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    Enrique Romero Arjona
    Participante
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    mayo 2016


    Hola,

    Soy Técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales (con las 3 especialidades) y quisiera saber si estoy obligado a recibir la formación de la empresa en cuanto a prevención relativa a mi puesto de trabajo. Pienso que no ya que además de tener ya dicha formación estoy cualificado para impartirla, pero no encuentro ninguna referencia legal sobre el tema. ¿Podríais aclararme si aun siendo Técnico Superior debo asistir a dicho curso? En caso de estar exento ¿me podríais indicar que ley, norma, etc. puedo aplicar para explicárselo a mi empresa?

    Gracias

    #434860 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenos días, Enrique.

    Buena duda la que te planteas, de fácil respuesta si piensas como TPRL (ya te contestaste tú), y de más fácil repuesta aún si piensas como empresario (es obligatorio que la recibas). Y como la LPRL está hecha principalmente para que las empresas cumplan con sus obligaciones en materia de PRL (art. 19 LPRL), teniendo además que justificar dicho cumplimiento, creo que eso tiene más peso que cualquier otro argumento que se quiera esgrimir.

    Es mi opinión, saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #434861 Agradecimientos: 0
    JIBELIO
    Participante
    40
    25
    octubre 2011


    Iniciado

    Que yo sepa, la unica formación “convalidable” es a nivel fundacion laboral de la construcción. Con el titulo de TSPRL te convalidan el tronco comun de oficios, la parte específica de responsbles de obra, de mandos intermedios, de administrativos, de personal directivo y la formación inicial.
    Fuera de ese ámbito, que yo sepa no hay nada reconocido legalmente. Siendo estrictamente legalistas creo que deberías asistir a la formación de tu puesto de trabajo….aunque sea de forma testimonial y para dar ejemplo tampoco va mal.

    saludos

    #434863 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Hola,

    De acuerdo con los compañeros.

    Se nos ha dado el caso en personal de oficinas que se sacaron hace años el título de TSPRL y querían saltarse la formación del puesto y lo han tenido que hacer igualmente.

    Además, de cara a una posible CAE con cliente (está mal y todo eso) necesitarás justificar que has recibido la formación específica en el puesto de trabajo…

    #434862 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Creo que no es cuestión de dar ejemplo, sino de obligación de la empresa.
    Tú como TSPRL tienes plena capacidad para evaluar los riesgos de tu puesto de trabajo; pero si la formación se refiere a contenidos que la organización preventiva ha establecido (emergencias, riesgos de tu puesto de trabajo o cualquier otra formación ESPECÍFICA), tú debes formarte.
    ¿Por qué? Porque la organización preventiva ha establecido unos determinados riesgos y sus correspondientes medidas preventivas, que no tienen que coincidir con las que tú veas, por lo que a estos efectos, lo que tú pienses no es importante, los riesgos de tu empresa no te los dieron en el Máster y además la evaluación que tú hagas, no tiene por qué coincidir con la que la organización preventiva ha hecho.

    Ahora bien, si has sido tú precisamente quien ha elaborado los contenidos de esa formación, entonces estaría de acuerdo contigo. ¿Es así?

    #434864 Agradecimientos: 0
    Quique Man
    Participante
    1
    1
    abril 2009

    Iniciado

    La Ley de PRL no hace distinciones, y la exigencia legal es para TODOS los trabajadores. Por lo tanto, sí debes recibir formación/información de los riesgos de tu puesto de trabajo, con todas sus particularidades, así como las medidas de emergencia/autorprotección implantadas en la empresa donde vas a prestar servicios.

    Un saludo,

    Quique

    #434865 Agradecimientos: 0
    carloss
    Participante
    430
    115
    septiembre 2002


    Super Gran Maestro

    A ver en buena lógica si tu eres el “responsable técnico de la prevención” en la empresa o eres miembro de la organización preventiva (miembro del Servicio de prevención, trabajador designado etc) entiendo que es ocioso (e inútil) que recibas formación especifica sobre tu puesto de trabajo. Ya que el conocimiento se te supone. Si se debe, sin embargo, evaluar tu (propio) puesto.

    Si eres un trabajador de plantilla que tienes la titulación de TSPRL (como podrías tener la de licenciado en historia u otra) no implica necesariamente que tengas la formación “específica” sobre los riesgos de tu puesto de trabajo o función. (tampoco sabemos, por el hecho de que tengas la titulación, si estás “actualizado” ). Además esta “titulación” per se no constituye documento acreditativo de que hayas recibido la formación a la que se refiere 19 de la LPRL (y que es obligación del empresario poder acreditarla -que la ha dado)

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