Viendo 9 entradas - de la 1 a la 9 (de un total de 9)
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  • #64339 Agradecimientos: 0
    Sumsi
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    diciembre 2004


    Buenos días,

    Necesito orientación sobre cómo promover un estudio psicosocial en un servicio de prevención, con motivos de sobra para hacerlo (alta rotación, amenazas, bajas por motivos psicológicos…). ¿Qué opciones tenemos los técnicos de prevención cuando vemos que pasan cosas “raras” en nuestro departamento?
    gracias de antemano a los consejos!

    #368948 Agradecimientos: 0
    PedroV
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    15
    mayo 2007


    Iniciado

    ¿Teneis representantes sindicales o de personal? Porque son ellos los primeros que deben hacer este tipo de funciones.

    Y si no los teneis, te puedes dirigir a nivel particular a la empresa e incluso hacerlo entre varios. Si no hace caso, el siguiente paso es recurrir a la inspección de trabajo.

    #368949 Agradecimientos: 0
    Pearl Jam
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    2
    marzo 2006

    Iniciado

    Un SPA como empresa que es, debe de cumplir la Ley de PRL, por tanto debe de tener una evaluacion de riesgos en el que se contemplen todos sus riesgos, y parece que el psicosocial es uno de ellos, por tanto como bien dice Pedrov y como sucede en cualquier otra empresa suelen ser los Delegados de Prevencion los que solicitan a la empresa que cumpla la normativa vigente, suele suceder que en casa del herrero cuchillo de palo.

    #368950 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
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    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    ¿estudio psicosocial?

    Si existiese un hueco en medio de las oficinas con una caida de 5 m ¿hariais un “estudio de seguridad” para evaluar el riesgo? o ¿directamente ELIMINARIAIS EL RIESGO (art. 15, ley 31/95)?

    Pues con las amenazas lo mismo, pero como en vuestro caso no se trata de proteger a terceros sino a vosotros mismos frente a vuestra empresa => Comunicacion de la situacion a la direccion de vuestra empresa, y si no actua ITSS:

    Eso si, si disponeis de ellos, siempre mejor a traves de los representantes de personal o de los delegados de prevencion, si disponeis de ellos (por la garantias de que disponen, mas que nada).

    PD: para el resto de cuestiones, pues vale que se evaluen, pero me da que si es la empresa la que “anda en esas”, no este muy por la labor de evaluar nada.

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    #368951 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    hola,

    no, somos un servicio de prevención propio mancomunado y no tenemos representante de los trabajadores.Estamos dispersos geográficamente y eso es un handicap para algunas cosas.

    gracias a todos

    #368952 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    1
    0
    diciembre 2008

    Iniciado

    HOLA, EL CUCHILLO DE PALO Y BIEN GRANDE. NO, NO TENEMOS EVALUADO EL PUESTO. DE HECHO EN MI VIDA HE VISTO UNA EVALUACIÓN DE RIESGOS DE UN PUESTO DE TÉCNICO DE PREVENCIÓN O QUE LA INSPECCIÓN LA HAYA REQUERIDO EN ALGÚN CENTRO.
    GRACIAS

    #368953 Agradecimientos: 0
    Anonymous
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    diciembre 2008

    Iniciado

    Lo que tengo claro es que algo tengo que hacer para que esto no quede en nada (que será lo más probable)…al menos intentarlo.
    gracias

    #368954 Agradecimientos: 0
    giggrupoigestion
    Participante
    0
    febrero 2009


    Desde luego lo primero acudir a la obligatoriedad por ley ,que viene determinada por la necesidad en todas las empresas.Sino,y supongo que con variaciones en los distintos paises,cualquiera,trabajador o no de la empresa,puede denunciar una situacion corregible( es decir),empresa que no cumple con la ley,en la Inspeccion de Trabajo.Repito cualquier ciudadano.

    #368955 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Es curioso pero como servicio de prevención que sois deberiais saber cómo actuar mejor que nadie.

    Desconozco las circunstancias concretas, pero me atrevo a apuntar algunas cuestiones:

    1.- El SP (propio) es, a fin de cuentas, una unidad más de la empresa. Si tiene una problematica de tipo psicosocial muy marcada habría que actuar “igual” que si se produjera en el departamento de producción, de contabilidad, de administración, etc.

    No obstante a diferencia de las “demás” unidades o secciones o departamentos, se da en vosotros dos cuestiones:
    a) No os podeis “evaluar” a vosotros mismos. Por razones obvias (algo así como abstención, recusación o “no se puede ser juez y parte”).

    b) Como trabajadores teneis unas garantias y una protección especial que no tienen los restantes trabajadores de la empresa (art. 30.4 de la LPRL), cuestión que podeis hacer valer en vuestra defensa y “lucha”

    2.- Por tanto, actuad como aconsejarías actuar a vuestros compañeros de otras unidades:
    – Poner en conocimiento de los delegados de prevención.
    – Ponerlo en conocimiento por escrito del director o máximo responsable del centro de trabajo.
    -y ponerlo por escrito n conocimiento del CSS.

    3.- Lo suyo es que se promueva una evaluación de factores psicosociales, que tendrá que realizaros un spa.

    Si nada se mueve, y transcurrido un tiempo prudencial (si sois empresa privada) acudir como trabajadores afectados a la inspección de trabajo.

    Si sois administración publica, la cuestión se complica pero podeis pedir a los delegados de prevención que denuncien (ellos – procedimiento especial) ante la inspección de trabajo.

    Por último juzgado.

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