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  • #29071 Agradecimientos: 0
    jpablogs
    Participante
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    septiembre 2002


    Hola a todos. Me gustaría saber las características que deberían tener las barandillas en lugares comerciales. (Ejemplo: altura ¿90,100 cms de altura, listones intermedios, debe llevar rodapie, los listones intermedios deben ser verticales para no escalar?, etc…

    #222243 Agradecimientos: 0
    berbo
    Participante
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    agosto 2004


    Aplica RD 486/97 Lugares de Trabajo Anexo I.3, y saldrás de dudas.

    #222244 Agradecimientos: 0
    José Otero
    Participante
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    febrero 2002


    Según el Artículo 23.- Barandillas y plintos, de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo:

    Las barandillas y plintos o rodapiés serán de materiales rígidos y resistentes.

    La altura de las barandillas será de 80 cm, como mínimo a partir del nivel del piso, y el hueco existente entre el plinto y la barandilla estará protegido por una barra horizontal o listón intermedio, o por medio de barrotes verticales, con una separación máxima de 15 cm.

    Los plintos tendrán una altura mínima de 15 cm sobre el nivel del piso.

    Las barandillas serán capaces de resistir una carga de 150 Kg por metro lineal.

    La Ordenanza Laboral de Construcción, Vidrio y Cerámica en su Art. 187 nos habla de cómo se tienen que proteger los huecos y aberturas que por su especial situación resulten peligrosos: los huecos y aberturas para la elevación de materiales y, en general, todos aquellos practicados en los pisos de las obras en construcción, que por su especial situación resulten peligrosos serán convenientemente protegidos mediante barandillas sólidas de 90 cm de altura, y en su caso, rodapiés de 30 cm también de altura de acuerdo con las necesidades de trabajo.

    #222245 Agradecimientos: 0
    Don Prevencio
    Participante
    80
    22
    febrero 2002


    Experto

    Bueno, bueno, en el Artículo 23 de la OGSHT derogada por todos los costados decía de 90 cm., no de 80 cm. Pero lo mejor es que siga lo que le indica Berbo y sobre todo las Ordenanzas Municipales del lugar donde se encuentren esos “lugares comerciales”…

    #222246 Agradecimientos: 0
    jpablogs
    Participante
    0
    septiembre 2002


    Eso ya lo sabia, pero están exigiendo antipánico en el listón superior con una inclinación de 17º, y no se si está recogido en alguna NTE o similar.

    #222247 Agradecimientos: 0
    el gaucho
    Participante
    0
    mayo 2002


    La altura de la barandilla son entre 0.90 m.hasta 1.10m.

    Obligatorio el rodapie la altura

    entre 10cm.y15cm.

    Los listones o placas de plastico transparente tienen que estar verticales para evitar que los chabales escalen y se accidenten.

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