Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #34559 Agradecimientos: 0
    Guille 75
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    julio 2004


    Hola a todos.

    en una pequeña obra de rehabilitación mi empresa, que es constructora y hace la albañilería, subcontrata la pintura.Es un trabajador autónomo con dos a su cargo, pero no tiene servicio de prevencion. el trabajo tiene riesgos de caida de altura, son las paredes interiores de una iglesia que tienen 14 m, y va a utilizar un andamio homologado con ruedas que está ya montado y una pequeña plataforma elevadora, que le proporcionamos nosotros.

    Le he preparado un plan de seguridad, con los riesgos que va a encontrar y como evitarlos.Pero, ¿que mas le pido?

    Gracias

    #242517 Agradecimientos: 0
    El perchas
    Participante
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    julio 2004


    Te han de demostrar, tanto el autónomo, como las dos personas a su cargo, que:

    1º.- Han recibido la información de los riesgo que implica su trabajo

    2º.- Que están debidamente formados para realizar este tipo de trabajo

    3º.- Que son aptos, médicamente hablando, para realizar las actividades (trabajos en altura)

    4º.- Que disponen de los EPI y EPC necesarios.

    Por otro lado, revisate el R.D. 171/2004. Dependiendo de la situación de contratas y subcontratas, es posible que el pintor deba tener un “recurso preventivo” en obra

    #242518 Agradecimientos: 0
    Guille 75
    Participante
    0
    julio 2004


    Gracias Perchas

    La cosa es que con todo eso lo machaco, porque no tiene ná de ná…..y es familia de mi jefe, así que el trabajo lo va a hacer el seguro.

    #242519 Agradecimientos: 0
    fireman vzla.
    Participante
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    agosto 2004


    En Venezuela la Ley estipula que por una cantidad especifica de trabajadores se debe contar con un tecnico de seguridad iundustrial, en caso contrario la contrata principal debera proveer un tecnico segun el grado de riesgo que el trabajo presente, recordemos por otro lado que la mayoria de los trabajos de pintura implican trabajos en altura requiriendo entonces inspecciones especiales para el trabajo.

    #242520 Agradecimientos: 0
    galipoliss
    Participante
    0
    marzo 2004


    Hola Guille , que mal rollo si es familia de tu jefe , has de andar con pies de plomo , ya sabes el tráfico de influencias y todo eso .., pero intenta cubrirte la espalda lo mas posible , ah no te olvides de pedirles toda la documentacion de tipo juridico – laboaral , seguros de autonomo …..

    un saludo .

    #242521 Agradecimientos: 0
    Bol 70
    Participante
    0
    septiembre 2003


    Buenas tardes, creo que lo primero que deberia hacer la empresa subcontratada es contratar un servicio de prevención, y que los técnicos se pasaran por la obra para evaluar los riesgos, a continuación el servicicio de prevención debería informar a los trabajadores de riesgos existentes en la obra y luego darle la formación pertinente.

    #242522 Agradecimientos: 0
    xirgu
    Participante
    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    Por partes; Dos posibilidades: Si como bien dices es un trabajador autónomo con dos a su cargo, pasa a ser empresario por tanto le es de aplicación la 31/95 y todas aquellas que mencionan al empresario. Si te has expresado mal y es un autónomo con dos trabajadores, que trabajan habitualmente con él, pero que también son autónomos, por una parte estos dos podrían ser falsos autónomos, es decir, siempre emiten facturas al mismo, con lo que eso conlleva a nivel laboral y desde el punto de vista preventivo, pues estar al pago de autónomos y dalres una charla a pie de obra y que te firmen el documento.

    Y respecto al andamio de 14 metros, por muy homologado que esté no sé si habrás tenido en cuenta que el lado menor del mismo tiene que tener 4 metros para cumplir la relación: altura total ente lado menor debe ser menor o igual a 3,5 (algunos fabricantes 4) porque en caso contrario puede no ser estable.

    #242523 Agradecimientos: 0
    Guille 75
    Participante
    0
    julio 2004


    GRACIAS XIGUR

    que retorcido es este mundo laboral! Ni se me habia ocurrido la opcion del falso autónomo. Lo he preguntado y no, son contratados (mecachis, mala suerte).Así que a efectos prácticos es como una empresa cualquiera ¿no?

    La parte de los 14 metros la vamos a hacer con la maquina elevadora, los andamios que he alquilado son de 8 metros.

    #242524 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Un Plan, lo que se dice un Plan de Seguridad y Salud, según el RD 1627/97, NO tiene que hacerlo más que el contratista, nunca el subcontratista. Como que tiene, ese pintor autónomo, contratados dos operarios, estos deben de estar en el Régimen General de la SS y el señor pintor se convierte en un empresario a resultas de lo que a cualquier empresario le es exigido segúnb la Ley 31/95 y todo lo que de ella deriva… Lo que le debe exigir documentalmente que esos compromisos como empresario, igual que los que tienen ustedes, los cumpla, le demuestre que los cumple…

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