Quien paga exige, independientemente de que se ajuste a norma o no. En principio, si no hay Estudio o Estudio Básico, debería de valer con la evaluación de riesgos específica de los trabajos a realizar y presentarlo a la autoridad laboral para realizar la pertinente apertura del centro de trabajo, ya que el único que incumple es la promotora por no disponer de un Proyecto como tal, visado y por lo tanto con su preceptivo Estudio o Estudio Básico. Lo que sucede es que tampoco cuesta mucho realizar un Plan porque en el fondo se trata de una evalaución de riesgos expecífica de los trabajos a realizar.