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  • #73744 Agradecimientos: 0
    ROSA MANGAS
    Participante
    6
    julio 2016


    Buenas tardes a todos, me gustaria si hay alguna normativa especifica que obligue a las empresas a dotar de punteras de seguridad a sus visitas? no he encontrado nada al respecto.

    No serian las propias visitas quien sabiendo la actividad cinieran con el calzado correspondiente?

    #435789 Agradecimientos: 1
    Tete Mola Jaen
    Participante
    11
    3
    julio 2016

    Iniciado

    No creo que haya ninguna normativa que obligue a las empresas a facilitar punteras de seguridad a las visitas. Tu tienes evaluado un riesgo y establecido el uso obligatorio de calzado de seguridad para evitar accidentes, es una norma de seguridad que has establecido.

    Lo más lógico, sobre todo porque es mucho mas seguro y mas cómodo, sería que si saben de esa obligatoriedad, las visitas lleguen preparadas con su propio calzado de seguridad… pero hay muchos tipos de visitas… Tu puedes establecer esa obligatoriedad y si no traen su propio calzado que no entren, pero…

    un comercial de un proveedor o un cliente que visite a su proveedor rara vez va a acudir con calzado de seguridad a las instalaciones… en ese caso que haces? no lo vas a dejar en la calle (si dejas a un cliente en la calle por eso seguramente acabes tu en la calle… jeje)… pues le dejas unas punteras que para 15 minutos que va a estar en la planta le hacen el papel.

    Ojo, solo visitas de corta duración que no vayan a realizar ningún trabajo físico en la planta…

    #435790 Agradecimientos: 1
    cafma20
    Participante
    10
    2
    junio 2001

    Iniciado

    El convenio de la construcción dice:
    Artículo 247.‐ Visitas a las obras.
    En previsión de las visitas que realicen a las obras personas ajenas a las mismas o que no prestan servicios con carácter habitual en ellas (personal técnico o dirección facultativa, inspectores y visitantes de organismos oficiales, etc.) deberá disponerse de una dotación de
    equipos de los protección individual necesarios en cada caso, que estarán obligados a utilizar mientras permanezcan en la obra.

    #435791 Agradecimientos: 2
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    En primer lugar, me parece exagerado establecer el uso obligatorio de calzado de seguridad en una empresa, por el mero hecho de acceder a ella.
    Los riesgos de los que un calzado te protege, a excepción de obras de construcción y algún otro sector muy específico, no son generales del centro, sino específicos de ciertas áreas o de determinados trabajos, que obviamente el visitante no realiza.
    Lo lógico sería hacer obligatorio el uso de calzado de seguridad en base a ciertas condiciones que, en la práctica, obligarán a todos tus trabajadores a llevarlo; pero no a quienes no realicen trabajos, por ejemplo.
    Por ello, hay que tener cuidado con maximizar las normas de seguridad a extremos, que luego son incompatibles con situaciones con las que planteas.

    Creo que ésa es la forma correcta de gestionar este tema. Si así con todo, insistes en obligar a llevar calzado de protección, las punteras son una opción bastante más cómoda (aunque resulte ridículo a la vista) que, como dice el convenio de construcción, dotarse de una reserva de calzado para “por si acaso”. ¿Qué números vas a tener disponibles?¿Y si la visita es de una mujer?(que no se me subleve nadie, pero el calzado normal de una mujer anda por el 36-38, mientras que el de los hombres ronda los 39-44)

    Conclusión: En un centro de trabajo fijo, lo tendría muy claro, dos o tres pares de punteras por si acaso, que además no son de un número concreto sino que te cubren un rango determinado (por ejemplo, las que tengo yo, son del 41-44); y en una obra, tendería a minimizar las zonas con riesgo de pinchazos en la suela, que es el único riesgo general del que un calzado te protege, ya que la puntera solo obedece a un riesgo asociado al manejo de cargas, que espero que tus visitas no hagan.

    #435792 Agradecimientos: 1
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Claro, como bien dicen los compañeros, cuando se trata de una empresa la obligatoriedad la marca realmente el empresario a través de la evaluación de riesgos.

    Nosotros hemos pasado por diversas etapas; la del pasillo señalizado por el que se puede ir sin calzado de seguridad con las visitas y la de dar punteras a todo el mundo. Si viene un cliente no les vas a negar la entrada a planta, pero sí que le puedes decir que se ponga unas punteras porque “os tomáis la prevención muy en serio”, ainsss, al final suele ser una cuestión de postureo.

    #435793 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Buenos días. Pregunta sencilla, respuesta compleja.

    De manera sencilla…SÍ, TU EMPRESA ESTÁ OBLIGADA LEGALMENTE, en base a los supuestos que básicamente se te pueden dar:

    1) De manera general, tenéis responsabilidad frente a terceros por los daños que puedan sufrir a causa de vuestra actividad, instalaciones, etc. (responsabilidad civil, penal). Esta no tiene que ver con prevención de riesgos laborales; es igual que si a mí se me cae una teja del tejado de mi casa y le da a un viandante que pasaba por la acera. ¿Qué significa eso? Que debéis velar por reducir esa responsabilidad al mínimo, y una forma de hacerlo es evitando que tales riesgos ocurran mediante medidas de seguridad, que muchas veces se traslapan con las medidas de seguridad laboral.
    Aquí entrarían todas esas visitas no previstas o no asociadas a la actividad (un accionista quiere visitar la empresa, un Inspector de trabajo quiere visitar la empresa, un cliente quiere visitar la empresa, etc.) Obviamente esas personas no tienen por qué conocer los riesgos que pueden generarse en vuestras instalaciones (y por ello os van a venir sin calzado de seguridad), pero en vuestra obligación de no producir daños a terceros y curaros en salud deberíais facilitarlo vosotros.

    2) Ahora entramos en materia de prevención de riesgos laborales. Si por nuestra evaluación de riesgos se ha valorado preceptivo el uso de calzado de seguridad, y la empresa lo ratifica, entonces eso para a ser “ley” en vuestra empresa. Cuidado con esto, una “ley” que aplica a los trabajadores de la empresa, y por extensión a aquellas personas ajenas a la empresa pero que trabajen en vuestro centro.
    Aquí entrarían todas esas visitas previstas y asociadas a la actividad (una empresa de mantenimiento tiene que acceder a la empresa, un transportista tiene que acceder a la empresa, etc.) Obviamente esas personas sí tienen que conocer los riesgos que pueden generarse en vuestras instalaciones (por coordinación de actividades empresariales, art. 24 LPRL) y por ello deberían poder venir con calzado de seguridad.

    Respecto a si esas visitas (repito, las del punto 2) deberían traerse su propio calzado de seguridad, pues sí…si así lo habéis pactado previamente. Puede suceder que sea una empresa que por su actividad y riesgos ya lo tenga, o que esté acostumbrada a dicha solicitud y ya lo tenga…o puede que no. Pero con tiempo, todo se puede negociar. Y si ellos son listos y no tienen (y les obligáis por contrato a traerlo), lo compraran y luego os lo repercutirán en el precio.

    Ya para terminar, me hago eco del siguiente comentario:

    @De locos wrote:

    Si así con todo, insistes en obligar a llevar calzado de protección, las punteras son una opción bastante más cómoda (aunque resulte ridículo a la vista)

    Pues sí, son lo peor estéticamente (a no ser que seas Miliki y cía) y se sujetan bien mal. Yo alguna vez las he llevado y a los dos pasos el elástico se me mueve y la punta queda mirando para Cuenca. Si queréis que os respeten como TPRL y mejor persona, por caridad cristiana no las llevéis.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435794 Agradecimientos: 0
    ROSA MANGAS
    Participante
    6
    julio 2016


    Muchas gracias por vuestras respuestas me queda más claro que hacer y tener respuesta convicente para alguien de mi empresa que se ha empeñado en comprarlas y no es técnico de PRL sobre su uso.

    Un saludo a todos

    #435795 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Desconozco tu realidad, pero créeme que no es lógico exigir calzado de seguridad simplemente por el hecho de “estar” dentro de tu centro de trabajo; salvo que lo tengáis hecho un auténtico asco, lleno de puntas y recortes de chapas (espero que no sea el caso).
    Lo lógico es asociar el uso obligatorio de calzado de seguridad a determinados trabajos y/o a zonas con riesgo de pinchazos alto.
    Para vuestros trabajadores probablemente supondrá llevar calzado todo el tiempo, porque estarán trabajando y no se van a estar quitando y poniendo botas; pero para las visitas, e incluso para personal de oficina, no será obligatorio, ya que no estarán manipulando cargas que se les pueda caer; y si deben pasar por una zona con dicho riesgo, puede pararse la maniobra.

    Nota: En cambio, casco y protección ocular sí puedes ponerlo como riesgo general, porque lo que se te pueda caer puede venir de cualquier sitio, y los obstáculos contra los que puedas chocar no los vas a quitar; e igualmente si hay polvo en el ambiente o puede haber proyecciones no controladas, que afecten a un radio no controlable alrededor de la tarea (ocurre por ejemplo, en los trabajos con radial, donde las chispas pueden caer varios metros hacia abajo).

    #435796 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Yo las he visto con puntera y suela, que se mete el pie dentro. Son como una zapatilla, para que nos entendamos, con una goma para ajustarla. No sé ni si van bien ni si son cómodas ni nada (yo las vi muy rígidas), pero por lo menos estas tienen protección de suela, que es la interesante. Sí que pueden ser un poco de postureo peeeeeeeero os recuerdo que en las fábricas entran visitantes de todas formas y colores, y claaaaaro, alguno hay que está loquito y entra con los dedicos al aire… 😕 😕 ¿y qué haces? ¿Les haces cambiar los zapatos? ¿Les dices a unos sí y otros no? La solución, todo el mundo con la zanca puesta y te ahorras un montonazo de problemas, que pa qué 😉

    De todas formas, para visitantes, comerciales y demás, quiero recordar que existen en el mercado unos mocasines de lo más molón, chulísimos de la muerte, con todas las opciones de seguridad, puntera, suela, protección eléctrica, y todo lo que necesitemos añadir. Hay que soltar la mosca un poco, eso sí, pero oye, seguro, cómodo y guapo. ¿Qué más se puede pedir?

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435797 Agradecimientos: 0
    Sandra Pérez Sánchez
    Participante
    0
    noviembre 2016


    Yo creo que en ciertos trabajo es muy importante el uso de el vestuario adecuado y si estamos hablando del calzado mucho más. Conozco varios casos de accidentes laborales con consecuencias terribles para los trabajadores, siendo la mayoría evitables en gran medida por no ajustarse a las normas de calzado que se presuponen para dar seguridad. Por eso es exigible que las empresas faciliten la adquisición de unas buenas botas de seguridad que eviten, en la medida de lo posible cualquier desgracia.

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