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  • #34845 Agradecimientos: 0
    Framova
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    diciembre 2003


    La consulta que os hago es algo que me preocupa a la hora de buscar trabajo en un servicio de prevención ajeno, ahí va: Si trabajas como técnico en un servicio de prevención ajeno, ¿Cuáles son las responsabilidades que se tienen en caso de accidente en trabajadores de una empresa a la que asesores? Supongo que el servicio de prevención ajeno tiene algún tipo de seguro obligatorio para sus técnicos en esos casos.

    #243558 Agradecimientos: 0
    TGR_KP
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    enero 2002


    Las responsabilidades pueden ser, a groso modo,:

    Civiles: indemnización al trabajador de la empresa, aunque el SPA disponga de su correspondiente seguro, también puede darse el caso de que el técnico sea responsable directamente. Los SPA están obligados a disponer de una póliza de RC con cobertura de un capital mínimo de 1.200.000 €.

    Penales. daños por imprudencia, delito contra derechos de los trabajadores, homicidio imprudente, asesinato, etc.. unos cuantos delitos pueden comenterse en el ejercicio de la profesión.

    Administrativa: pérdida de la acreditación como Técnico o prohibición para el ejercicio de la profesión (aunque esto último es más bien de penal).

    Laboral: obviamente, el despido.

    Administrativas

    #243559 Agradecimientos: 0
    Coriano
    Participante
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    abril 2004


    Todo lo anterior es cierto, pero ten en cuenta que las sanciones por responsabilidad en el orden Penal, tienen caracter personalísimo y responde de ella el que sea declarado culpable del hecho que lo motiva, sin que se pueda transferir a terceros..Un saludo.

    #243560 Agradecimientos: 0
    Lunah
    Participante
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    julio 2002


    Coincido plenamente con mis compañeros, aunque me gustaría resaltar que la posibilidad de que se pueda imputar un delito a un técnico se un SPA/mutua, es muy pequeña debido al caracter externo de los servicios.

    Es decir que al no tener capacidad de decisión dentro de las empresas a las que se asesora, la única posibilidad de condena es la negligencia, ya que tú como técnico debes asesorar a las empresas lo que deben hacer (por supuesto por escrito) y es cuestión suya llevarlo a la práctica.

    Un saludo

    #243561 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Si que existirá un seguro, pero es de responsabilidad civil. Lo que no se puede asegurar es la responsabilidad penal de la que es sujeta la persona física con nombre y apellidos. De ahí que dependiendo de su actuación pueda deducirse desde una simple falta hasta un delito…

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