Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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  • #73841 Agradecimientos: 0
    Juan Manuel López Ruiz
    Participante
    11
    febrero 2017


    Buenos días,
    necesitaría me ayudaseis si conoceis alguna normativa donde se indique si la centralita de señalización de los locales con sistemas de extinción fija, por inundación de agentes gaseosos, deba estar fuera del local que protege. Y por otro lado cuál es vuestra opinión, pues si está fuera igual no sería visible ni audible por el personal que esté trabajando dentro del mismo. El téncico que revisó el local nos comentó que debía estar fuera del local.
    Gracias y saludos

    #436222 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenos días.

    Te voy a ser sincero: ando más bien pez en normativa técnica industrial. Pero tengo una cosa clara: a mí se me caería la cara de vergüenza si voy a una empresa, les encuentro una falla en materia de prevención de riesgos, y no soy capaz de justificarla (técnica ni legalmente). Si yo tengo que estar todo el día referenciando a Leyes, Reales Decretos, NTP, normas EN, etc…, pues no veo por qué no pedir a esos técnicos que justifiquen también ese criterio que te exponen. Si está recogido en alguna parte, ellos te lo tendrán que decir, ¿no?

    Entiendo que es parte de su trabajo, y no que tú tengas que andar ahora buscando dónde lo pone para ver si es cierto o no.

    Pero es mi beligerante opinión. Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #436223 Agradecimientos: 1
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No tiene nada que ver que la centralita esté fuera, respecto de que la señal de prealarma esté dentro. Normalmente se instala una sirena o varias según las características del local, como señal de salida en caso de prealarma.
    Así, tú puedes tener la centralita fuera del local con riesgo.
    Creo recordar que el reglamento exigía una vigilancia permanente para las centrales de pulsadores de alarma, pero no decía nada de las de extinción automática. A lo mejor trae algo en la norma UNE que referencia el Real Decreto.
    Más no te puedo decir.

    #436224 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    ¿Es una centralita totalmente automática? Porque si requiere personal para gestionar la emergencia, si está en la zona de peligro, mal vamos.

    PD: Cuando pasan estas cosas, no hay que cortarse, sino preguntar por qué. Los técnicos y personal afín solemos tener complejo de pequeño profesor, con lo que nos encanta al mil por ciento responder sesudamente a todas las cuestiones que se nos planteen :ugeek: Cuando se hacen modificaciones debidas a inspecciones o auditorías, es infinitamente mejor hacerlo con conocimiento de causa.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #436225 Agradecimientos: 0
    Juan Manuel López Ruiz
    Participante
    11
    febrero 2017


    Buenas tardes, estoy totalmente de acuerdo contigo, de hecho se lo hemos solicitado, pero estamos en espera que lo emita.
    Muchas gracias.
    @Sirgudlab wrote:

    Buenos días.

    Te voy a ser sincero: ando más bien pez en normativa técnica industrial. Pero tengo una cosa clara: a mí se me caería la cara de vergüenza si voy a una empresa, les encuentro una falla en materia de prevención de riesgos, y no soy capaz de justificarla (técnica ni legalmente). Si yo tengo que estar todo el día referenciando a Leyes, Reales Decretos, NTP, normas EN, etc…, pues no veo por qué no pedir a esos técnicos que justifiquen también ese criterio que te exponen. Si está recogido en alguna parte, ellos te lo tendrán que decir, ¿no?

    Entiendo que es parte de su trabajo, y no que tú tengas que andar ahora buscando dónde lo pone para ver si es cierto o no.

    Pero es mi beligerante opinión. Saludos.

    #436226 Agradecimientos: 0
    Juan Manuel López Ruiz
    Participante
    11
    febrero 2017


    Gracias por tu aclaración, efectivamente tienes todala razón, por otro lado es una centralita automática, la extinción funcionaría por sí sola una vez detectado el incendio, dando un preaviso por si alguien hubiera dentro del local, pudiera salir. Ya le solicité la normativa para que la indicara en el informe o solo se basa en criterios (propios) técnicos.

    @Yanou wrote:

    ¿Es una centralita totalmente automática? Porque si requiere personal para gestionar la emergencia, si está en la zona de peligro, mal vamos.

    PD: Cuando pasan estas cosas, no hay que cortarse, sino preguntar por qué. Los técnicos y personal afín solemos tener complejo de pequeño profesor, con lo que nos encanta al mil por ciento responder sesudamente a todas las cuestiones que se nos planteen :ugeek: Cuando se hacen modificaciones debidas a inspecciones o auditorías, es infinitamente mejor hacerlo con conocimiento de causa.

    #436227 Agradecimientos: 0
    Juan Manuel López Ruiz
    Participante
    11
    febrero 2017


    Gracias por tu aclaración, como le indiqué que lo pusiera en infome, a ver que normativa indica.
    @De locos wrote:

    No tiene nada que ver que la centralita esté fuera, respecto de que la señal de prealarma esté dentro. Normalmente se instala una sirena o varias según las características del local, como señal de salida en caso de prealarma.
    Así, tú puedes tener la centralita fuera del local con riesgo.
    Creo recordar que el reglamento exigía una vigilancia permanente para las centrales de pulsadores de alarma, pero no decía nada de las de extinción automática. A lo mejor trae algo en la norma UNE que referencia el Real Decreto.
    Más no te puedo decir.

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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