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    joel2007
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    noviembre 2007

    Iniciado

    Tenemos una trabajadora que el médico le ha recetado una medicación que se ha de tomar por la tarde cuyas consecuencias son astenia y mialgies durante una horas. Esta trabajadora tiene en turno de tarde. Nos ha presentado un informe de su médico de cabecera en la que solicita el cambio de turno para pasar a trabajar por la mañana.

    He consultado con el médico de vigilancia de la salud y me ha dicho que si tiene un informe médico lo mas probable es que en vigilancia de la salud hicieran la misma recomendación, es decir, cambio de turno.

    Suponemos que lo que tiene es esclerosis multiple, ya que la medicación que se toma es para esta enfermedad.

    Esta trabajadora ha tenido un hijo y hace tiempo que quería este cambio de puesto de trabajo.

    Mi pregunta es tiene la empresa de la obligación de cambiarle el turno?, ¿que pasa si no hay vacantes en ese turno, tenemos que quitar una persona de ese turno y darselo a ella?

    Gracias por vuestra ayuda.

    #427036 Agradecimientos: 2
    De locos
    Participante
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Pues no. La empresa debe hacer todo lo posible por buscarle acomodo en la medida de lo posible; pero eso no puede suponer nunca perjuicio para otros trabajadores. Yo exploraría cambios voluntarios.
    De hecho, existe la posibilidad de que, habiendo sido declarado no apto para su puesto; no sea posible adecuar éste a sus características psicofísicas, y además no haya otro puesto compatible que no esté ocupado. Así, se procedería a despido procedente (con todas las reservas que el derecho laboral contempla).

    De todas formas, ésta es una cuestión 100% de relaciones laborales, de RRHH, de personal, y no de prevención, por lo que debe ser el responsable correspondiente, o la asesoría externa la que oriente al empresario; debiendo limitarse el departamento de prevención a analizar puestos compatibles, verificar posibles modificaciones de dichos puestos para adecuarlos a la persona, etc.; y nunca meterse en cuestiones laborales.

    #427037 Agradecimientos: 1
    Tomperu
    Participante
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    54
    noviembre 2011


    Experto

    Es un tema delicado.
    En mi opinión, si la mutua emite un informe de “apto con restricciones”, indicando que esa trabajadora no puede trabajar de tarde la empresa tiene dos opciones:
    – Adaptar el turno de trabajo de la trabajadora.
    – Despedirla por incapacidad sobrevenida por considerar la empresa que no puede acomodarla en otro puesto.

    ¿Que puede ocurrir?
    Que la trabajadora demande a la empresa por despido improcedente.

    ¿Que sentencia habría?
    Las he visto favorales tanto a empresas como a trabajadores ante despidos por “apto con restricciones”. Los jueces valorarán si realmente existía o no posible acomodo para la trabajadora.

    P.D. Estoy totalmente de acuerdo en que este es un asunto a lidiar por RR. HH.

    #427038 Agradecimientos: 1
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Buenos días
    Yo solicitaría valoración por vigilancia de la salud de la situación, esto es, un nuevo reconocimiento al que aporte la documentación que tenga sobre la patología que tiene, la medicación que le han prescrito y los efectos secundarios que tiene, cuanto tiempo va a estar tomándola, etc. De acuerdo con eso se harán las recomendaciones y puedes llevarte una sorpresa. El P10 del médico de cabecera se puede convertir en crata blanca e igual no es así.
    Discrepo en que el cambio de puesto no pueda perjudicar a otros trabajadores, de hecho eso es frecuente. Yo he trabajado muchos años con destajistas en una fábrica textil y los puestos mejores desde el punto de vista ergonómico para trabajadores enfermos sonn los mejores puestos para que un trabajador sano saque una productividad alta. Por supuesto que los sanos suelen protestar pero para eso está el médico del trabajo, que es quien se lo recomienda a RRHH.
    Saludos

    Javier

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