    Goizalde
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    septiembre 2001


    Me gustaría conocer la forma de pago que se está dando a esta figura. Se está pagando como unidad de obra, o se entiende que su coste lo deben de cubrir los gastos generales del presupuesto de seguridad, tal y como sucede con el encargado y jefe de obra. Si podeis justificarmelo con la normativa en la que agarrarme.

    #243851 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Yo no abono ni un euro del recurso preventivo, tal y como dices su coste va a la partida de gastos generales pero no de seguridad sino de toda la obra ya que forma parte del equipo de la contrata, al igual que el jefe de obra, topógrafo, encargado, técnico de seguridad, etc. Otra historia es que en la Memoria del Proyecto vengan bien desglosados estos gastos generales y que en vez del 13% pueda ser el 16% o el 20%, pero como digo, eso es otra historia, en insisto, es mi opinión y puede haber otros que consideren que es de abono.

    Para no abonarlo me baso en la Ley 54/2003 que indica claramente que para operaciones de riesgo, incluidas en el Anexo II del 1627, debe estar presente un recurso preventivo y si en la obra no hay riesgos incluidos en el Anexo II no considero necesaria su presencia.

    #243852 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    junio 2002


    Maestro

    Más aclaraciones: Yo no considero de abono, por parte del promotor, todas aquellas partidas que la Ley y RD obligan claramente a cumplir, con nombre y apellidos por parte de la contrata, lo que ocurre es que los proyectistas flaco favor nos hacen al reflejar en los presupuestos de seguridad partidas que son claramente de G.G. y que las incluyen por desconocimiento o porque llevan copiando el mismo presupuesto desde los años 80.

    En mi opinión no son de abono: La escalera de mano o zapatas antideslizantes para las mismas (es un medio auxiliar de trabajo o acceso, ¿acaso pagan aparte la retroexcavadora en el presupuesto del proyecto? No, pues lo mismo).

    – Reconocimientos médicos: A no ser que sea un reconocimiento muy específico, por el tipo de obra o vacunaciones especiales, es obligación de la contrata, según 31/95.

    – Cinturón portaherramientas: No es un equipo de protección individual.

    – Caseta de Oficina o encargado: Es un G.G. porque para calcular las casetas, ellos como cualquier otro trabajador, tienen derecho a 2 m², no a una caseta para su uso y disfrute.

    – Caseta almacén: Lo mismo. G.G.

    – H. de técnico de prevención: Es obligación del empresario el controlar sus obras. G.G.

    – H. de formación: A no ser que sea específica, a pie de obra o en otro local por la singularidad de los trabajos, la formación genérica de los riesgos es una obligación de la contrata.

    Etc., etc. Y si aplicásemos los criterios del Ministerio de Fomento, que por cierto ha sacado un libro al respecto, apaga y vámonos, excepto protecciones colectivas, del resto considera que nada es de abono.

    #243853 Agradecimientos: 0
    PrevenciónConstrucción
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    julio 2004


    La normativa española es super-ambigua, no pretendas que aclare cosas como esa, un recurso preventivo en obras grandes será un técnico de prevención, nombrado por el contratista y su sueldo lo paga la empresa, no va con cargo al Plan de Seguridad. En obras más pequeñas el recurso preventivo será el encargado, capataz, el jefe de obra que ya tiene su sueldo por la ejecución, ésto es un añadido.

    Saludos.

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