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  • #73545 Agradecimientos: 0
    Carlos Garcia
    Participante
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    abril 2016


    Tengo una duda… Trabajo de mantenimiento realizando el mantenimiento de sucursales bancarias por toda Cataluña pero en mi contrato me pone que mi centro de trabajo está en Barcelona y mi duda es si tengo un accidente en Gerona por ejemplo tendría algún problema??

    #434707 Agradecimientos: 0
    Aredhil
    Participante
    163
    2
    julio 2010


    Maestro

    Pues claro que sí. En el caso de que tuvieras un accidente de trabajo durante la realización de trabajos fuera de tu centro se considera un accidente en misión que es totalmente equivalente a un accidente en tu centro de trabajo. Sólo hace falta que la empresa reconozca ante la mutua que estabas realizando tareas encargadas por ellos. Simplemente en los contratos es imposible definir todos los centros de trabajo a los que vas a acudir.
    Incluso tienen esa consideración aquellas tareas extraordinarias fuera del centro de trabajo que te encarguen, por ejemplo acudir a una feria del sector como representación de la empresa en la que trabajas.

    Un saludo.

    #434706 Agradecimientos: 0
    caniche
    Participante
    16
    6
    septiembre 2002

    Iniciado

    Considerado accidente de trabajo 100%.

    #434708 Agradecimientos: 0
    Quierogalletas
    Participante
    70
    66
    enero 2013


    Experto

    Hola,

    Sería accidente de trabajo salvo que se demuestre lo contrario. Te podría resultar interesante llevar siempre en el vehículo una relación de los centros asistenciales de tu mutua más cercanos a los sitios de trabajo por los que te mueves, así como el teléfono de contacto en caso de emergencias (ante una emergencia de vida o muerte se recomienda siempre llamar al 112 independientemente de la situación).

    Si quieres un respaldo legal, el art. 115 de la Ley General de la Seguridad Social:

    1. Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que
    ejecute por cuenta ajena.

    2. Tendrán la consideración de accidentes de trabajo: […]
    c) Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el
    trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.[…]

    3. Se presumirá, salvo prueba en contrario, que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante
    el tiempo y en el lugar del trabajo.

    Saludos!

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