Mire si ustedes estaban con un SPA, no tenían que haber hecho ninguna auditoría, a no ser que tuvieran contratadas sólo algunas especialidades y otro u otras las llevaran ustedes, en cuyo caso la uditoría a que se sometieron era de esas especialidades no contratadas. Si pasan ahora a un SPP, volvemos a estar en las mismas, depende que especialidades hayan asumido, si son todas, deberán someterse en el plazo de 5 años a una auditoría de las especialidades que tuviesen ahora asumidas y antes lo tuviesen contratado con el SPA. Pero para resumir, las auditorías hay que realizarlas al menos una vez cada 5 años al sistema de organización que uno haya optado, siempre que no sea el de un SPA que entonces queda liberado de esa obligación…