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  • #73668 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
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    enero 2013


    Buenas tardes,

    Se me presentan varias dudas respecto a los implementos de máquinas:

    ¿es aplicable la directiva de máquinas a los cazos de las excavadoras?
    Leyendo su articulado se habla de máquina, entre otros, de aquellos elementos intercambiables que no modifican la finalidad de la máquina. ¿Se le puede considerar cuasi máquina? En caso de respuesta negativa a ambas preguntas, ¿de qué documentación tiene que disponer estos implementos: certificado de fabricación, declaración de conformidad, etc?

    En muchos de los manuales el fabricante dice que sólo se pueden utilizar implementos fabricados por él. Que para el resto se deberá obtener su autorización. ¿qué ocurre si utilizo un implemento de otro fabricante, por ejemplo un cazo fabricado por Takeuchi en una miniexcavadora Doosan y hay un accidente?

    Gracias a todos

    #435378 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
    Participante
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @nachosepreat wrote:

    En muchos de los manuales el fabricante dice que sólo se pueden utilizar implementos fabricados por él. Que para el resto se deberá obtener su autorización. ¿qué ocurre si…

    …Hasta ahí exactamente tiene que llegar tu reflexión.

    Si el fabricante NO admite ese tipo de intercambio entre accesorios, tienes una prohibición, ergo una limitación legal (Anexo II.3 del R.D. 1215/1997).
    La única posibilidad de hacer lo que propones es que el fabricante expresamente: a) Lo permita, o b) no lo prohíba y puedas hacer una evaluación de riesgos de la operación que valore su seguridad. Entiendo que el diseño del cazo de una marca (capacidad, giro, elementos mecánicos, etc.) puede sencillamente no coincidir con la configuración de la excavadora en la que se va a instalar, modificando (para peor) su funcionamiento.

    Respecto a cómo considerar un cazo, yo así a bote pronto lo veo más como “equipo intercambiable”.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435379 Agradecimientos: 0
    nachosepreat
    Participante
    6
    enero 2013


    Muchas gracias, completamente de acuerdo contigo, dos apreciaciones únicamente:

    1. Los cazos, a priori, son de las mismas características técnicas.
    2. Yo también veo el cazo como equipo intercambiable, sólo que la directiva habla de equipos intercambiables que modifiquen la finalidad de la máquina, por lo que en este caso no creo que el cazo modifique la finalidad de la máquina que una excavadora principalmente es la de excavar.

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