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    jose15001
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    marzo 2004


    Estoy empezando en el tema de la proteccion contra incendios y tengo unas dudas…muchas dudas…Me gustaria que alguien me aclarara que normativa se ha de aplicar en los locales de publica concurrencia. Se que es de aplicacion el reglamento de policia de espectaculos publicos, pero en cuanto a la CPI-96, no hay de forma especifica un uso de “Publica concurrencia”, habla de uso Comercial, Administrativo…y dentro de ellos ciertas condiciones cuando el local es de Pública Concurrencia, sin embargo, un museo….es comercial, administrativo…

    Lei hace tiempo que iban a sacar un anejo a la CPI sobre condiciones en locales de publica concurrencia…¿existe o todavia no?.

    Por que la normativa no es tan clara como la existente para la comunidad de madrid, que es mucho mas especifica…?¿??

    Gracias y un saludo,

    José Manuel

    #226475 Agradecimientos: 0
    vitara
    Participante
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    junio 2001

    Iniciado

    La normativa de la que yo tengo conocimiento es la que tu dices la NBE-CPI/96, no han sacado nada nuevo, pero yo conozco una web que te puede ser util , es de una empresa de materiales para la protección contra incendios , está muy completita en cuanto a soluciones técnicas y normativa. Me imagino que ya la conoceras, pero por si acaso… Si te da opción solicita que te envien sus guias técnicas, está muy bien y a mi me han resuelto mas de una duda.

    Un abrazo

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    #226476 Agradecimientos: 0
    barbero
    Participante
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    enero 2005


    mira la orden de 29 noviembre de 1984, y el artículo 6 de la Ley 2/1985 de 21 de Enero

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