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    MJ10285
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    diciembre 2001


    QUE LEY O RD INDICA QUE EN LOS TRABAJOS EN ANDAMIOS COLGADOS HAY QUE HACERLO CON ARNÉS

    #230959 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    87
    junio 2002


    Maestro

    Pues viene reflejado en la 1ª de las Leyes de prevención, Art.1º- Objeto: SENTIDO COMUN. 2º.- PREVENIR (Sin publicar hasta la fecha). Y ahora por partes, sólo he visto un manual de instrucciones de un fabricante de andamios colgados y el mismo relfeja el empleo de arnés de seguridad amarrado a línea o cuerda auxiliar, por lo tanto ya tienes un lugar que lo refleja. En el Plan de Seguridad y Salud, si lo hay, también suele indicar el empleo de estos medios. Y quizás el más importante, cualquier evaluación de riesgos que se precie debe reflejar esta medida de seguridad para el caso de desplome.

    Los andamios colgados fallan más de lo que pensamos (recientemente uno en Valencia que salió por televisión en el que ese santo que tenemos en construcción se apareció a dos trabajadores y salvaron la vida de milagro al desplomarse parcialmente el andamio) por lo que es una medida mas para minimizar las lesiones en caso de accidentes, el empleo del arnés y la línea auxiliar, ahora bien, no busques un RD o Ley que lo diga explícitamente, las Leyes son genéricas, de hecho yo no he visto una Ley o RD en el que marque que hay que usar casco o que haya que instalar redes de horca, horizontales, etc., únicamente dicen que se protegerá al trabajador o la caída de altura de más de dos metros, pues lo mismo.

    #230960 Agradecimientos: 0
    angel19974
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    abril 2002


    te remito a los RD 1627/197 y RD 2177/2004.

    de todas maneras, yo siempre obligo a que en trabajos de mas de 2 metros de altura se empleé.

    saludos

    #230961 Agradecimientos: 0
    angel19974
    Participante
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    abril 2002


    no siempre existe una ley que respalde una medida preventiva, frente a un riesgo. Como bien ha dicho la primera respuesta, este uso, debe ser hecho desde el criterio del tecnico, puesto que al observar un riesgo, debe de aplicase una medida preventiva, que en este caso será el uso de un epi.

    #230962 Agradecimientos: 0
    cordobespreven
    Participante
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    diciembre 2001


    pues lo mejor es que nunca pienses en que leyes lo aconsejan, sino que lo que debes de hacer es regirte por el sentido comun y protejer al trabajdor lo mejor posible.Asi nos va en España!!!!

    #230963 Agradecimientos: 0
    J-FR
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    septiembre 2004


    Se debe proteger la caída de operarios en trabajos en altura. Entre los trabajos en altura se incluyen los trabajos en las “PLATAFORMASS SUSPENDIDAS DE ELEVACIÓN VARIABLE”.

    Te recomiendo que accedas a esta web : (es del mtas) y leas la nueva normativa sobre equipos de trabajo en materia de trabajos temporales en altura (R.D. 2177/2004 de 12 de noviembre) y tendrás toda la información sobre los requisitos necesarios en los andamios colgados.

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    #230964 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Que yo sepa no existe una norma explícita al respecto. Pero como decía Xirg es de sentido común y dan muchos disgustos esos aparatos, que no entiendo todavía la manera de la que proliferan en las obras sin causa justificada, más que el ahorro económico y que ni éste se suele dar ni tanto, ni tantas veces…

    #230965 Agradecimientos: 0
    mangel51
    Participante
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    diciembre 2004


    La ley que indica que los trabajos en andamios colgados hay que hacerlos con arnes, es la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre de Prevencion de Riesgos Laborales (B.O.E. nº 269)

    #230966 Agradecimientos: 0
    Pedro LB
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    mayo 2004


    El documento que indica la obligatoriedad en primer lugar es el Manual de Instrucciones del Fabricante del Andamio. Por supuesto, cuando existe riesgo de caída a distinto nivel, se deberá preveer una protección en primer lugar colectiva y como solución final una individual.

    #230967 Agradecimientos: 0
    Edgardo Mazzei
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    enero 2004


    Yo no me preocuparía tanto por saber la ley o Decreto que reglamenta el uso del arnés en andamios colgados… Me preocuparía más por lograr que el trabajador lo utilice en forma correcta, conjuntamente con la soga de vida correspoondiente debidamente amarrada a una parte fija y resistente de la estructura. Suele suceder que este tipo de andamios fallan y…. ¡Chau trabajador!

    Emplea un criterio prevencionista más que el texto de una ordenanza. Un saludo y Feliz Navidad.

    #230968 Agradecimientos: 0
    pepo alares
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    enero 2004


    EN EL RD 2177/2004 DEL 12 NOVIEMBRE, MODIFICA R D 1215/1997

    #230969 Agradecimientos: 0
    trabajoyseguro
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    158
    91
    enero 2004


    Maestro

    En la evaluación de riesgos hay riesgo de caida a distinto nivel, no.- pues nada de arnés si.- pues lo indicas tu, en la propia evaluación.

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