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  • #30663 Agradecimientos: 0
    fite
    Participante
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    agosto 2004


    Que obras no requieren un Plan de Seguridad y Salud. Serán aquellas obras que no necistan proyecto ni estudio de seguridad.

    #228196 Agradecimientos: 0
    cordobespreven
    Participante
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    diciembre 2001


    Lllevas razon.La respuesta es afirmativa

    #228197 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Sí. Pero además el caso curioso que acabo de contestar el anterior forero y que le adjunto:

    Al hilo de lo dicho. Figúrese ese señor que encarga un Proyecto a un Arquitecto, el que ha de iincluir en su Proyecto el ESS; luego nombra una Dirección de Obra (el mismo Arquitecto del Proyecto, por ejemplo) y un Director de Ejecución de Obra (un Arquitecto Técnico amigo del pueblo); decide hacer la obra contratando a autónomos del pueblo (electricista, excavador, albañil, etc., todos autónomos y vecinos del pueblo con los que juega los S´ñabados al mus en el bar del pueblo), en consecuencia se entera que tiene que nombrar Coordinador de Seguridad y Salud en Fase de Ejecución de Obra, puesto que intervienen diversos trabajadores autónomos y según el Artículo 3, punto 2 del RD 1627/1997 se hace necesario su nombramiento. Como que el es cabeza de familia y construye para su familia la vivienda, no es Contratista a la vez que Promotor, como sí le ocurriría a un Promotor “profesional”, luego en esa obra no hay ni un sólo Contratista que es el único obligado a realizar el PSS. Luego es una obra con Coordinador y sin PSS… (juá, juá, juá… otro agujerito de la ley… no por mucho legislar…)

    #228198 Agradecimientos: 0
    Saboya
    Participante
    0
    agosto 2002


    Pues solamente las que se consideran por la Administración de “urgente realización”, como puede ser la reparación de una tubería de un abastecimiento general “rota”, una demolición por “ruina inminente”, etc. Las demás, aunque sean menores, precisan de PSS, por lo menos en mi “pueblo”, así es. En obras de licitación pública, lease, una apertura de zanja de 25 m de longitud y 1’20 m de profundidad media, para conexionar dos tramos de la red de alcantarillado en una pedanía, se solicita en la licitación, el precio y el PSS.

    #228199 Agradecimientos: 0
    Saboya
    Participante
    0
    agosto 2002


    En las obras en las que se den las circunstancias explicadas por Don Prevencio, en mi región se aplica el contenido del EBSS, a todos y cada uno de los autónomos, y efectivamente no habría ningun autónomo obligado a realizar el PSS.

    #228200 Agradecimientos: 0
    Lolo_40
    Participante
    0
    junio 2002


    Son las de emergencia, mantenimiento, acometidas de servicios (agua, gas, teléfono, electricidad), bacheos en las vías públicas, pequeñas reparaciones de aceras, etc., todas ellas calificadas como tal en Ley, Reglamento o Norma específica.

    Cuando el cabeza de familia es el que contrata la obra completa a una empresa, será considerado promotor. Cuando la contrata a “trozos” a varios autónomos, etc., no será constructor, seguirá siendo promotor por alusión directa del R. D. 1627/1997. Y los que contratan con el promotor son contratistas. Por lo tanto se aplica el artículo 7 del mencionado R.D., “En aplicación del estudio de seguridad y salud o, en su caso, del estudio básico, cada contratista elaborará un plan de seguridad…”. Y en aplicación del artículo 3, tendrá que designar coordinador.

    Nos quedamos sin el “agujero”, lo siento.

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