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  • #73565 Agradecimientos: 0
    Rulo_73
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    noviembre 2005

    Iniciado

    Buenas, una duda ¿tiene obligación un trabajador que no pertenece al convenio de la construcción pero que tiene que entrar en la obra a tener la formación exigida en el mismo?

    #434785 Agradecimientos: 0
    ICM75
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    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    NO, salvo que quien contrate a su empresa lo exija por contrato.

    Pero convenios que establecen formación para obras de construcción, no solo hay el de la construcción. También tienes:

    * Acuerdo General del Sector del Metal (anexo III).
    * IV Convenio General del Sector de la Ferralla.
    * IV Convenio General del Sector de la Madera (anexo IV).
    * Acuerdo del Sector de la Cerámica, el Vidrio y la Rotulación (anexo).

    Y todos los de ámbito inferior “dependientes” de los mismos.

    #434786 Agradecimientos: 4
    Sirgudlab
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    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    Otra pregunta: “¿Un administrativo con convenio de oficinas y despachos puede pedir ropa de trabajo en base a que ha visto que en otros convenios, como en el de hostelería, se da ese tipo de ropa?” Pues cosas tan obviamente absurdas como estas por alguna razón, a la gente le parece factible cuando entra en juego el convenio de la construcción y la formación (no lo digo por el forero, hablo en general).

    Lo primero que debes tener claro, “preven_empresas”, es que cada convenio tiene su ámbito de afectación, y por tanto no puede “pisar” lo que se regule otro. La frase cada mochuelo a su olivo, viene aquí de perlas.
    Aunque te valga con eso, como este no sería un foro serio si no se te diera orientación legal sobre el tema, vamos con la casuística:

    a) Tengo un convenio distinto al de la construcción, pero tengo que entrar a trabajar a obra. ¿Qué formación acredito?

    La de tu propio convenio, no la de otro (como el de la construcción). Tienes la justificación legal en el art. 12.2 del R.D. 1109/2007.

    b) He mirado mi convenio y regula una formación parecida al de la construcción (8h, 20h, por oficio). ¿por qué?

    Porque en varios convenios sectoriales (ferralla, madera y mueble, metal, vidrio y rotulación) se “adecuó” la formación a la registrada en el convenio de la construcción para unificar el sistema de acreditación. Pero la respuesta sigue siendo la misma: debes cumplir con la que te marque tu propio convenio, no la de otro. Tienes la justificación legal en el art. 12.3 del R.D. 1109/2007.

    c) He mirado mi convenio y no regula ninguna formación específica, ¿Qué hago?

    Ajustarte al mínimo legal: formación adecuada para el trabajador (sin horas concretas) y formación de 10 h para uno de los directivos de la empresa. Tienes la justificación legal en el art. 19 de la LPRL y el art. 12.4 del R.D. 1109/2007.

    d) Ok lo he entendido. Pero es que un contratista me pide la formación del convenio de la construcción… ¿puede hacer eso?

    Por desgracia y a día de hoy… sí. Por alguna razón se está permitiendo que soliciten algo que legalmente no es exigible (e incluso yo entiendo contrario a derecho, porque los convenios son fuente de Derecho laboral, por lo que hay que respetarlos). Lo que pasa es que se apoyan en cláusulas contractuales para solicitar esa formación (es decir, por contrato, donde se pueden pedir muchas cosas), y el afectado muchas veces se queda sin recursos para contraargumentar si quiere trabajar.

    e) Entonces… ¿me confirmas que el convenio de la construcción no me aplica para nada, ya que pertenezco a otro sector, aunque entre en obra?

    Ehhhhh…no. Y aquí está el lío: el convenio de la construcción tiene un apartado donde regula las condiciones de seguridad mínimas que tiene que haber en una obra, y que todo el mundo (sea del sector que sea), debe cumplir: cómo se deben montar los andamios, el estado de las máquinas, instalaciones de alimentación eléctrica, etc. Casi todo es un corta y pega de lo que ya se regulaba en normativa superior (R.D. de construcción).

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

    #434787 Agradecimientos: 0
    Rulo_73
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    noviembre 2005

    Iniciado

    Imposible explicarlo mejor, es lo que yo pensaba, ahora a ver, porque estoy en tu punto d).

    Muchas gracias!!!!

    #434788 Agradecimientos: 0
    Sirgudlab
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    188
    noviembre 2007


    Super Gran Maestro

    @preven_empresas wrote:

    Imposible explicarlo mejor, es lo que yo pensaba, ahora a ver, porque estoy en tu punto d)

    Hola otra vez.

    En ese caso (punto d) te recomiendo razonar con la otra parte, porque a veces hay suerte y resulta que se estaba aplicando un procedimiento “por defecto”, sin atender al sector (por comodidad del que hace la gestión en obra) y acaban reculando.

    Creo que ya lo he comentado en alguna vez, pero hace tiempo le pasó a un cliente transportista que fue subcontratado para una obra de ADIF (solo entraba a descargar unas piezas a montar y se iba). Le pedían formación de 20 h del convenio de la construcción. La empresa cliente acudió a nosotros, le explicamos bien el tema y ella a su vez se lo transmitió al técnico de la empresa contratista. Al final les dieron de paso con la formación específica para el trasporte por carretera que tenían. Los milagros ocurren.

    Si se cierran en banda y quieres optar al trabajo, tranquilo, pues las entidades homologadas para impartir dicha formación gu$to$amente permiten la inscripción de empresas ajenas al sector para la realización de los cursos de la construcción (tienen un apartado para “Otros”, para “autónomos”,… en fin). Si quieres obtener dicha formación no importa qué, o simplemente porque no quieres andar discutiendo, saca billetes y un luminoso arcoíris de posibilidades se abrirá ante ti.

    Saludos.

    Cada vez que das las "gracias" pones la sonrisa en la cara de un niño. En la mía, vaya. No seas rata con los agradecimientos.

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