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  • #34693 Agradecimientos: 0
    Goomer
    Participante
    0
    diciembre 2003


    Hola a todos: ¿Quién y cómo determina la necesidad de usar o no dosímetros personales para personal sanitario expuesto a radiación X? ¿Que pasos han de darse?

    Gracias

    #242957 Agradecimientos: 0
    ——
    Participante
    0
    septiembre 2001


    Cuando una persona se encuentra expuesta a cualquier tipo de radiaciones incluidas las X, debe en lo posible utilizar un dosímetro a fin de saber si ha sido o no sobreexpuesto y tomar luego las medidas necesarias para que esto se mantenga dentro de límites los más bajos posibles. No hay dosis de radiación inocua, la más baja puede producir efectos y enfermedades que por su caracter de aleatorio no se pueden controlar, lo único que se puede hacer es prevenir. No existen realmente límites mínimos admisibles, se los ha fijado como referencia, indican que la probabilidad de que un efecto nocivo se produzca es muy baja, no que no se pueden producir.

    En todos los paises esiten agencias gubernamentales reguladoras, acudir allí y ellos te indicarán lo que debes hacer.

    Freddie Orbe

    #242958 Agradecimientos: 0
    javierdeharo
    Participante
    1
    0
    febrero 2003

    Iniciado

    El mero hecho de que indiques que la irradiación es esporádica ya implica que el personal noes profesionalmente expuesto y, por tanto, la dosis recibida estará claramente por debajo de los límites de dosis expresados en el Reglamento sobre Proteccion sanitaria frente a radiaciones ionizantes.

    De todas maneras, la forma de conocer si es un trabajador expuesto a una dosis que lo califique como profesionalmente expuesto es la siguiente: hay que hacer una estimación de la dosis anual que dicho trabajador va a recibir y en función de ello será clasificado como trabajador expuesto de tipo A o B. Tal calificación conlleva la necesidad de que el trabajador porte dosimetro o no, reconocimientos médicos periodicos, etc. Estas medidas las puedes encontrar en el reglamento de proteccion sanitaria frente a las radiaciones ionizantes que corresponde al Real Decreto 783/2001 publicado en el BOE número 178 de 26 de julio de 2001

    Finalmente te he de indicar que la mencionada estimación de dosis absorbida por el trabajador debe ser efectuada por el Servicio de Protección Radiológica, la unidad de protección radiológica que trabaja para el centro de trabajo donde efectua su tarea el trabajador, o ,en el caso en que por ley no hubiese necesidad de la existencia de las mismas, será el encargado de protección radiológica de la instalación quien tenga que realizar la estimación de las dosis.

    #242959 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
    0
    junio 2004


    Según el Real Decreto de Radiaciones Ionizantes el dosímetro persona es obligatorio cuando el trabajador es de Categoria A, es decir, se presupone que va a tener una exposición anual por encima de 6 Milisievers año. En los trabajadores de Categoria B se utiliza dosimtero de area, Pero en la actualidad en el personal sanitario y no sanitario con exposición a radiaciones ionizantes aunque sean claramente de categoria B y para tranquilidad del trabajador y de la empresa se emplea el dosimetro personal (aunque por ley no es obligatorio).

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