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  • #38607 Agradecimientos: 0
    pescante
    Participante
    1
    junio 2002


    Tenía una duda: un portero trabajando en un edificio de una comunidad de propietarios , por tener como “empresa” a una comunidad de propietarios tiene alguna singularidad especial en materia preventiva o se siguen las mismas pautas preventivas de cualquier trabajador que trabaja por cuenta ajena en una empresa (evaluación,planificación, información,formación,reconocimientos médicos…)

    Gracias de antemano por vuestra colaboración.

    Un saludo.

    #255286 Agradecimientos: 0
    dodge
    Participante
    0
    julio 2001


    Busca la respuesta en el foro ya que el dia 18-10-2002 pregunto lo mismo Zorro4026 y creo que te interesaran las respuestas que le dieron. Saludos

    #255287 Agradecimientos: 0
    Elisamá
    Participante
    0
    enero 2004


    Todo trabajador tiene el derecho a ser formado e informado de los riesgos inherentes a su trabajo y todo empresario tiene obligaciones legales en materia de prevencion aunque el empresario sea una comunidad de vecinos la ley no hace excepciones al respecto.

    #255288 Agradecimientos: 0
    ricardomarq
    Participante
    0
    octubre 2002


    sirven la mismas pautas que con cualquier trabajador

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