Buenos días,
Hemos integrado una empresa en un servicio de prevención mancomunado de grupo, evidentemente la empresa pertenece al mismo grupo empresarial, hemos informado y consultado a los representantes de los trabajadores de esta nueva empresa que a partir de tal fecha se va a integrar en un servicio de prevención mancomunado, la información y consulta la hemos realizado mediante un documento en el que indica el cambio que se va a producir y cuando.
Nuestra duda es si los miembros del CSS pueden negarse a que se produzca la integración, tienen derecho a realizar un informe y negarse o simplemente pueden dar su opinión y es potestad de la empresa decidir si quieren un SPA o un SPM.
Gracias y saludos