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  • #27550 Agradecimientos: 0
    fite
    Participante
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    agosto 2004


    Mi duda principal es si el manual de instrucciones de la máquina debe estar sólo en la máquina, o si el contratista principal debe de tener archivado un manual de instrucciones de cada máquina de sus subcontratas.

    Y en el caso de que la máquina no tenga certificado CE de conformidad, o la adaptación al R.D. 1215, ¿serviría con hacer una evaluación de riesgos para esa máquina? ¿o la única opción aceptable de cara a la inspección de trabajo sería no tenerla en la obra?

    Otra duda más: ¿cada cuánto están establecidas las revisiones periódicas para maquinaria de obra civil?¿En qué R.D. está recogido?

    Y ya la última duda: ¿En qué REAL DECRETO puedo localizar lo referente al seguro de responsabilidad civil?¿Dicho seguro sería necesario para toda la maquinaria de obra civil?

    #217044 Agradecimientos: 0
    Maikel
    Participante
    3
    0
    julio 2006

    Iniciado

    ¿Has consultado el Real Decreto 1495/1986? Saludos

    #217045 Agradecimientos: 0
    prevencion pakay
    Participante
    0
    abril 2005


    El manual de instrucciones bajo ningun concepto debe estar fuera de la maquina nunca. Si el contratista principal pide el manual tenemos dos opciones, una enseñarselo y que conpruebe por medio de sus tecnicos que es correcto, y si quiere que le haga copia para tenerlo archivado, pero tenemos que dejarle bien claro ¡ojo! no que lo queremos en la maquina por si vienese la autoridad competente sino, que es el manual de la maquina y como tal el trabajador lo podria necesitar en cualquier momento.

    Si no tiene el certificado CE no sirve con con una evaluación de la maquina, segun la ley tenemos nueve meses desde que salio el real decreto para adaptarla a la normativa y eso lo tenemos que hacer por medio de una empresa autorizada llamadas OCA que significa organismo de certificacion autorizado, son las empresas que se dedican a ese tema y te informo de antemano que no son muy economicas pero no existe otra via.

    Sobre las revisiones no debe de venir en ningun real decreto, eso te lo debe de decir el manual de la propia maquina o en su defecto el libro de revisiones, y si no existiera nada, nos queda el ponernos en contacto con el fabricante de la maquina.

    Recpecto al seguro de responsabilidad civil no estoy muy seguro pero creo que es el real decreto 1230/1989. De todas formas si te puedo decir con seguridad que es obligatorio para toda maquina de obra civil.

    Espero que te sirva de algo mi ayuda.

    Un saludo.

    #217046 Agradecimientos: 0
    jj-duplex
    Participante
    0
    abril 2003


    El manual de instrucciones debe estar en la máquina, pero no es obligatorio que sea el original, puede ser una copia y así el original puede guardarlo el empresario.

    Hoy en día, como sabes, todas las máquinas deben estar adaptadas al R.D. 1215. Yo soy de la opinión que tras una evaluación de riesgos, las correcciones pertinentes en la máquina, el propio empresario puede hacer la adaptación, aunque se haya convertido en fabricante. Aunque en conversaciones con diferentes personas de mi comunidad (inspectores, Técnicos de los gabinetes, mutuas, etc) no se ponen de acuerdo y cada uno te dice una cosa. Mi consejo es o que la haga el empresario o que lo consultes a la Autoridad Laboral de tu provincia.

    Las revisiones periódicas de las máquinas las indica el fabricante en las instrucciones de mantenimiento. Si es vehículo y anda por carretera, debe pasar la ITV, tener seguro, etc.

    Lo del seguro de responsabilidad civil es obligatorio para toda actividad que realice un empresario, pero no te puedo decir dónde lo puedes encontrar.

    #217047 Agradecimientos: 0
    rodolfo41
    Participante
    0
    mayo 2005


    Antes de ingresar la maquina a la obra el subcontratista , tiene que presentar el manual de instruciones de la maquina, a la contratista principal, y certificandola por ingeniero especializado que esta en perfectas condiciones de seguridad para operar

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