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    ILCAPITANO
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    noviembre 2006


    Buenas tardes:

    Me surge una duda, ¿

    Se puede permitir el empleo de maquinaria de movimiento de tierras (apisonadora) en una empresa que no se dedica a la construcción? (se harían algunas obras menores y el personal de mantenimiento se encargaría de ciertas chapuzas con esta máquina).

    Si el vehículo se desplazara por vías publicas para llegar a terrenos privados, ¿a que sanciones nos expondriamos si se autorizara?.

    Gracias, un saludo.

    #436028 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenas, no hay limitación alguna (España): si necesitas esa máquina porque tu sistema productivo lo requiere, pues la tienes y punto. Ninguna norma te va a prohibir usar un equipo solo porque en apariencia “no tenga que ver” con lo que hacéis normalmente.

    Cuestión distinta es que tengas que aplicar las consiguientes medidas de seguridad durante el uso de dicho equipo, igual que con cualquier otro (formación del personal, control de los elementos de seguridad de la máquina, manejo conforme a las instrucciones del fabricante, etc.)
    Respecto a las posibles sanciones derivadas de desplazarse con la apisonadora por vía pública… pues eso ya tiene que ver con normativa de tráfico. Sabrás que a los vehículos especiales se le exigen ciertos requisitos administrativos y de seguridad, como pueden ser carnet del conductor, matriculación de la máquina, señal de velocidad máxima en la máquina, girofaro, etc. (cosas que en vía privada no hacen falta). Lo que ya se me escapa es si, aún con todo lo anterior, en este caso os permitirían los desplazamientos por vía pública sin necesidad de ser remolcado.

    Saludos.

    P.D.: no te engañes, que no pertenezcáis al sector de la construcción no significa que no ejecutéis trabajos de construcción.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #436029 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Solo faltaría que no se pudiera.
    El único requisito que debéis cumplir es que la máquina esté en condiciones adecuadas (pedir registros que así lo acrediten) y que sea operada por una persona formada para ello. Quizás ése sea vuestro mayor problema, y dependerá de si es una máquina pequeña, fácil de manejar con la formación que te de el operario que te la venga a traer más una formación derivada del manual de instrucciones que deberíais pedir por adelantado; o si es una máquina de mayor tamaño. Ahí yo no estaría tan seguro.
    También dependerá de si los trabajos requieren la presencia simultánea de personas a pie cerca de ella o no. Esto es determinante.

    En cuanto a lo de circular por vías públicas, creo que sabes bien cuál es la respuesta. Estas máquinas no pueden circular por carreteras; deben ir en góndola o camión según su tamaño. En caso contrario, te arriesgas a una multa de la DGT.

    #436030 Agradecimientos: 0
    ILCAPITANO
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    noviembre 2006


    Gracias por vuestras respuestas, me son de gran ayuda.

    Un saludo

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  • El debate ‘ USO DE MAQUINARIA DE OBRA EN EMPRESA PRIVADA’ está cerrado y no admite más respuestas.