- Este debate tiene 8 respuestas, 7 mensajes y ha sido actualizado por última vez el hace 8 años, 7 meses por Aitor- TSPRL.
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Hola,
Tengo una duda acerca del seguro de accidentes por Convenio.
Están solicitando a mi empresa de Madrid, seguro y su pago de accidentes. Creo que no es obligatorio en el Convenio del Metal, al que pertenece mi empresa.
En el Convenio del Metal de Madrid, por lo menos no comenta nada acerca de su obligatoriedad.
Hay alguien que sepa decirme como rebatir el tema a un cliente bastante pesado??
Gracias
@gege wrote:
Hola,
Tengo una duda acerca del seguro de accidentes por Convenio.
Están solicitando a mi empresa de Madrid, seguro y su pago de accidentes. Creo que no es obligatorio en el Convenio del Metal, al que pertenece mi empresa.
En el Convenio del Metal de Madrid, por lo menos no comenta nada acerca de su obligatoriedad.
Hay alguien que sepa decirme como rebatir el tema a un cliente bastante pesado??
Gracias
Con vuestro convenio de aplicación en la mano.
Totalmente de acuerdo con ICM75 con la salvedad de que existe la remota posibilidad de que el cazurrismo imperante en los personajes que se dedican a la coordinación os obligue sí o sí a haceros un seguro porque igual llega el momento en el que tienes la opción de pagar el seguro o tirarte por un puente, tal puede llegar a ser la exasperación a la que te pueden llevar. Y si la faena ya está hecha y estás esperando cobrar la correspondiente factura, ahí ya igual acabas echándote a la droga mismamente. 😆 😆 😆 😆 😆 Yo lo aviso por si acaso 😆 😆 😆
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
@gege wrote:
Gracias a los dos.
Esto de la Coordinación creo que ha matado la prevención!!! Rima y to, ehh
😆 😆 😆 😆 😆
Y yo te respondo con otra: “Es que la coordinación es un marrón”Marrón para los trabajadores que se ocupan de ella, muchas veces como responsabilidad añadida a una agenda ya apretada de antes, sin la formación adecuada ni compensación económica suficiente para tamaña empresa.
Y marrón para los empresarios, que si ven la prevención como una mosca cojonera, la parte correspondiente a la coordinación ya ni te cuento. No quieren pagarla, por tanto no pueden encontrar personal competente para realizarla, con lo cual encuentran gente “de paso” que cuando puede se salta a otro departamento o a otra empresa directamente y hala, vuelta a empezar. Así, sin ganas ni empuje ni formación, muchas veces lo que se hace es seguir procedimientos estándar, sin preocuparse demasiado del resultado.
Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.
Incluso se da con cierta frecuencia el caso de empresas a las que les presentas, ley y convenio en mano, que no es necesario tener el papel que solicitan y te indican muy amablemente que su sistema de gestión sólo les permite contratar a empresas que lo tengan satisfecho, por lo que sin ese papel no va a ser posible realizar la contratación…
@Quierogalletas wrote:
Incluso se da con cierta frecuencia el caso de empresas a las que les presentas, ley y convenio en mano, que no es necesario tener el papel que solicitan y te indican muy amablemente que su sistema de gestión sólo les permite contratar a empresas que lo tengan satisfecho, por lo que sin ese papel no va a ser posible realizar la contratación…
Porque la ley es de mínimos y el que contrata normalmente no entiende lo que pide y le importa un bledo el sobre-coste que supone y encima sin mejorar la calidad del servicio que solicita.
Tendrás que revisar el contrato, los que yo he visto indican que será obligatorio disponer de seguro si así se establece en el convenio de aplicación, aunque también ví uno que obligaba a disponer de una seguro que complementara las coberturas mínimias establecidas.
Si el convenio no lo especifica, ni la negociación colectiva mediante pactos, sólo queda el contrato,
Buenos días. El que paga decide.
Legalmente es una cuestión de mínimos, no de máximos. Por ello, en el ámbito privado y siempre respetando la ley, una empresa puede pedirle a otra casi cualquier cosa. En este caso es factible hacerlo por contrato.
Estoy de acuerdo que no siempre es lógico hacerlo así, ya que no es operativo y pones a vigilar a las gallinas a alguien que no las entiende (y eso es importante para que pongan buenos huevos)
Estoy absolutamente en contra de la gestión de la CAE en la que se está derivando actualmente mediante plataformas de gestión, donde me marcan -desde fuera- hasta la caducidad de una ERL, sin entender nada de nada.
Creo que estamos en una época que merecería ser conocida para la posteridad como “El CANSINISMO HISTÓRICO”
Saludos
El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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