- Este debate tiene 5 respuestas, 5 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 19 años, 3 meses por José Otero.
-
AutorEntradas
-
Hola tengo que realizar un plan de autoprotección de una empresa cuya construcción del edificio es anterior a cualquier NBI/CPI, ¿que puedo hacer?
Pues lo mismo que en el resto de los casos, analizar las condiciones del edificio, evaluar los posibles riesgos (que dado que el edificio es antigui y no dispondrá de medios serán mas importantes), hacer balance de medios técnicos y humanos disponibles, establecer las pautas de actuación que deberán seguir los integrantes del plan y por último establecer las actuaciones necesarias para la implantación definitiva del plan.
La NBE/CPI es una norma básica aplicable en el momento de la construcción de un edificio, pero no determina en ningún caso como debe elaborarse un Manual de Autoprotección. Por lo tanto no es excusa ni impedimento para realizarlo.
No importa le dice que la propia inspección está exigiendo dicha normativa, ya que
la prevención no es solo cuestión de fecha, cuestión de seguridad y salud.
Lo primero que tendrás que hacer es conseguirte una copia de cómo hay que desarrollar un plan de autoprotección. Las pautas de cómo elaborarlo las encontrarás en web de Protección Civil:
En el libro nº 1 deberás definir el nivel de riesgo de incencio de las diferentes dependencias y deberás clasificarlos como: Alto, Medio o Bajo.
Estos niveles los deberás calcular en función de la Carga de Fuego Ponderada de los materiales almacenados en los diferentes elementos constructivos de cada sección o departamento.
Te será de gran ayuda el recientísimo aprobado Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales, cuyo contenido lo encontrarás en el BOE del pasado 17-dic-04 (hace tan sólo 4 días):
En el encontrarás las fórmulas para calcular la Carga de Fuego Ponderada de cada dependencia del edificio de la empresa que te permitirá establecer el nivel de riesgo de ada dependencia.
La combinación de ese RD y las pautas dictadas por Protección Civil en cómo elaborar un plan de Autoprotección espero que te ayuden a elaborar tu propio Plan de Emergencia.
No es tarea fácil y te exigirá mucho trabajo, pero su resultado será un excelente Plan de Emergencia para la empresa que te lo pida.
Te deseo éxitos en tu próximo Plan de Emergencia
Entra o regístrate para ver los enlaces Pues si le exigen el Plan de Autoprotección, igual da que el edificio sea construido ayer que en tiempos de la revolución francesa, tendrá que adecuarlo a la normativa actual. ¿Cuántas escaleras de emergencia se han puesto adheridas al edificio antiguo?…
Puedes ver la Legislación que tenia en ese momento el ayuntamiento o Diputación de tu ciudad, iademás no se te olvide
que incluso discusiones sobre este tema al final dicen, si eso del sentido común esta muy bien pero cuando aplicarlo
vale pues una frase que dice la LPRL y el 486 que el empresario velara………. pongamos en primer lugar nuestro recinto
o lugar lo más actualizado y no como un quita multa de la inspección, si no como una formula que se llama la Gestión de
la Prevención 2oo4.
saludos prevencionista.
-
AutorEntradas
- El debate ‘ Emergencia’ está cerrado y no admite más respuestas.