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  • #73237 Agradecimientos: 0
    JC_
    Participante
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    junio 2013


    Ya hace mucho que no escribía en este foro (que tanto me gusta) con alguna duda para que me echéis una mano.

    La cuestión es la siguiente. En estos momentos estoy trabajando en una fábrica, como técnico de Prevención (entre otras miles de cosas) en la que se está poniendo todo en marcha para comenzar la fabricación. Para ello hay una empresa que está instalando unas cabinas de pintura, otra empresa colocando el sistema de protección contra incendios, dos albañiles para construcción de caseta y trabajos varios y los trabajadores de la empresa en la que yo trabajo. Un movimiento de gente que te cagas.

    Mi jefe ha contratado a una persona para que sea el Coordinador de SyS en la obra y la duda que tengo es que puesto que las empresas están realizando trabajos en nuestras instalaciones y existe la figura del CSS, ¿como técnico de prevención de la empresa tengo que controlar que los procedimientos de trabajo (de todas las empresas) son los adecuados (EPIs, máquinas empleadas, soldadura, etc..) o por el contrario debe ocuparse exclusivamente el Coordinador? ¿dónde empiezan sus tareas y las mías dado que es una obra dentro de las instalaciones de la fábrica?

    Gracias de antemano por vuestra ayuda.

    Saludos!!

    #433260 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Ya que el promotor de la obra y el titular de la planta (entiendo que son el mismo) ha decidido que sean dos personas distintas las que asuman esos dos roles, creo que os toca coordinaros; ya que las funciones de coordinación en la obra las lleva él; pero las funciones de coordinación de actividades empresariales en la planta las llevas tú (imagino); incluyendo la coordinación de la actividad productiva con eso extraño que os está pasando (obras).
    Un buen jefe habrá delegado funciones bien, es decir, sin solapamientos; de tal forma que si los hubiera, él decidiría.

    #433261 Agradecimientos: 0
    Juancho123
    Participante
    1
    1
    febrero 2009

    Iniciado

    Gracias por tu respuesta De Locos.
    Efectivamente nos hemos coordinado, pero sin mucha ayuda de mi jefe (tengo la impresión de que tiene la idea de que la prevención solo “molesta”)

    Si alguien quiere añadir algo más perfecto!!

    Gracias por vuestra ayuda.

    Saludos.

    #433262 Agradecimientos: 1
    De locos
    Participante
    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Siento no poder decirte mucho más, porque lo idóneo es justamente la coordinación entre vosotros.
    No obstante, recuerda que se podría decir que lo importante es el centro de trabajo fijo, que es donde se hace la obra.
    Por ello, tu función es clara: que la obra no afecte a la seguridad del personal ajeno a la obra. Para ello, supervisa la labor del coordinador, estate en las reuniones de la obra, sin decir ni una palabra, salvo en aquello que pueda afectar a la actividad fija; tratando siempre de acotar lo máximo posible los trabajos de la obra; quiero decir, físicamente.
    Y todo ello trabajando, no en lo del día, sino como mínimo a 4 días vista.
    Cualquier referencia sobre la obra, siempre a través del CSS, nunca directamente con el/los contratista/s.

    #433263 Agradecimientos: 0
    Juancho123
    Participante
    1
    1
    febrero 2009

    Iniciado

    Gracias De Locos por las aportaciones que has hecho.
    tendré en cuenta lo que me dices.

    Sl2,

    #433264 Agradecimientos: 1
    L-mento
    Participante
    1
    0
    agosto 2010

    Iniciado

    Hola.
    De acuerdo con Delocos.
    Te paso el que creo es el único texto razonado que trata el tema en: las Directrices básicas para la integracion de la PRL:

    “7. En aquellas obras que se ejecuten en un centro de trabajo “activo” (ver punto 13 del apartado 4),
    el coordinador de SSE promoverá la interlocución entre las empresas presentes en la obra y el
    empresario titular del correspondiente centro de trabajo “activo”. Podría presentarse una situación
    en la que coexistan un coordinador de SSE designado por el promotor para la obra de construcción
    (3 RDC/GC) y una persona encargada de la coordinación de las actividades preventivas
    nombrada para determinados trabajos que se efectúen en el mencionado centro de trabajo “activo”
    (13 RD 171/2004). En esta circunstancia, ambas figuras deberán coordinarse en el ámbito de sus
    respectivas competencias.”

    Estas recomendaciones no son de obligado cumplimiento pero si para tener en cuenta.

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