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  • #71615 Agradecimientos: 0
    MBD74
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    2
    enero 2011


    Hola,
    Estoy tratando un caso de violencia externa de un agente de la autoridad.

    Las actuaciones del agente dentro de su actividad laboral he desembocado en amenazas sobre su persona y familia así como agresiones externas. Existen denuncias y documentación suficiente que acredita la violencia externa, pero hay algún método de evaluación?

    Sería adecuado el LIPT? Las preguntas quedan dispersas, por ejemplo: Se le amenaza verbalmente? El trabajador responde: Des de la empresa no, exteriormente si.

    ¿Alguien ha realizado algún caso similar?
    Gracias por la ayuda !!!

    #422095 Agradecimientos: 2
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @MBD74 wrote:

    Hola,
    Estoy tratando un caso de violencia externa de un agente de la autoridad.

    Las actuaciones del agente dentro de su actividad laboral he desembocado en amenazas sobre su persona y familia así como agresiones externas. Existen denuncias y documentación suficiente que acredita la violencia externa, pero hay algún método de evaluación?

    Sería adecuado el LIPT? Las preguntas quedan dispersas, por ejemplo: Se le amenaza verbalmente? El trabajador responde: Des de la empresa no, exteriormente si.

    ¿Alguien ha realizado algún caso similar?
    Gracias por la ayuda !!!

    Hola. Parece que hay un problema de validez, ya que las respuestas que te dará no creo que sean ajustadas a lo que pretende medir el cuestionario, que es el acoso laboral dentro del trabajo, entre iguales o respecto a los superiores.

    Habrá que evaluar mediante entrevista y aquellos cuestionarios que puedan reflejar los efectos de la situación sobre el trabajador. Por ejemplo, aquellos que midan síntomas, tanto de ansiedad, depresión, etc… como de otros problemas de sintomas psicofisiológicos: BDI, BAI, SCL-90, Inventario de creencias obsesivas, etc.

    Tengo la duda acerca de que siendo agente de la autoridad (¿qué cuerpo?) esté dentro de lo aplicable en la Ley de PRL o en alguno de los RD para las excepciones a la misma.
    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #422096 Agradecimientos: 2
    Man0706
    Participante
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    Entiendo que es un tema penal y no laboral, denuncia y al juzgado.

    Saludos

    #422097 Agradecimientos: 0
    MBD74
    Participante
    2
    enero 2011


    Gracias por las respuestas.
    En este caso las agresiones y amenazas se han realizado durante las horas de trabajo pero también fuera. La trabajadora ya ha presentado denuncia a la policía.
    Pero en el caso que esta situación ocasione una situación de baja por angustia a la trabajadora, ya que también ha recibido amenazas hacia su familia, entiendo que la baja debería tratarse como baja por accidente de trabajo y no como contingencia común.

    #422099 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @ventamina wrote:

    … la cuestión es QUÉ medidas están al alcance del empresario para evitar su repetición… y mucho me temo que aquí lo va a tocar son medidas legales PUNITIVAS… y eso no es prevención.

    Creo que algunas de las posibles medidas más eficaces en estos casos no se pueden mencionar en un foro público. Por desgracia lo se de primera mano.

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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    #422101 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @ventamina wrote:

    @Aitor- TSPRL wrote:

    @ventamina wrote:

    … la cuestión es QUÉ medidas están al alcance del empresario para evitar su repetición… y mucho me temo que aquí lo va a tocar son medidas legales PUNITIVAS… y eso no es prevención.

    Creo que algunas de las posibles medidas más eficaces en estos casos no se pueden mencionar en un foro público. Por desgracia lo se de primera mano.

    …me has ”’cazao”’ la ironia al vuelo Aitor 😆

    Yo sí te he cazao, pero tú no… 😆 jejejeje, porque las medidas a las que yo aludía son completamente I-legales, por eso de que tiran más dos tetas que dos carretas… o como decía el tito Steven Seagal: “La violencia no es la solución, pero una buena Hos+++ te pone a andar” –> sí que me has cazado la ironía, qué leche. Claro que sí… el que no caza fino hoy soy yo…

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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