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  • #73419 Agradecimientos: 0
    Resp. SPP
    Participante
    9
    49
    agosto 2015

    Iniciado

    En un Servicio de Prevención Ajeno, cada cuantos trabajadores es obligatorio tener un medico especialista de empresa y un enfermero, en la LPRL y en el RD39, dice que 1 de cada por tener la especialidad y luego a cubrir por medicos y enfermeros competentes sin necesidad de que sean de empresa, pero tenía entendido que cada 2000 reconocimientos o así tenía que disponer de alguno más.

    Agradecería la información y la legislación en la que lo pusiese, muchas gracias.

    #434078 Agradecimientos: 1
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    #434079 Agradecimientos: 1
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Hasta 2000 trabajadores una UBS. Después se aplica el anexo I del RD 843/11 donde existen diferentes interpretaciones:
    1.- Interpretar los minutos resultantes como minutos de trabajo de cada uno de los miembros de una UBS, en cuyo caso la segunda UBS estaría a jornada completa con unos 4100 trabajadores en total. Esta es la interpretación que consideramos los especialistas.
    2.- Interpretar los minutos resultantes como minutos de trabajo totales de la UBS, con lo que la segunda UBS estaría a jornada completa con unos 6200 trabajadores. Este es el criterio de las patronales (ASPA, ANEPA y ASPREM).

    En mi opinión el primer caso es más lógico, ya que el incremento de trabajadores entre la primera y la segunda UBS es aceptable (unos 100 a repartir) mientras que en el segundo caso con dos UBS tendríamos que cada una tiene que asumir unos 3000. Más aún cuando las sucesivas UBS a partir de la tercera incrementan la población protegida en unos 2000 y pico trabajadores.
    El criterio de la patronal, teniendo en cuenta que lo aplican a menudo por provincia o CCAA significa que sobrecargan extraordinariamente a las provincias con 2 ó 3 UBS (que es raro que se encuentren provincias con más).

    Otro dato a tener en cuenta es que el RD habla de trabajadores pero las patronales quieren que se cuenten en número de reconocimientos, por lo que si se hacen el examen de salud aproximadamente el 50% de los trabajadores, conviertes en la mitad las necesidades de personal sanitario.

    En resumen, más hubiese valido que en vez de calcular de esa forma estableciesen un número de trabajadores por cada UBS permitiendo a partir de la segunda asumir jornadas parciales.

    Un saludo.

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    #434076 Agradecimientos: 0
    joel2007
    Participante
    3
    35
    noviembre 2007

    Iniciado

    Buenos días

    Siguiendo este tema tengo una duda, somos un grupo de empresas de unos 1000 trabajadores, que tiene un SP Mancomunado asumiendo las áreas Técnicas, nos estamos planteando asumir también VS, se puede contratar un médico de empresa y un ATS a tiempo parcial.

    Por lo que he leído la normativa siempre habla de que una unidad básica esta compuesto por un Médico y una Enfermera a tiempo completo, pero claro no es lo mismo cubrir a 2000 trabajadores que a 1000.

    Gracias y saludos

    #434077 Agradecimientos: 2
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    En el cas de los servicios de prevención propios se pueden utilizar jornadas parciales (art. 4.2.e). De los mancomunados no hace referencia específica aunque yo entiendo que es un servicio de prevención “propio”.
    Yo haría la consulta a la Autoridad Laboral (Inspección de Trabajo) y a la Autoridad Sanitaria (la que corresponda a la CCAA en la que estéis) y que os digan el criterio a seguir.
    Además si son 1000 trabajadores de diferentes empresas la dedicación debería ser aplicada con los correctores del anexo del 843.

    Un saludo.

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