Si te refieres a servicio P. mixto aquel que se da en una empresa se da cuando hay un SPA, y ademas un trabajador designado por lo menos , no se considerará necesario que esté regulado en ningun reglamento , pues en el 39/1997 te indica las posibles modalidades a adoptar en cuanto a la modalidad preventiva en una empresa , si en un aempresa tienen por lo menos alguna de las modalidades posibles y validas ( en funcion de las caracteristicas de la empresa) , ya estaría cumpliendo con la ley , si ademas en la empresa no solo se adopta una de las posibilidades reconocidas , sino que se adoptan dos o mas , pues tanto mejor , estas cumpliendo con creces la gestion de prevencion , con lo que EL SERVICIO MIXTO es ideal porque se complementa con las posibilidades minimas exigidas .
NO ES NECESARIO QUE LO PONGA EN NINGUN SITIO , PUES SI TIENES ADOPTADO UNO MIXTO CUMPLES DE MAS LO QUE LA LEY INDICA
saludos