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  • #69946 Agradecimientos: 0
    due bcn
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    junio 2009


    “Las actividades sanitarias del servicio de prevención principal hacia los servicios de prevención colaboradores no podrán superar, en ningún caso, el diez por ciento del volumen total de actividad anual de aquél.” Esto significa que si hago 1000 revisiones médicas anuales puede subcontratar hasta 100? o es por contrato y por empresa? es decir si cierras un contrato con una empresa de 500 trabajadores solo puedes subcontratar un máx de 50? a ver si alguien me lo explica. Gracias.

    #412506 Agradecimientos: 0
    Romanaprev
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    marzo 2009


    Yo entiendo que es por total. Ademas tambien habra que ver que la empresa que colabora no sobrepasa su cuota.
    paso un enlace por si te interesa

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  • El debate ‘ colaboración entre servicios de prevención ajenos’ está cerrado y no admite más respuestas.