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  • #19562 Agradecimientos: 0
    JEAL79
    Participante
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    abril 2005


    Saludos compañeros! Mi duda es la siguiente: mi empresa solicita a un autónomo la documentación de prl para la coordinación de actividades empresariales, pero éste comenta que no tiene porque cumplir la ley de prl ¿en que ley, rd… específica la documentación concreta a entregar (evaluación de riesgos, entrega EPIs…) y la obligación de entregarla a la empresa contratista para la coordinación de actividades empresariales. Gracias

    #179824 Agradecimientos: 0
    Oskar76
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    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos dias
    Existe el RD 171/2004 sobre coordinacion de actividades empresariales. Por otro lado, cuando hablamos de construccion tienes el 1627/97.
    Además comentarte que en este caso el autónomo tiene razón, ya que la LPRL es de apliacion a aquellas empresas que tienen trabajadores por cuenta ajena, con lo que si él trabajo solo como autónomo, sin ningun trabajador a su cargo, no tiene que cumplir con las obligaciones de formacion, RM, evaluacion, etc…
    Lo único es que estará obligado a seguir las normas de seguridad marcadas para sus trabajos, así como asisitir a las reuniones de coordinación.
    Un saludo

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #179825 Agradecimientos: 0
    BlanFi
    Participante
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    mayo 2006


    Efectivamente si no tiene trabajadores por cuenta ajena no está afectado por la normativa. Pero si los tiene, debes pedirle toda la documentación, como una empresa más (contrata o subcontrata según sea tu caso).
    – EPI's
    – relación de trabajadores en obra
    – reconocimientod médicos de los mismos
    – justificante del pago de las nóminas
    – formación de los trabajdores
    – nombramiento de recurso preventivo si fuese necesario
    – TC
    – además de certificado de aeat y seguridad social
    seguro q se me queda algo
    un saludo

    #179826 Agradecimientos: 0
    Nando_bcn
    Participante
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    diciembre 2005


    O te sobra

    ¿TC?

    #179827 Agradecimientos: 0
    GONZA71
    Participante
    1
    0
    octubre 2001

    Iniciado

    Oskar te ha dado las referencias legales, si las lees (muy recomendable) verás que no existe una losta de documentación a exigir. Lo que se hace habitualemnte es lo que te comentan en la otra respuesta (que no tiene porque ser lo correcto).

    Efectivamente, la ley de prevención no es de aplicación a los autónomos (exceptuando la construcción), y también es correcto lo que te han comentado sobre que si les será de aplicación si tiene trabajadores por cuenta ajena a su cargo.

    No obstante, como contratista de los trabajos, tu puedes exigir lo que quieras a quien los va a realizar, su decisión será el cumplirlo y tuya el contratarle.

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