- Este debate tiene 8 respuestas, 9 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 1 mes por annyka.
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hola a todos, me gustaria saber que obligaciones tiene mi empresa de realizar plan de seguridad. nos dedicamos a labores de jardineria, pero denmtro de estas labores, se encuentran labores de movimientos de tierra para colocación de sistemas de riego. poda y tala de arboles de gran envergadura (hasta 40 m ) para lo que subcontratamos gruas autopropulsadas…., en definitiva que no se trata de trabajos sin riesgos, y como no encuentro en la ley algo que me aclare si estamos o no dentro de obras de construcción en lo que a legislación y obligaciones se refiere, lo pongo en vuestro conocimiento a ver que podeis aclararme. Un saludo
El Plan de Seguridad se realiza a partir del Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud, lo que si debes tener elaborado es un Plan de Prevención, art.23 apartado a)Ley 54/2003. Saludos.
Para saber si estais trabajando para obras de construcción, lo más facil es saber si los trabajos que realizais estan dentro de un proyecto de ejecución material de una obra. Por ejemplo, el arreglo de una call e, de sus aceras, alcorques para arboles, etc, donde hay jardines y vosotros vais atrabajar, lo mas probable es que sea una obra de construccion con un proyecto de ejecución material, y con un Estudio de Seguridad. Y que las unidades que vosotros realizais formen parte de ese proyecto general.
Saludos
Si tu empresa contrata actividades relacionadas con el sector de la construccion, tienes que realizar lo que indica el RD 1627/1997. En lo que no afecte a este RD tendras que hacer un Plan de Prevencion segun la LPRL y el RSP.
La contestación que la da Maikel es corta, concreta y correcta. Tres indicadores más:
1º.-) ¿Su CNAE es el de Construcción? Entonces es muy posible que a más de un trabajo que ustedes realicen les sea de aplicación el RD 1627/1997, siempre que
2º.-) ¿Sus “obras” se hacen de acuerdo a un Proyecto debidamente Visado por Colegio Profesional y para las que además se exige Licencia de Obras? Pues entonces ese Proyecto deberá tener un ESS o un EBSS si se ajusta a los dispuesto en el RD ya citado en su Anexo I. Consecuentemente deberá hacer un PSS en ese caso.
3º.-) Toda empresa está obligada a hacer un Plan de Actividades Preventivas de acuerdo a la Ley 54/2003, según le indica Maikel, y en el que en la Evaluación de Riesgos deberán estar incluidos los propios de su actividad, tanto lo están ya incluidos en el PSS de la Obra, como que no por no ser necesario el referido PSS según lo dicho anteriormente.
En principio la ley de la ordenacion de la edificación establece dentro del campo de aplicación los trabajos de jardineria, por lo que si que se incorpora vuestra actividad dentro del campo de la construcción.
debes confecciomnar el plan de prevencion
Verás, en México si tienes que realizar el programa de seguridad, independiente mente del giro de tu empresa, si cuanta con pocos trabajadores, solo te pide el reglamento un listado de medidas preventivas para aplicar en tu empresa, pero de todos modos tienes que aplicar todo cuanto aplique de cada norma.
Te recomiendo que busques en la OIT existe algo que te puede auxiliar.
Plan de seguridad? no sé que pensaran el resto de prevencionistas, yo haria, una evaluación de riesgos, detallando claramente los trabajos, aunque piensa que en todo PSS se incluye la evaluación.
De todas formas, si trabajais para alguien que os contrate, siempre os podeis adherir a su PSS, aunque no esta demás que tengaís vuestra evaluación de riesgos y se la faciliteis a vuestros trabajadores y proveedores.
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