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    javi35
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    junio 2007


    Buenas a todos,
    En qué casos se hace nesario tener una evaluacion de riesgos psicosociales? Se trata de una empresa en la cual, para las 4 especialidades, se cuenta con un SPA. El SPA en ningún momento indica la necesidad de que se tenga que hacer una eva de riesgos psicosociales.
    Tenemos la visita de un inspector y requiere a la empresa para que haga la ER Psicosociales.
    Se hacen reuniones con los delegados y con el inspector y al mes y medio el SPA entrega el informe al inspector y a la empresa.
    Al mes de la entrega del informe llega una sanción del inspector por no haber tenido la ER Psicosociales desde el primer momento….

    ¿Donde pone que hay que tener si o si la ER Psicosociales? (se trata del sector telemarketing con 200 trabajadores)
    En la evaluacion general del puesto ya quedan evaluados los riesgos psico, si el técnico no lo cree conveniente ni asi se lo indica a la empresa ¿pq hay que hacerla?
    ¿qué criterio sigue el inspector para sancionar?

    ¿que alegaciones se pueden hacer a la sancion?? (2000 euros)

    Nunca dejare de sorprenderme…
    Gracias a todos.

    #420672 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    @javi35 wrote:

    Buenas a todos,
    En qué casos se hace nesario tener una evaluacion de riesgos psicosociales? Se trata de una empresa en la cual, para las 4 especialidades, se cuenta con un SPA. El SPA en ningún momento indica la necesidad de que se tenga que hacer una eva de riesgos psicosociales.
    Tenemos la visita de un inspector y requiere a la empresa para que haga la ER Psicosociales.
    Se hacen reuniones con los delegados y con el inspector y al mes y medio el SPA entrega el informe al inspector y a la empresa.
    Al mes de la entrega del informe llega una sanción del inspector por no haber tenido la ER Psicosociales desde el primer momento….

    ¿Donde pone que hay que tener si o si la ER Psicosociales? (se trata del sector telemarketing con 200 trabajadores)
    En la evaluacion general del puesto ya quedan evaluados los riesgos psico, si el técnico no lo cree conveniente ni asi se lo indica a la empresa ¿pq hay que hacerla?
    ¿qué criterio sigue el inspector para sancionar?

    ¿que alegaciones se pueden hacer a la sancion?? (2000 euros)

    Nunca dejare de sorprenderme…
    Gracias a todos.

    En un 99 % es un afán meramente recaudatorio, el otro 1 % puede que sea técnico.
    No obstante, considero que en una empresa de telemarketing, los riesgos psicosociales no se pueden eliminar y por tanto toca evaluar y proponer medidas correctoras. Y estas medidas correctoras se darán de narices contra la productividad que se exige a los teleoperadores.
    Suerte
    Saludos

    #420671 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    0
    julio 2001

    Iniciado

    Buenas tardes.

    – Casos en los que hay que evaluar riesgo psicosocial: En todos aquellos en los que el riesgo, si existe, no sea directamente eliminable. El tema da para mucho debate, pero personalmente se me hace dificil imaginar una actividad en la que no haya ningún riesgo psicosocial. Y si lo hay, es casi imposible eliminarlo sin información detallada del origen del riesgo, lo que te lleva sí o sí a la necesidad de evaluar.

    – El SPA no ha indicado la necesidad de la Ev. Psicosocial. Si es así, personalmente me parece un error muy grave. O tienen poderosos argumentos para haberlo hecho así, en cuyo caso son los que debes usar para alegar frente a la sanción, o se han equivocado. Ahora te toca a ti, como empresa, decidir qué hacer con un proveedor cuyo error te ha costado una sanción de la Inspección de Trabajo. Yo lo tendría claro.

    – ¿Donde pone que hay que tener si o si la ER Psicosociales? Tal cual, con esas palabras, no lo encontrarás en ningún sitio. Pero la Ley de Prevención lo deja bastante claro.

    – Estás en el sector telemarketing. Pues ahí ya lo has dicho todo. Si mal no recuerdo, ese es precisamente uno de los tres o cuatro sectores objetivo de la campaña europea de la inspección de trabajo para este año, que se ha centrado en los riesgos psicosociales. Así que en estos casos los inspectores han ido a saco. Razón de más para pedir explicaciones a tu SPA, que debía haber sabido esto y os debía haber informado.

    2.000 euros son poca cosa, teniendo en cuenta que podían haber llegado, en ese rango de sanción, a los 40.000. Supongo que el inspector ha apreciado vuestra buena fe, al haberle entregado la evaluación dentro del plazo que os puso y dado que, por lo que parece, si no la habíais hecho era por el asesoramiento de vuestro SPA.

    Espero haberte ayudado, un saludo.

    #420669 Agradecimientos: 0
    peterpumk
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    0
    diciembre 2007


    Creo que deberiais ir a juicio contra el SPA por su negligencia, se supone que el spa te debe asesorar bien y en este caso no lo han hecho. Algunos se creen que con poner 2 cruces en carga mental y en conflictos interpersonales donde diga que no existe ya esta hecha, habiendo metodos probados con bastante fiabilidad.

    Este SPA deberia saber que existe una campaña de la inspeccion que esta encaminada a la comprobacion de la calidad de las evaluaciones psicosociales y uno de los sectores destinatarios es el telemarketing.

    Encima te avisan con tiempo por carta que te van a inspeccionar, si te hacern un requerimiento te indicaran que es lo que te piden.

    Creo que el SPA no te ha asesorado bien y para eso le pagas.

    #420670 Agradecimientos: 2
    carloss
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    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Los riesgos psicosociales no pueden evaluarse mediante o( conjuntamente con) los de una “evaluación general de riesgos”. Precisan de una “evaluación especifica” mediante una metodología “(psicometrica) determinada.

    Sí se pueden “identificar” en una evaluación de riesgos y proponer la correspondiente evaluación especifica. O podría darse el caso de que en la evaluación se descartara la presencia de estos riesgos y así se hiciera constar, lo cual es raro (probabilisticamente hablando).

    Qué empresa (organización) no está sujeta a “factores de riesgo” tales como:
    Ritmos impuestos.
    sobrecarga o subcarga de trabajo.
    Monotonía, repetitividad, desmotivación.
    estrés, insatisfacción laboral, expectativas de promoción.
    etc.

    Claro la empresa ideal. Estas empresas ideales podrían quedar exentas de estas evaluaciones si en una primera apreciación vía evaluación general o via “chequeo” por factores psicosociales se apreciara tal armonia, equilibrio y felicidad.

    Creo que es más o menos lo que viene a indicar la IT en su Guia de actuación inspectora:

    Me parece chachi piruli que la IT se preocupe e incluso inste a que las empresas realicen estas evaluacónes, ahora me parecería aún mucho mejor si la inspección actuara igual en cuanto al contenido, y cumplimiento de las propuestas de estas evaluaciones.

    Por lo que yo he visto y por lo que me han contado la mayoría de las evaluaciones de factores psicosociales o bien su un paripé o bien las prouestas son irreconciliables con la cultura empresarial española (más aun en crsis econocmica).

    Porque eso de las desmotivación, monotonia en el trabajo, conflictos de rol, estrés laboral, reconociminto al esfuerzo del trabajador, apoyo y soporte de la empresa a sus trabajadores. suenan a pamplinas en estos momentos y si no se consideraban hace 5 años imaginate ahora.

    En definitiva la IT exige EV de riesgos pero solo hasta ahí llega. Les basta el cartón (las tapas vamos) despues como el 99’99% de este tipo de evaluaciones pueden quedar perfectamente archivadas en cualquier armario de la empresa per secula seculorum.

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    #420673 Agradecimientos: 0
    javi35
    Participante
    0
    junio 2007


    Gracias a todos de verdad.
    Es cierto que esto viene impuesto por la campaña europea para evaluar los riesgos psicosociales en determinados sectores. Tambien es cierto que sólo tiene un fin recaudatorio, 2000 euros no es mucho pero eso que se llevan.

    Pero no deja de parecer injusto que:

    -sancione cuando ya está hecha la ER
    -el SPA (Unipresalud) no haya advertido antes de esta campaña o de, por el hecho de ser telemarketing, recomendar el tenerla hecha. Por su experiencia deberian saber que la tenemos que tener hecha. Ahora, presupuestaron en 1500 euros la realizacion de la misma y encima caen otros 2000 por tenerla hecha!!!!

    Os pedia ideas para hacer alegaciones para recurrir la sanción. A ver que podia poner pero parece que no está clara la cosa de si habia que tenerla o no.

    #420674 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @javi35 wrote:

    Os pedia ideas para hacer alegaciones para recurrir la sanción. A ver que podia poner pero parece que no está clara la cosa de si habia que tenerla o no.

    Ejemm…. perdona que discrepe pero creo que ha quedado meridianamente claro que (en tu caso -telemarketing-) SÍ debeis tener una evaluación de factores psicosicales de las condiciones de trabajo (veáse gui IT que me referia anterior post).

    Otra cosa es si TODAS LAS EMPRESAS deben tener esta evaluación o no y parece que aqui si hay criterios en los que algunos opinan que en empresas muy pequeñas y poco conflictivas por así decirlo no harían falta.

    #420675 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    julio 2001

    Iniciado

    Por mi parte, no voy a entrar a valorar si los fines de la IT son recaudatorios, realmente preventivos, ambos o cualquier otro que se nos escape. El caso es que la obligación existe y tiene sus fundamentos legales y técnicos.

    Por lo tanto, la sanción llega porque la evaluación psicosocial no estaba hecha cuando debía. A partir de ahí, el inspector os da un plazo para subsanar el error, pero no por ello la falta deja de ser tal y por lo tanto la sanción es totalmente procedente. Además, pensando en las empresas que sí han cumplido en tiempo y forma, sin necesidad de esperar a una inspección, el agravio comparativo sería grande si aquella que, como la vuestra, no tenía la evaluación no recibe ningún tipo de sanción.

    Respecto al SPA, creo que estamos todos de acuerdo en que, por lo que dices, parecen haber metido la pata. Me sorprende que sea Unipresalud, yo les tenía por medianamente concienciados con estos temas, pero quizás me equivoque.

    Y creo que también estamos todos de acuerdo en que la cosa sí que está clara: tenías que tener la evaluación hecha sí o sí.

    Un saludo.

    #420676 Agradecimientos: 0
    Histófenes
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    133
    78
    junio 2012


    Maestro

    @javi35 wrote:

    Gracias a todos de verdad.
    Es cierto que esto viene impuesto por la campaña europea para evaluar los riesgos psicosociales en determinados sectores. Tambien es cierto que sólo tiene un fin recaudatorio, 2000 euros no es mucho pero eso que se llevan.

    Pero no deja de parecer injusto que:

    -sancione cuando ya está hecha la ER
    -el SPA (Unipresalud) no haya advertido antes de esta campaña o de, por el hecho de ser telemarketing, recomendar el tenerla hecha. Por su experiencia deberian saber que la tenemos que tener hecha. Ahora, presupuestaron en 1500 euros la realizacion de la misma y encima caen otros 2000 por tenerla hecha!!!!

    Os pedia ideas para hacer alegaciones para recurrir la sanción. A ver que podia poner pero parece que no está clara la cosa de si habia que tenerla o no.

    Ideas para hacer alegaciones, lo mejor es que se las pidas a tu SPA, pero si eso no es suficiente:
    ¿Aparece en la evaluación que acabais de realizar algún factor a mejorar? No, pues ya tienes un punto a tu favor.
    ¿Disponeis de algún procedimiento interno para identificar y actuar en caso de estress, acoso, etc.?
    ¿Habeis tenido algún AT por este motivo?
    ¿En la información, formación se identifica este riesgo?

    #420677 Agradecimientos: 0
    javi35
    Participante
    0
    junio 2007


    Aqui la cuestion de todo es que UNIPRESALUD está cobrando por gestionar la prevención en una empresa de menos de 500 trabajadores, Tiene asumidas las 4 especialidades. Cobra por el contrato. Cobra por hacer la evaluacion, aplicando el metodo INSHT (qué solo hay que picar datos porque los resultados te los da solo) y la sanción cae a la empresa.

    La alegaciones para recurrir, más que ir encaminadas a si la tengo que hacer o no, ya que eso es a criterio técnico, serían por que UNIPRESALUD no informa, asesora, indica la necesidad de hacerla.

    claro que les hemos pedido explicaciones pero ellos dices que no detectaron la necesidad de hacerla, por lo que ¿para que la voy a hacer?? No son ellos los especialistas, no son ellos los que cobran. El responsable final es el empresario, claro está, pero el tecnico designado tambien tiene que tener su responsabilidad no?? Sino asumiria yo la PRL de la empresa, pasaria las auditorias y me comeria yo las sanciones.

    Asi que las alegaciones van encaminadas a COMO TENGO QUE SABER YO QUE TENGO QUE HACER UNA ER PSICOSOCIAL SI MI SPA NO ME INDICA NADA…. Porque inisisto, para eso no contrato un SPA…lo asumo yo.

    #420678 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
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    16
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    febrero 2008

    Iniciado

    Respecto a sí es o no obligatorio hacer una evaluación psicosocial, la respuesta de Carloss es más que correcta.

    En cuanto a lo de hacer alegaciones para la sanción mi consejo es que os olvidéis. Os han puesto la sanción mínima…y justificada. Podría haber sido peor si no tuviesen únicamente afán recaudatorio…

    #420679 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
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    88
    febrero 2008

    Iniciado

    @javi35 wrote:

    Asi que las alegaciones van encaminadas a COMO TENGO QUE SABER YO QUE TENGO QUE HACER UNA ER PSICOSOCIAL SI MI SPA NO ME INDICA NADA…. Porque inisisto, para eso no contrato un SPA…lo asumo yo.

    La respuesta a esa pregunta es la misma que la que se le da a un usuario de una asesoría cuando le hacen mal la declaración de la renta.

    #420680 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
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    123
    febrero 2002


    Maestro

    @JuliusLT wrote:

    @javi35 wrote:

    Asi que las alegaciones van encaminadas a COMO TENGO QUE SABER YO QUE TENGO QUE HACER UNA ER PSICOSOCIAL SI MI SPA NO ME INDICA NADA…. Porque inisisto, para eso no contrato un SPA…lo asumo yo.

    La respuesta a esa pregunta es la misma que la que se le da a un usuario de una asesoría cuando le hacen mal la declaración de la renta.

    Y ahí podríamos hacer otra pregunta: ¿La declaración de renta está mal hecha por que se ha equivocado la asesoría o por qué el cliente no le ha aportado toda la documentación necesaria que le indicó la asesoría?

    No me interpreteis mal, no quiero culpar a nadie con esta pregunta, pero si quiero que pensemos que a veces contratamos a consultores externos únicamente para “cubrirnos las espaldas”.

    Saludos

    #420681 Agradecimientos: 0
    JuliusLT
    Participante
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    88
    febrero 2008

    Iniciado

    @Man0706 wrote:

    Y ahí podríamos hacer otra pregunta: ¿La declaración de renta está mal hecha por que se ha equivocado la asesoría o por qué el cliente no le ha aportado toda la documentación necesaria que le indicó la asesoría?

    No me interpreteis mal, no quiero culpar a nadie con esta pregunta, pero si quiero que pensemos que a veces contratamos a consultores externos únicamente para “cubrirnos las espaldas”.

    Saludos

    Exacto. Y ahí es donde quería llegar yo…

    #420682 Agradecimientos: 0
    javi35
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    0
    junio 2007


    Tambien se podria decir que los asesores externos hacen un copia y pega y al final todo es un “paripé” y solo buscan el dinero del contrato.
    El tecnico, como especialista, tiene que reconocer e identificar TODOS los riesgos y cuando digo TODOS son TODOS (seguridad, higiene, psicosociales,…..). Como técnico tendria que saber que riesgos hay en cada sector y asesorar bien. No se trata de dar más o menos documentacion, ni ocultarla. Si eres técnico, tienes que saber donde te metes… Los asesores, juridicos, fiscales, …están para algo y por algo cobran, no??? @Man0706 wrote:

    @JuliusLT wrote:

    @javi35 wrote:

    Asi que las alegaciones van encaminadas a COMO TENGO QUE SABER YO QUE TENGO QUE HACER UNA ER PSICOSOCIAL SI MI SPA NO ME INDICA NADA…. Porque inisisto, para eso no contrato un SPA…lo asumo yo.

    La respuesta a esa pregunta es la misma que la que se le da a un usuario de una asesoría cuando le hacen mal la declaración de la renta.

    Y ahí podríamos hacer otra pregunta: ¿La declaración de renta está mal hecha por que se ha equivocado la asesoría o por qué el cliente no le ha aportado toda la documentación necesaria que le indicó la asesoría?

    No me interpreteis mal, no quiero culpar a nadie con esta pregunta, pero si quiero que pensemos que a veces contratamos a consultores externos únicamente para “cubrirnos las espaldas”.

    Saludos

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 21)
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