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    yago ortiz
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    agosto 2004


    En donde podría saber cada cuanto tiempo tiene que realizarse estas pruebas medicas en trabajadores expuestos a agentes quimicos cancerigenos de todo tipo, y en cualquier estado (vapores, solidos, liquidos), creo que cada tres años es suficiente, pero no estoy seguro si hay normativa nacional, europea al repecto.

    #241050 Agradecimientos: 0
    doctorísima0
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    mayo 2004


    Espirometrías es para contaminantes respiratorios pero debes conocel los TLV y steel de cada producto y su concentración , saber cuanto tiempo de exposición al día, tienen tus trabajadores para que puedas saber con que cuentas y hacer tu programa de protección. Debes hacer 1 al ingreso y las sucesivas dependera de la respuesta inicial y de lo que te explique anteriormente: si hay factores de base eque empeoren la condición y suceptibilidad del trabajador.

    #241051 Agradecimientos: 0
    okoska
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    junio 2003


    Cada 6 meses los dos primeros años, luego anual

    #241052 Agradecimientos: 0
    Merlín
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    agosto 2004


    Estimado Yago:

    La espirometría como prueba para la vigilancia de la salud está indicada en los siguientes casos:

    1. Manipuladores de pentamidina y ribavirina, y otros citostáticos que afecten la función pulmonar. Se recomienda que el reconocimiento médico periódico se realice al menos cada 3 años (Protocolo de Agentes Citostáticos).

    2. Trabajadores con riesgo de padecer Neumonitis por Hipersensibilidad o Alveolitis Alérgica Extrínseca por exposición a factores de riesgo. Puedes encontrar los factores de riesgo en el Protocolo de Vigilancia de la Salud de Neumonitis por Hipersensibilidad o Alveolitis Alérgica Extrínseca. La periodicidad de los reconocimientos oscilará entre 6 meses y 3 años según el nivel de riesgo.

    3. Trabajadores expuestos o que hayan estado expuestos al Amianto. En trabajadores potencialmente expuestos o que lo hubieran estado con anterioricidad, la espirometría se realizará con periodicidad anual. En trabajadores que en ningún momento hayan estado potencialmente expuestos pero estén sometidos al riesgo, se realizará cada tres años (Protocolo del Amianto).

    4. Diagnóstico o sospecha de Asma Laboral. La periodicidad oscila entre 6 meses y 2 años según riesgo (Protocolo de Asma Laboral).

    5. Trabajadores expuestos al Cloruro de Vinilo Monómero, inicialmente y con periodicidad bienal (Protocolo de Cloruro de Vinilo Monómero).

    6. Trabajadores expuestos al Óxido de Etileno, según criterio del médico del trabajo.

    7. Trabajadores expuestos al Plomo, siempre y cuando utilicen equipos de protección respiratoria (Protocolo del Plomo).

    8. Mineros y trabajadores expuestos al polvos industriales. La periodicidad varía según tipos de minas.

    Esperando haberte servido de ayuda, recibe un cordial saludo.

    Merlín.

    #241053 Agradecimientos: 0
    dhd
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    junio 2004


    Es un tema bastante complejo:

    1.- Real Decreto 374/2001 de 6 de abril.

    2.- Directiva 98/24/CE, del Consejo de 7 de abril, posteriormente se aprueba la Directiva 2000/39/CE de la Comisión del 8 de junio,por la que se dictó, con caracter indicativo pero no vinculante, la primera lista de valores limites de exposición profesional relativa a agentes quimicos, indicando a los Estados miembros de la obligación de proceder en tal sentido.

    3.- En cumplimiento de tal mandato el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo dio a la luz el Documento- Guía denominado “Limites de exposición profesional para agentes químicos en España” de caracter no vinculante.

    La Comunidad Europea aprobó la Directiva de 28 de junio de 1990, 90/394/CEE, relativa a la protección de los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerigenos durante el trabajo (Sexta Directiva Especifica), cuyo plazo de transposición finalizó el 31-12-1992.En ella se contempla las obligaciones de los empresarios sobre la evaluación de los riesgos,vigilancia medica, así como la formación, información, partyicipación y consulta que es necesario proporcionar a los trabajadores expuestos.

    #241054 Agradecimientos: 0
    Aguere
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    junio 2004


    Lo primero que tienes que analizar es la naturaleza de los productos que se pueden inhalar en el medio laboral, hacer control ambiental y diseñar unas medidas adecuadas para minimizar la exposición. La espirometría te servirá para evaluar la función respiratoria, pero esto es sólo como una “auditoría” de la efectividad de las medidas preventivas. Por otra parte sólo puede serte útil en caso de exposición a productos que puedan originar patología respiratoria obstructiva (irritantes, etc) o restrictiva (polvos fibrogénicos, etc), debiendo tener mucho cuidado de no cometer sesgo al mezclar los resultados de la población fumadora con los de la no fumadora. Hay normativa específica para el caso del amianto y los polvos de sílice, alveolitis extrínsecas, etc; para el resto, la frecuencia dependerá de la intensidad de la exposición y de los propios resultados..

    En el caso de agentes carcinogénicos o de tóxicos con poca repercusión pulmonar, una espirometría normal no te dice nada, al contrario, te puede engañar dándote una falsa sensación de “seguridad”.

    Saludos

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