Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 23)
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  • #66555 Agradecimientos: 0
    Solopatri
    Participante
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    diciembre 2008


    Buenos días a todos. Os planteo una situación hipotética: una persona presencia un accidente grave, sin llegar a ser mortal, en el que un trabajador se amputa un brazo.
    Otra trabajadora lo ve, intenta ayudar, pero no puede hacer nada para evitarlo, y a raíz de ello, sufre un ataque de nervios que la hace estar de baja varios días.
    La pregunta es la siguiente: ¿sería (lo de la chica) también accidente de trabajo?
    Gracias.

    #387500 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Vive dios que sí.

    Y además todo ello forma parte de las “pérdidas económicas” de “ese” concreto accidente. (máquinas paradas, trabajadores interrumpidos, producción parada, incidentes, etc).

    #387501 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
    Participante
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    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Entiendo que sí sería accidente laboral.

    #387502 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
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    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenos días,

    El artículo 115 de la Ley General de la Seguridad Social de 1994, regula el concepto de Accidente de Trabajo: Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

    Yo creo que sí. Se produce en el puesto de trabajo.

    Un saludo

    #387503 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
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    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Con los datos que das, no hay duda: es accidente de trabajo.

    Real Decreto 1/1994, Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    Artículo 115. Concepto del accidente de trabajo.

    1. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena.

    2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo:

    (…)

    d. Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.

    Un saludo.

    #387504 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Efectivamente se entendería como accidnete de trabajo precisamente por el punto d) aunuqe no estuviese en el lugar de trabajo.

    #387505 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Sí, sería accidente de trabajo:
    1) se produce un daño para la salud en el trabajo
    2) Este daño tiene su causa en la experiencia traumática derivada de la exposición a una situación vicaria traumática
    3) las consecuencias pueden derivar en respuestas de ansiedad que, si perduran, pueden desencadenar un trastorno de estrés postraumático

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    #387506 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Si consideramos que el trabajador al que se le amputó el brazo estuvo en riesgo de perder la vida, el testigo del accidente puede quedar con un Trastorno de Estres Postraumático (ya que cumple con el criterio fundamental consignado en el DSM IV). Se debería denunciar como accidente de trabajo aunque el testigo no haya tenido daño físico.

    #387507 Agradecimientos: 0
    Batalleta
    Participante
    10
    15
    julio 2007

    Iniciado

    // ironic mode on
    Según la ley si, según el empresario no, es culpa de ella al ir ayudar.
    //ironic mode off.

    Como los compañeros han dicho, creo que todos coincidimos en accidente laboral.

    #387508 Agradecimientos: 0
    Man0706
    Participante
    109
    123
    febrero 2002


    Maestro

    Coincido con todos, sería accidente de trabajo. Ahora bien, otra pregunta para los médicos, entiendo lo del ataque de nervios en el momento del accidente, pero ¿varios días de baja? ¿no es excesivo por un ataque de nervios?

    #387509 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Yo no soy médico, pero sí psicólogo, por lo que recogo la pregunta. Sobre el papel, ambas posibilidades son factibles: tanto una rápida recuperación tras la exposición al hecho traumático como una situación que se mantenga varios días (incluso podría ser mucho más tiempo).

    Si se trata de un TEPT (trastorno por estrés post-traumático), y dejando de lado debates sobre su existencia real como categoría diagnóstica, es perfectamente posible que tanto el episodio agudo como las secuelas duren mucho tiempo, dando lugar a una incapacidad más o menos duradera (teniendo en cuenta también que no siempre que se mantengan los síntomas necesariamente deba haber baja por IT).

    Todo dependerá, entre otros factores, de la propia experiencia traumática, su significado para la persona afectada, su capacidad de afrontamiento, las situaciones que re-evoquen el hecho, la recuperación, etc.

    Espero haber ayudado a aclarar la duda. Un saludo.

    #387510 Agradecimientos: 0
    Anonymous
    Participante
    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    Buenos días:
    Estoy de acuerdo en el planteamiento que haces, sería un trastorno por estrés postraumático. Parece que estamos de acuerdo en la contingencia del proceso y entiendo que las dudas surgen en la incapacidad temporal ¿es necesaria? ¿cuanto debe durar? ¿como se evalúa?
    Un saludo

    Javier

    #387511 Agradecimientos: 0
    Asier Arriaga Magunacelaya
    Participante
    6
    0
    julio 2001

    Iniciado

    Cierto, esas son las dudas. Y, estando de acuerdo en la laboralidad de la contingencia, debería ser el médico de la mutua el que lo valore y vaya tomando las decisiones más apropiadas al caso.

    Otra cuestión será que no se reconozca dicha laboralidad, y que el tema pase a manos de un médico de la seguridad social en vez de la mutua. En mi opinión esto debería pelearse, pero ya sabemos que puede ser difícil.

    Un saludo.

    #387512 Agradecimientos: 0
    qeve
    Participante
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    febrero 2003


    Efectivamente y tal como formulas tu pregunta es accidente de trabajo.

    #387513 Agradecimientos: 0
    laprofe
    Participante
    2
    0
    noviembre 2009

    Iniciado

    SINTIENDOLO MUCHO debo oponerme.
    Retomando las veladas indicaciones de Irriaga y sintiendo discrepar con los demás compañeros foreros NO SERA NUNCA ACCIDENTE LABORAL.
    Y os razonaré la respuesta:
    Accidente incluye en su definición el concepto LESION CORPORAL y sin duda el ataque de ansiedad, excepto que se haya autolesionado, no incluye daño físico.. por lo que no podría considerarse accidente en cuanto a incluirla como acto de sodorrismo.
    En relación a batallar para que se incluya como accidente laboral, al ser un “trastorno emocional” y no poder incluirla como enfermedad profesional… me parece absurdo dado que ello tiene sentido sólo cuando luchamos por una INVALIDEZ no por una INCAPACIDAD TEMPORAL.

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