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    Danni
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    febrero 2004


    quisiera saber si un chico de 25 años va a pasar el reconocimiento médico para empezar a trabajar como ingeniero, con tener la tensión alta es suficiente motivo para no ser apto?, que motivos podrian darse para no ser apto?

    Un saludo

    #237408 Agradecimientos: 0
    ROLO
    Participante
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    junio 2002


    Es una pregunta bien amplia. Debemos tener en cuenta que la presión arterial se puede elevar por el nerviosismo propio del examen. Sin embargo, debe ser completado la evaluación con otros exámenes como el oftalmológico, el renal, el cardiológico para descartar que la presión arterial no sea de causa secundaria a otra enfermedades, sobretodo porque a esa edad no es frecuente la causa primaria o esencial. Saludos.

    #237409 Agradecimientos: 0
    Antares
    Participante
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    marzo 2002


    Dani, esas cuestiones son las que determinan el grado de “artista” del médico, pero bueno…Ante todo insistir en que los reconocimientos de Salud Laboral NO SON DE CAPACITACïÓN, como sí lo son los del carné de conducir o los de permisos de armas, o los deportivos. Para aclararlo:¿ La tensión arterial alta en ese puesto de trabajo se ha evaluado como un riesgo propio de ese trabajo? No creo, ¿verdad?. (Y no me vale el mobbing ni el estrés, como no me vale el precio de la gasolina o la letra del coche)Pues entonces no hay nada que decir respecto a la aptitup. Ahora bien, el médico del trabajo que le realiza el reconocimiento debe asegurarse de que esa persona va a ir a su médico de familia para controles posteriores de la TA y eventual tratamiento. A criterio del médico queda dar una aptitup condicionada hasta la normalización/control de esa patología si considera que hay peligro (por supuesto no relacionado con su actividad laboral) para su salud, o como forma de asegurarse el paso por la consulta del médico asistencial. SEgunda cuestión que planteas: Los motivos para no ser apto están en relación con los riesgos que presenta el desarrollo de ese puesto de trabajo ¡atención! digo puesto de trabajo y no trabajo como ingeniero. Así que agarra la E de R y se la pasas al médico del trabajo responsable y que él decida qué condicionará una aptitup, insisto, en ese puesto de trabajo. Hay que ir olvidandio el café para todos y valorar a cada persona individualmente, La Salud Laboral no es tomar unos protocolos como plantillas a aplicar y ya está. Saludos.

    #237410 Agradecimientos: 0
    J. C.
    Participante
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    agosto 2001


    Si a cada persona con la tensión alta se le declarará no apto para su puesto de trabajo …

    Antes de dar un no apto, hay que pensar en como se va a poder justificar. Que elementos de entre las conciciones del puesto de trabajo y las características personales del trabajador han entrado en conflicto, de tal manera que la única manera de defender el derecho a la salud de la persona es apartándola de su puesto de trabajo.

    La vigilancia de la salud tiene unos objetivos bastante claros y entre ellos no se encuentra la de convertirse en una herramienta para la selección de personal, en base a contratar a los candidatos “mas sanos” para un puesto de trabajo.

    En el caso que tu planteas no hay una respuesta inmediata. No hay que empezar preguntando por la salud del trabajador, sino por las condiciones del puesto de trabajo. Ese ingeniero tal vez se pase la vida delante de un ordenador calculando tuberias, o tal vez acabe montándolas en la Guayana Holandesa (lo primero es mucho más probable).

    A partir de las condiciones (riesgos) del puesto, se establece el contenido de las pruebas médicas a efectuar, y de su resultado dependerá la aptitud.

    #237411 Agradecimientos: 0
    Aguere
    Participante
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    junio 2004


    Por sí mismo no puede ser motivo suficiente de exclusión. Si tiene la tensión alta con esa edad lo que es motivo es para enviarle a su médico. ¿Supone la HTA un impedimento para realizar sus funciones? ¿Son susceptibles sus funciones y tareas de agravar su enfermedad? Esto sí serían causas de no aptitud, claro que tendríamos que suponer que la HTA se diagnostica con una única medición en condiciones de estrés, y que no disponemos de ningún tipo de tratamiento para la misma (todos ciegos e infartados al año del diagnóstico, como todo el mundo sabe…)

    Saludos y disculpa por la broma

    #237412 Agradecimientos: 0
    SAZY
    Participante
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    junio 2004


    eso es una BURRAAAAAAAAAAAADA. La LPRL dice claramente que el reconocimiento medico es voluntario y no puede en ningun momento discriminar a un trabajador ni ir en su contra. Solo cuando el problema de salud no es solucionable y la realización de la actividad pueda acarrear prejuicios de salud o seguridad importantes apara el trabajador o terceras personas podrias dar un no apto. En este caso es una verdadera barbaridad dar un no apto a un trabajador por ser hipertenso, lo que deberia hacer ese medico es enviarlo a su medico de cabecera para que se estudie y en el momento qyue esta controlado darle un apto en observación y revisarlo en un periodo corto de meses para confirmar que el tema está controlado.

    Lo que ha hechio es no tener ni puta idea de lo que hace y es un negligencia clara de sus funciones por un desconocimiento total de la LPRL.

    Un saludo

    #237413 Agradecimientos: 0
    FIDEGO
    Participante
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    septiembre 2004


    LA HIPERTENSION ARTERIAL CONSTA DE TRES GRADOS:

    GRADO I : T/A SISTOLICA 140-159, T/A DISTOLICA 90-99.

    GRADO II: T/A SISTOLICA 160-179, T/A DISTOLICA 100-110.

    GRADO III: MAYOR DE 180, T/A DISTILICA MAYOR DE 110.

    ES NECSARIO ANALIZAR EN QUE GRADO SE ENCUENTRA TU ASPIRANTE, SI BIEN ES CIERTO QUE ALGUNAS LEGISLACIONES DICEN NO DISCRIMINAR POR PADECIMIENTOS, TAMBIEN ES CIERTO QUE ALGUNAS LEGISLACIONES PERMITEN AL EMPLEADOR SELECCIONAR Y ES PRECIZAMENTE EN EL EXAMEN MEDICO UN PUNTO IMPORTANTE PARA CONTRATAR, ADEMAS EL PERFIL DEL PUESTO HAY QUE VALORARLO, NO ES LO MISMO UN RESIDENTE DE OBRA, SUPERVISOR, JEFE DE AREA, JFE DE SERVICIOS (MAQUINARIA, MANTENIMIENTO, ETC), SE DEBE DE RECORDAR QUE A MAYOR GRADO DE RESPONSABILIDAD MAYOR PRESIÓN DE TRABAJO, POR LO TANTO SI TU ASPIRANTE ES HIPERTENSO Y SUS PRESIONES SON ELEVADAS AL MOMENTO DEL EXAMEN MÉDICO PODRIA TRATARSE DE UN MAL PACIENTE QUE NO LLEVA SU TRATAMIENTO DE MANERA ADECUADA NI UNA DIETA CORRECTA, POR LO TANTO SI ES IRRESPONSABLE CON SU SALUD, ES POSIBLE QUE SEA IRRESPONSABLE CON SU TRABAJO, POR LO TANTO LAS PRESIONES DEL TRABAJO SERÍA MUY ESTRESANTE PARA EL LO CUAL AUMENTARIA SU PROBLEMA DE HIPERTENSION ARTERIAL, Y SI SE ENCUENTRA EN UN SEGUNDO O TERCER GRADO, YO EN LO PROFESIONAL LO MARCARIA COMO NO APTO.

    #237414 Agradecimientos: 0
    Carlos de los Santos
    Participante
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    febrero 2015


    Googleando, he encontrado este hilo, aunque sea de 2004, me gustaria preguntar una cosa, hoy he pasado el reconocimiento medico del corte ingles, y me ha dicho el medico que tengo la tension alta, seria para mozo de almacen, y claro, tengo la duda de que alomejor me ponen no apto, por el tema de la tension alta. Me ha dicho el medico que vaya a mi medico de cabecera a controlarmelo, que seguramente me recete medicacion para regularlo. ¿vosotros creeis que me pueden poner no apto ? Muchas gracias

    Tengo 28 años, mido 1’90 y peso 95 kilos.

    #237415 Agradecimientos: 1
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Me sorprenden enormemente algunas de las respuestas encontradas que parecen ser hechas por gente sin la formación adecuada, sobre todo en Medicina del Trabajo.
    En primer lugar diré que los reconocimientos médicos sí son de capacitación, por lo que la aptitud laboral es la determinación de la capacidad laboral de una persona al respecto del riesgo que suponga para su propia salud o la de otras personas. ¿Cómo saber si la determinación de la ineptitud laboral en base a la hipertensión arterial está bien definida?, pues como han comentado, por los riesgos del puesto. En general se acepta que la hipertensión arterial no controlada es criterio de no aptitud para trabajos en alturas y conducción. Por lo demás los comentarios parecen hechos por gente que no es médico así que no añadiré nada más.
    Al respecto de la consulta de Carlos, sin ser médico del Corte Inglés, por lo que no sé sus riesgos con detalle, yo no suelo poner a un mozo de almacén una ineptitud por tener la tensión alta, sobre todo si me justifica con un informe de su médico de familia que está siendo tratado. Te aconsejaría que lo obtuvieses y se lo llevases al servicio médico antes de que emitan un dictamen, sobre todo si es parte del proceso de selección del personal (que se realiza sobre el personal ya seleccionado pero del que una ineptitud puede conllevar perder el puesto de trabajo). Mucha suerte.

    Un saludo.

    Aredhil.
    Especialista en Medicina del Trabajo.

    #237416 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Totalmente de acuerdo con Aredhil, por supuesto, solo añadir una curiosidad, y que conste que el que ha desenterrado un hilo del 2004 no he sido yo, pero ya que el mal está hecho 😆 😆 😆 😆 😆 😆 😆 también está bien para recordar de qué manera tan espectacular ha ido subiendo el nivel de este foro (habéis entrado en el del linkedin? madreeeeeeeeee si no fuera porque mola para fardar, su padre publicaría allí… 😕 🙄 😆 )

    Pues eso, que me parece curioso que se hagan reconocimientos médicos antes de estar contratado (lo digo por lo de “sería para mozo de almacén”) por aquello de que los reconocimientos médicos no deben servir para discriminar a los trabajadores y tal… supongo que ahora con la crisis, no es lo peor que vamos a ver… ojalá me equivoque… 😕

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #237417 Agradecimientos: 0
    Javier Peña Mateos
    Participante
    26
    20
    febrero 2003


    Iniciado

    Buenas tardes a todos
    Como bien se ha explicado, en principio no… pero a ver de qué tensión estamos hablando. Y probablemebnte de qué puesto, si hace trabajo de oficina o a pie de obra civil a una hora del hospital de referencia más cercano.
    Una PA 200/120 mm Hg es una situación grave, muy probablemente una emergencia hipertensiva salvo que esté asintomático. Derivo al ingeniero al servicio de urgencias de su centro de salud o al hospital con un documento que incluye su presión arterial, frecuencia cardiaca y hora de la toma. En el reverso mi correo electrónico y FAX de la empresa donde debe remitir el documento de haber acudido a control y haberse puesto en tratamiento. Sin eso, es no apto.
    Una PA 180/100 mm Hg es una urgencia hipertensiva (sería emergencia si tiene dolor, aunque sea atípico). Control de PA durante varios días y remisión de un P10 de su médico de cabecera donde deja constancia de tener al paciente en tratamiento. en este caso diferenciaría en la aptitud si trabaja en oficina (que se la daría) o en obra (que dependería de otros factores, individualizando cada caso).

    Y no, caballero, ya se que Vd dice que es hipertensión de bata blanca y fuera de aquí no le pasa, pero yo tengo que comprobarlo. Si quiere Vd trabajar y fuera tan amable de enviarme estos documentos, cuanto antes mejor. Gracias

    Saludos

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