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  • #73647 Agradecimientos: 0
    Jose E
    Participante
    0
    julio 2013


    Hola Buenos días tengo la siguiente duda relacionada con estanterías de almacenaje tipo MECALUX.

    En Septiembre de 2014 la empresa MECALUX nos instaló varias estanterías en los almacenes de la empresa y no sabemos si hay alguna normativa específica que regule si es obligatorio pasar una inspección técnica periodica de dichos elementos de almacenaje y la periodicidad de estas revisiones.

    Muchas Gracias
    Un Saludo

    #435220 Agradecimientos: 1
    Sirgudlab
    Participante
    612
    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    ¿Habéis consultado las instrucciones del fabricante? Empezad por ahí.

    Pág. 21.

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    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #435221 Agradecimientos: 1
    PRLaborales Fernández Granados
    Participante
    8
    4
    octubre 2017

    Iniciado

    Sirgudlab tiene razón,

    También puedes mirar la NTP 852 “Almacenamiento en estanterías metálicas” del Instituto Nacional de Seguridad de Higiene en el Trabajo”:

    Por otro lado, la norma UNE-ES 15635 “Almacenaje en estanterías metálicas. Aplicación y mantenimiento del equipo de almacenamiento”, recoge el estado de la técnica más avanzada en materia de inspecciones técnicas de estanterías.

    Según la norma UNE-EN 15635, se establece que personal que cuente con la experiencia y cualificación precisa debe realizar al menos cada doce meses una inspección.

    Adicionalmente las estanterías como equipamiento de trabajo deben cumplir con la normativa de seguridad laboral vigentes:

    • RD 1215 / 1997 “Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de equipos de trabajo”.
    • RD 486 / 1997 “Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo”.
    • UNE 58011 “Almacenaje en estanterías metálicas. Clasificación y definiciones”.
    • UNE 58013 “Almacenaje en estanterías metálicas. Requisitos para el tratamiento de elementos dañados”.
    • UNE 58014 “Almacenaje en estanterías metálicas. Validación de equipos de almacenaje”.

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    #435222 Agradecimientos: 0
    Jose E
    Participante
    0
    julio 2013


    De acuerdo Muchas Gracias por vuestro asesoramiento.

    Pero según he leido tanto el fabricante en este caso MECALUX como la Nota Técnica de Prevención 850 establecen una revisión anual:

    Inspección anual por experto, realizada por personal independiente, competente y experimentado en esta actividad; con notificación, calificación y comunicación de daños.

    ****Pero si no entiendo mal no es de carácter obligatorio y también existe la posibilidad de hacerlo con nuestros propios medios

    Muchas Gracias
    Un Saludo

    #435223 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Algunas de estas empresas tienen cursos (a módicos precios, jeje, aunque generalmente bonificables) para habilitar a una persona con cierta formación técnica y/o preventiva para realizar estas revisiones. Es interesante sobretodo porque, aunque la revisión en general consiste en ver que están en buen estado, hay detalles que si uno no los conoce se le pueden escapar.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435224 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    @Jose E wrote:

    De acuerdo Muchas Gracias por vuestro asesoramiento.

    Pero según he leido tanto el fabricante en este caso MECALUX como la Nota Técnica de Prevención 850 establecen una revisión anual:

    Inspección anual por experto, realizada por personal independiente, competente y experimentado en esta actividad; con notificación, calificación y comunicación de daños.

    NTP 852 concretamente.

    #435226 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    La obligación de revisar el estado de las estanterías es exactamente la misma que la que hay respecto de la revisión de una estructura metálica que soporte una edificación industrial, por ejemplo.
    Si se te cae, y esto es debido a una pérdida de solidez por corrosión, por debilitamiento de la estructura debido a un golpe, etc., conocida y previsible o fácil de revisar, entonces tendrás una responsabilidad, sin duda.
    Mecalux tiene una documentación asociada a sus sistemas bastante buena y completa; que sin duda os ayudarán a hacerlo bien.
    Olvídate de normas UNE e historias. Me estoy empezando a hartar de la “dictadura” de las UNE.

    #435227 Agradecimientos: 1
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    Yo estoy de acuerdo contigo (aunque no contesté antes porque me da canguelo Ventamina 🙄 😆 😆 )Las normas UNE suelen estar enfocadas a los fabricantes, suministradores y mantenedores que requieren de certificaciones para poder demostrar su efectividad de forma transparente (y para justificar el montante final, directo al costillar 😆 ). Generalmente, en estas normas se incluye la obligatoriedad de END, u otras pruebas para las que hay que tener maquinaria específica (y carísima a más no poder) Para los simples mortales, que no sacamos beneficio industrial del tema, se editan las NTPs y demás documentación disponible gratuitamente y para la cual no hay que invertir millones de EUR en maquinaria.
    Para comprobar que una estantería no está rota, doblada, que no presenta golpes ni le faltan partes, o no está corroida a más no poder no hace falta observar las especificaciones de ninguna norma UNE. Por el contrario, si yo fabrico una estantería que vale 3000 el tramito, claro que tengo que seguir la norma UNE que toque, y hacer radiografías de las soldaduras y lo que haga falta.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435228 Agradecimientos: 0
    Jose E
    Participante
    0
    julio 2013


    De acuerdo Muchas Gracias a todos por vuestra colaboración.

    Simplemente me surgen dos dudas:

    DUDA 1:

    Si yo formo a una persona de la plantilla para que esté capacitado para hacer estas revisiones sería una buena opción.

    DUDA 2:

    Para hacer la revisión anual de estas estanterías y la cual es el objeto del debate, deben estar las estanterías vacías o dichas revisiones se pueden hacer con las estanterías con la carga normal.

    Muchas Gracias
    Un Saludo

    #435229 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    D1. Consulta com Mecalux si existe dicha opción
    D2. Si es que sí, el trabajador formado sabrá si es necesario vaciar o no.

    Rápido y escueto 😉 es lo máximo que puedo hacer en el descanso del cafe 😀

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

    #435230 Agradecimientos: 0
    Alberto Díaz
    Participante
    0
    septiembre 2016


    Buenos días;

    Entiendo que todo la normativa es aplicable a este tipo de estanterías. Pero tengo la siguiente duda.

    ¿Qué pasaría con las estanterías básicas ? Con ellas me refiero a las típicas que comprarías en una ferretería de acero galvanizado unidas por tornillos y baldas.

    ¿Estaría prohibido este tipo de estanterías en los lugares de almacenamiento? con ello me refiero a un pequeño almacén en una tienda, por ejemplo.

    He estado buscando normativa, pero no consigo encontrar nada al respecto de este tipo de estanterías. Si aplicamos en RD 486/97 con que las mismas estén bien arriostradas y no presenten deformaciones en la estructura sería suficiente. Pero no me termina de convencer.

    Por otro lado, si a esta estantería le añadimos una especie de plataforma para poder almacenar los productos en las partes altas de la misma, estaríamos incumpliendo la normativa, porque ningún técnico competente nos ha certificado que esa estructura es adecuada a su uso.

    Por favor, necesito ayuda con este tema, mi experiencia en joven todavía.

    Muchas gracias

    #435232 Agradecimientos: 0
    Yanou
    Participante
    394
    387
    diciembre 2004


    Gran Maestro

    @Alberto Díaz wrote:

    ¿Qué pasaría con las estanterías básicas ? Con ellas me refiero a las típicas que comprarías en una ferretería de acero galvanizado unidas por tornillos y baldas.

    ¿Estaría prohibido este tipo de estanterías en los lugares de almacenamiento? con ello me refiero a un pequeño almacén en una tienda, por ejemplo.

    No, criatura, prohibidas no están. Únicamente tienes que tener en cuenta un detalle importante si estás en un entorno profesional, que tengan indicación de peso máximo. Hoy en día casi todas lo llevan, y, si no es que se tenga pensado almacenar paquetes de algodón (o nubes 😀 ) hay que tener en cuenta su máxima capacidad. Las antiguas y las destinadas exclusivamente a uso doméstico no lo llevan, en las antiguas se puede haber borrado o perdido su folleto, con lo cual te arriesgas a que se ponga algo y se vengan abajo. Lo digo porque es algo muy habitual en las instalaciones precisamente de tiendas y pequeños comercios, sobretodo si son antiguas. Y en los almacenes de pequeños comercios se pueden llegar a almacenar cosas que nadie se imaginaría encontrar 🙄 y por supuesto, cosas de peso.
    @Alberto Díaz wrote:

    Por otro lado, si a esta estantería le añadimos una especie de plataforma para poder almacenar los productos en las partes altas de la misma, estaríamos incumpliendo la normativa, porque ningún técnico competente nos ha certificado que esa estructura es adecuada a su uso.

    A ver, a una estantería ya le añades cosas, que son los objetos que almacenas en ellas. Para esos objetos hay una serie de reglas de lógica y sentido común, como por ejemplo que no superen el peso máximo permitido, que no sobresalgan (o si hay suficiente espacio y no es problema que sobresalga, nunca debe ser más de la mitad de la anchura de la estantería), que no puedan suponer un riesgo para el paso de vehículos o personas…etc Si dicha plataforma cumple dichas normas, y una vez evaluada no representa un peligro por alguna otra cuestión, no habría mayor problema. Piensa que no estamos hablando de una estructura homologada o certificada, porque si lo fuera, si la modificas puedes perder la certificación, lo cual no tiene por qué suponer necesariamente un riesgo, pero puede ser un problema de cara a posibles auditorías, por ejemplo, o a la hora de acreditar tu sistema de gestión de la prevención ante según qué clientes…etc.

    Si os acordáis de darme las gracias puede que os dé suerte y os toque la lotería, aunque puede que no. Pero, ¿qué demonios? Vale la pena probarlo.

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