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  • #73397 Agradecimientos: 0
    Fco Javier Montes Fdez
    Participante
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    6
    noviembre 2015

    Iniciado

    Hola buenas tardes,

    Escribo desde el departameto de SPP de mi empresa y nos ha surgido una duda, que es:
    Un trabajador (mantenimiento, produción,…) en zona clasificada como Atex, a parte de la formación e información de los riesgos y medidas preventivas en zonas Atex y de un procedimiento de trabajo seguro,

    1)¿Requiere algún tipo de cualificación específica de zonas Atex? Me parece algo redundante pero prefiero ser precavido (en eso consiste la prevención en esencia).

    2)¿Debería cumplir con algún requisito psicotécnico o físico? Es que ví que para espacios confinados se recomienda que los trabajadores sean menores de 50 años, y que debian cumplir una serie de requisitos.

    Después de dar varias vueltas por Reales Decretos, NTP, UNE y demás no consigo salir de dudas, espero puedan ayudarme.

    Gracias,

    #433954 Agradecimientos: 1
    De locos
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    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    No existen “trabajadores ATEX”. No existen ningún tipo de cualificación oficial para trabajadores que desarrollen trabajos en zonas clasificadas.
    Hay programas formativos más o menos reconocidos para responsables u operadores de mantenimiento de instalaciones ATEX, pero no es nada oficial, independientemente de que determinadas empresas lo puedan requerir para trabajar en dichos entornos.

    En cuanto al tema de la aptitud psicofísica, y a expensas de mejores criterios de nuestros foreros médicos, tampoco conozco protocolos específicos de reconocimiento médico para trabajos en entornos ATEX.
    Las zonas clasificadas ATEX no tienen ninguna característica específica que requiera una determinada condición psicofísica, no tienen por qué ser espacios confinados y existen zonas clasificadas de muy diversa índole; salvo que quieras trabajadores especialmente resistentes a los efectos de una explosión (esto último es broma).

    #433952 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola.

    Para trabajo en ATEX lo primero es tener correctamente evaluada la situación, con su DPCE donde tener clasificadas las zonas y valoradas las medidas preventivas y de protección a adoptar. Entiendo que eso ya está en marcha.

    Respecto del tema aptitud psicofísica, mi opinión: elige bien. La razón es sencilla, yo elegiría a personas con experiencia y cuidado con este tipo de trabajos, escrupulosos con las normas y procedimientos, así como gente formada.

    Respecto de los criterios de aptitud psicológica, he hecho valoraciones de todo tipo, en ocasiones nos han pedido evaluar alguna situación similar, para lo que hemos realizado una pequeña entrevista a las personas que la empresa entendía mejor preparadas. Y, la verdad, eligieron con muy buen ojo, por lo que te digo que tampoco necesitas mucho más.

    Otra cosa es la edad… no hay requisito, salvo la de que no puedes emplear a menores de edad. Y yo, particularmente, no dudaría en elegir a alguien que tenga más de 50 años. No seguiré esa tendencia a pensar que gente así no puede hacerlo bien o mejor que gente más joven.

    Si no hay limitaciones para su puesto de trabajo y es médicamente apto, adelante.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #433953 Agradecimientos: 1
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Se me olvidó comentar que el RD614/2001 establece que los trabajos eléctricos que se realicen en atmósferas clasificadas, serán realizados por trabajadores autorizados, y los realizados en atmósferas explosivas por trabajadores cualificados.
    En el primer caso, no se requiere ninguna formación específica ni titulación, sino que el trabajador sea conocedor de los riesgos y las precauciones a tener en cuenta y que además esté autorizado por el empresario.
    En el segundo caso, la cuestión es más peliaguda porque se habla no de trabajos en atmósferas potencialmente explosivas, sino directamente de atmósferas explosivas. Estos son trabajos muy especializados, pero igualmente no requieren de ninguna titulación específica, salvo la propiamente eléctrica, profesional o universitaria.

    #433951 Agradecimientos: 0
    Fco Javier Montes Fdez
    Participante
    1
    6
    noviembre 2015

    Iniciado

    Buenos días,

    En primer lugar agradecer vuestro asesoramiento, pues habeís despejado mis dudas acerca de este tema.

    Puntualizar que respecto a la edad de 50 años, lo leí en la NTP 223 Trabajos en espacios confinados:
    “Para estos trabajos debe elegirse personal apropiado que no sea claustrofóbico, ni temerario, con buenas condiciones físicas y mentales y, preferiblemente, menores de 50 años.”

    No pretendo discriminar por razones de edad, ya que contamos con muy buenos profesionales y muy experimentados, simplemente que nuestros trabajadores realicen sus labores en las mejores condiciones posibles interpretando y basandome en la normativa.

    Una vez más gracias y tengan buen día,
    Saludos

    #433955 Agradecimientos: 0
    Fco Javier Montes Fdez
    Participante
    1
    6
    noviembre 2015

    Iniciado

    @De locos wrote:

    Se me olvidó comentar que el RD614/2001 establece que los trabajos eléctricos que se realicen en atmósferas clasificadas, serán realizados por trabajadores autorizados, y los realizados en atmósferas explosivas por trabajadores cualificados.
    En el primer caso, no se requiere ninguna formación específica ni titulación, sino que el trabajador sea conocedor de los riesgos y las precauciones a tener en cuenta y que además esté autorizado por el empresario.
    En el segundo caso, la cuestión es más peliaguda porque se habla, no de trabajos en atmósferas potencialmente explosivas, sino directamente de atmósferas explosivas. Estos son trabajos muy especializados, pero igualmente no requieren de ninguna titulación específica, salvo la propiamente eléctrica, profesional o universitaria.

    Ahí estaba mi duda, puesto que en nuestro DPCE tenemos denominadas 3 zonas atex: “calderas, sistema de refrigeración con NH3 y recarga de baterías”.

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