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  • #67864 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011


    Buenos días.
    NO se si este es el foro adecuado pero buscando información he encontrado la posibilidad aquí de que alguien me de su opinion.
    Trabajo en un centro que tiene varias sucursales. Las cosas por mi sucursal no van muy bien y se rumorea (lo van dejando caer de vez en cuando) que pueden trasladarme a otra sucursal que está fuera de mi provincia a unos 90 Km de ida y 90 de vuelta, o a una de mi misma provincia que está a la misma distancia… mi pregunta es ¿Puedo negarme?¿Tendrían que pagarme el desplazamiento cada vez que tuviera que ir y volver de mi nueva oficina además de lo que te desplaces para hacer visitas?¿Dietas??. Se que los tiempos como están no estamos para ir quejándonos…pero realmente perjudicaría bastante a mi situación personal actual… todo es un suponer, pero quiero prepararme por si me lo proponen de hoy para mañana, ya me están haciendo la puñeta bastante…y tengo los nervios de punta.
    Agradecería cualquier opinion.
    Un saludo

    #398360 Agradecimientos: 0
    xirgu
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    159
    87
    junio 2002


    Maestro

    No siendo un experto en laboral, ni este el foro adecuado, la respuesta es DEPENDE.
    ¿De qué depende? De los motivos que pueda alegar la empresa, lo que diga su señoría, etc.
    En cualquier caso siempre te podrás negar y como mínimo te llevarías 20 días por año+el paro.
    Un cosnejo, pregunta a un buen abogado laboralista o graduado social. No suelen cobrar mucho por las consultas y los hya que no cobran nada. Esto no deja de ser un foro de prevención y podemos meter la para hasta el zancarrón.

    #398361 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011


    Bueno… es que el centro para el que trabajo es un SPA… y he estado consultando el convenio colectivo, por el tema de los traslados…Km, etc… y he consultado con un sindicato al que llevo afiliado y pagando desde hace muchos años que lo que me ha recomendado es que me coja una baja por depresión. Y yo no quiero eso, quiero saber si se me propone qué es lo que tengo obligación de aceptar y a qué puedo negarme.Creo que tienes razón y será mejor pagar más y consultar un abogado

    #398362 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    6
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    julio 2001

    Iniciado

    No es mi costumbre entrar en temas que no conozco y menos aún en debates más o menos “amarillistas”, pero lo de un sindicato que recomienda que se coja una baja por depresión es de juzgado de guardia, si así es como ha sucedido.

    Supongo que esa “recomendación” no te la han dado por escrito, ¿verdad?.

    Un saludo.

    #398363 Agradecimientos: 0
    faracalo
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    marzo 2008


    Y el enlace sindical?, de tu propia empresa, que opina?, “si teneis” claro

    #398364 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Topping, negócialo bien:

    “La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad.

    Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una COMPENSACIÓN POR GASTOS, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de 12 mensualidades.

    La compensación a que se refiere el primer supuesto comprenderá tanto los gastos propios como los de los familiares a su cargo, en los términos que se CONVENGAN entre las partes, que NUNCA será INFERIOR a los límites mínimos establecidos en los convenios colectivos.”

    En:

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    #398365 Agradecimientos: 0
    faracalo
    Participante
    0
    marzo 2008


    Una cuestion, y si al firmar el contrato te encuentras que “en la letra pequeña”, te indica que estas dispuesto y de acuerdo a ser trasladado, por cual quier motivo que crea la empresa oportuna?, seria posible la indemnizacion en ese caso?

    #398366 Agradecimientos: 0
    cpg
    Participante
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    3
    julio 2003

    Iniciado

    No doy credito. Un sindicato recomienda que te cojas una baja por depresión. Alucino.
    Desconozco la respuesta, aunque lo que dice Xirgu es cierto, si te niegas al traslado 20 días por año mas el paro.
    Pero vamos, ese sindicato al que lelvas cotizando años debería informate de cuales son tus derechos y obligaciones.
    Recomendar bajas… eso te lo diria mi abuela y no haria falta que le abonaras mensualidades.
    Yo cada vez lo veo más claro… fuera sindicatos

    #398367 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    Buenos días
    Vayamos por partes:
    – Contrato indefinido: no te puedes negar al traslado
    – Contrato por obra o servicio: no te pueden exigir el mismo.

    Por otro lado, hay que diferenciar entre TRASLADO (supone una situación de cambio de residencia defiinitiva) o desplazamiento (algo temporal con una duración máxima de doce meses durante 3 años… todo lo que suponga superar este límite se considera traslado).

    TRASLADO:
    – tiene que estar motivada SIEMPRE por circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción DEBIDAMENTE fundamentadas y acreditadas por el empresario.
    – Tienes derecho a una indemnización por los gastos del traslado, pero no luego por dietas, desplazamientos, etc….
    – Si no se desea aceptar dicho traslado, puedes extinguir el contrato con una indemnización de 20 días/año

    DESPLZAMIENTO:
    – Sí genera derecho a dietas, gastos de desplazamientos, etc..
    – genera un permiso retribuido de 4 días por cada 3 meses de traslado.
    – No puedes extinguir el contrato como en el traslado…

    todo esto es “recurrible” ante los juzgados, como no puede ser de otra forma, en caso de que no se cumplan las condiciones o requisitos para el traslado/desplazamiento.

    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

    #398368 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Otro consejo,si el consejo que te han dado es darte de baja por depresión date de baja de ese sindicato inmediatamente.
    Suerte y un saludo

    #398369 Agradecimientos: 0
    topping
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    marzo 2011


    No, evidentemente por escrito nada. El tema es que fui a informarme y mi pregunta fue: Si no puedo negarme… ¿Puedo exigir al menos que me paguen el desplazamiento hasta mi nuevo centro de trabajo (ida y vuelta al domicilio)al igual que me pagan el KM cuando me desplazo a hacer visitas? Y él Sr en cuestión me dijo que deberían hacerlo del 1 al 5 de cada mes. Entonces yo le dije que a mi me los pagan cada 2 meses (cosa que se que está fatal, pero bueno) y que para mi economía no es lo mismo tener que adelantar 100 o 200€ que 300 o 400€ y entonces el me dijo que entonces lo que tenía que hacer es que cuando llegara el día 5 y no me hubieran pagado me fuera, los denunciara y que si no quería hacer eso me cogiera una baja por depresión. Ah! y de forma un poquito “resabidilla” y casi “con el brazo en alto” me dio su tarjeta y me dijo que si mi jefe no lo tenía claro que le diera su número y “él le explicaría lo que tenía que hacer”!. Salí muy descontento y muy desanimado y con ganas de no volver nunca más, porque yo no quiero ir en contra de nadie, sé que la situación no es buena, sólo quiero información de qué es lo que puedo hacer, a qué puedo negarme y cuales son las consecuencias, nada más.Me hizo salir de su despacho y gritó: “siguiente!”

    #398370 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011


    En cuanto a las bajas por depresión, eso es lo que pienso yo…He ido a trabajar incluso estando enfermo, y creo que me daría vergüenza a mi mismo.. En cuanto a la indemnización… ¿Y si tuviera una cláusula en la que pone que si me despiden tienen que pagarme 33 días por año? Yo creo que al ser yo el que me niego a las nuevas condiciones no valdría, es así?

    #398371 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011


    No se si la empresa tiene de “eso”,jejeje

    #398372 Agradecimientos: 0
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    marzo 2011


    Bueno la circunstancia es que de donde yo vivo a la oficina de donde yo trabajo que es para la que se me contrató (contrato indefinido) hay unos 15KM. Pero de donde yo vivo a la oficina donde se supone que trabajaría hay 90 de ida y 90 de vuelta, y me tendría que quedar a comer porque nopuedo volver a casa (como es compresible).Además de salir 1 h y 30 min antes y llegar a casa 1h y 30 min después. Entonces, si es desplazamiento y no me puedo negar ¿me tienen que pagar esos KM y la comida?

    #398373 Agradecimientos: 0
    Oskar76
    Participante
    233
    65
    noviembre 2004


    Gran Maestro

    HOla de nuevo
    Si es desplazamiento, se supone que acarrea un cambio de domicilio… Es decir, el término “legal” de desplazamiento es aquel que conlleva que el cambio de centro supone un cambio de domilicio (por la distancia).
    En tu caso, si no conlleva ese cambio de domicilio (porque tú no lo crees conveniente, ya que sería más que justificable que 90km conllevan un cambio de domicilio), no quedaría encuadrado dentro de “desplzamiento”….
    Si no cambias de domicilio, entras dentro de un “intermedio” en el que lo más conveniente es la “negociación” entre vosotros (por ejemplo, negociar que no te cambias de domicilio, cuyos gastos tendrían que costear, a cambio de que te pagen el kilometraje, etc..)
    Saludos

    "Lo más importante que he aprendido: Que nunca se deja de aprender!"

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