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    Nacho Arias Muíz
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    agosto 2016


    Hola,
    Mi empresa ha sido condenada por sentencia de primera instancia a abonar un recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad causantes de un accidente de trabajo derivado en incapacidad total permanente del 30%.
    Vamos a recurrir la sentencia y así lo hemos anunciado ante el juzgado. Pero, dado que en la sentencia el magistrado establece que al momento de la interposición del recurso deberemos “ingresar el importe del capital coste en la Tesorería General de la Seguridad Social previa determinación por esta de su importe una vez le sea comunicada por el Juzgado”. Ahora estamos por tanto a la espera de que la Tesorería General de la Seguridad Social realice el cálculo de dicho Capital Coste.
    Mi pregunta es: ¿cuál es el plazo legal que tiene la Tesorería General de la Seguridad Social para realizar ese cálculo y comunicarlo a la empresa?
    Si el plazo no está fijado o es muy largo ¿cuál es el plazo medio para la ciudad de Valladolid? Actualmente han pasado dos meses desde que se publicó la sentencia.
    Gracias de antemano.

    #435432 Agradecimientos: 1
    carloss
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    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    Yo creo que este cálculo la Tesorería te lo calcula “rapidito”, pero la TGSS no puede hacerlo hasta que reciba la notificación del juzgado para ello. A veces lo que se retrasa no es la resolución de la TGSS determinando el capital coste sino las comunicaciones del Juzgado en llegar a la TGSS.
    no obstante lo mejor, en mi opinión, es que te pongas en contacto con la TGSS de Valladolid y hables con “capital coste” a ver que te dice el funcionario de turno.

    #435433 Agradecimientos: 0
    Aldo Solaro
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    0
    agosto 2016

    Iniciado

    Yo haría mis números con mi Asesoría Laboral o mi abogado en temas laborales e iria a la TGSS con una cita previa y le explicaría cómo lo obtuve. Porque si ellos lo calculan mal, otra vez comunicaciones, notas, etc….y todo sabemos como funcionan estas burocracias. En estos casos lo mejor es ser proactivo, ir por delante (aunque no tendría que ser así) hacerle la faena al funcionario y que todo vaya bien. Luego son todos problemas y notas y cuando viene el palo no sabemos que hacer.

    En estos caso yo prefiero “verlas venir, que tenerla encima”…..pero esto es una opinion personal.

    #435434 Agradecimientos: 1
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    @Aldo Solaro wrote:

    Yo haría mis números con mi Asesoría Laboral o mi abogado en temas laborales e iria a la TGSS con una cita previa y le explicaría cómo lo obtuve. Porque si ellos lo calculan mal, otra vez comunicaciones, notas, etc….y todo sabemos como funcionan estas burocracias. En estos casos lo mejor es ser proactivo, ir por delante (aunque no tendría que ser así) hacerle la faena al funcionario y que todo vaya bien. Luego son todos problemas y notas y cuando viene el palo no sabemos que hacer.

    En estos caso yo prefiero “verlas venir, que tenerla encima”…..pero esto es una opinion personal.

    Permiteme que discrepe de este planteamiento. Por varios motivos… a la TGSS le importe un bledo cómo obtuviste o realizaste los cálculos. Segundo, al asesor le va costar mucho realizar dichos cálculos, porque precisa información muy precisa (valga la redundancia) proporcionada por el INSS, bases de cotización, etc. Además se trata de “cálculos actuariales” en los que entran aspectos de esperanza de vida, ipc estimado, etc etc.

    Si cabría que una vez la TGSS haya determinado el capital coste preguntes en base a que “parámetros” se ha calculado…pero realmente esto lo suelen hacer valiéndose de programas informáticos y rara vez queda resquicio al error (y de existir “error” lo sería con respecto a las cantidades o cifras proporcionadas por el INSS, no por la TGSS, lo que complicaría la reclamación o recurso sobre “la forma de cálculo”)…

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