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  • #73196 Agradecimientos: 0
    Raymond10
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    julio 2001


    Experto

    Buenas.

    Os dejo el link sobre un post escrito relativo a la seguridad y salud en trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de construcciones, un tema que creo debemos abordar y debatir, pues nos genera muchos quebraderos de cabeza. Esta es la parte 1 de 5 que se van a publicar, donde se intentará abordar diferentes tipos de medidas preventivas.

    Saludos.

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    #433079 Agradecimientos: 2
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Me parece un tema que, una vez más, ha sido dejado de la mano de dios por las autoridades competentes, dado que no saben de lo que hablan ( por eso no hablan); y me parece que es muy acertado generar un debate al respecto; porque tienes razón en que es un asunto comúnmente obviado en la gestión de un proyecto de obra.

    1. Hay sin embargo, un párrafo con el que no estoy de acuerdo:
    Obviamente en estas situaciones el empresario de esos trabajadores tiene la responsabilidad de garantizar que realizan estos trabajos seguros, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Pero recordamos que también el empresario titular del centro de trabajo podrá tener una responsabilidad por no haberse aportado la información e incluso garantizado un entorno de trabajo seguro. Habrá que analizar cada caso particular si se produjese un accidente de trabajo.”

    Es deber del titular del centro de trabajo aportar la información necesaria a la empresa contratada para hacer esos trabajos; pero no sé por qué tiene obligación de garantizarles un entorno seguro de trabajo; creo que eso es extender equivocadamente su responsabilidad.

    El titular del centro no tiene obligación de que, por ejemplo, el acceso a la cubierta de un edificio sea segura. Sí tendrá obligación de informar a la empresa contratada de aquellos aspectos que no sean obvios.
    Así por ejemplo, debería informar (y por tanto tener previamente ese conocimiento) sobre aspectos constructivos que no sean obvios, ni fácilmente comprobables (resistencias particularmente bajas de forjados, estructuras de posicionamiento que no tienen resistencia más que para aguantarse a sí misma, etc.); pero no de que hay riesgo de caída por subirse al tejado, y por supuesto, no tiene obligación de tener escalas, lineas de vida, etc., para acceder, si él mismo no lo hace con su personal o con empresas contratadas bajo su supervisión.

    Más aún, si el titular del centro fue, en su momento, promotor de la obra de ejecución de sus instalaciones y edificaciones, podríamos peinarnos con mucho cuidado, y decir que, habiendo sido promotor de la obra, sus obligaciones respecto de la vigilancia de los contenidos del ESS y de las medidas tomadas en la construcción están ahí; y que esa información no obvia o determinadas medidas de control, debiera haberlas conocido o implantado.
    Pero ocurre a menudo que el titular del centro de trabajo no fue el promotor de sus instalaciones, que fueron encargadas por otras entidades jurídicas (edificios y naves industriales alquiladas o compradas a otros, etc.). En este caso, no hay caso y el titular del centro ni debe ni pudo conocer determinadas informaciones, que se quedaron en el hacer de los que participaron en la obra, o en planos que no tiene.

    Es, como siempre ha sido, responsabilidad de la empresa que acomete los trabajos de mantenimiento, prever situaciones no claras a priori, adoptando medidas de control de esos riesgos.
    En ello, el titular del centro de trabajo tendrá poca o ninguna responsabilidad, máxime cuando dichos trabajos serán normalmente ajenos a la actividad propia del titular (con todos los “peros” que nos da la -una vez más- actual inseguridad jurídica respecto de ese tema).

    2. Por otra parte, hay un aspecto que (no sé si lo tratarás en posteriores artículos) me preocupa por mi desarrollo profesional en el ámbito industrial: Los trabajos de reparación y mantenimiento de instalaciones industriales no tienen por qué considerarse como “obra de construcción”. No solo es mi opinión, sino que ya he oído a algún fiscal y algún inspector de trabajo decir -acertadamente a mi juicio- que una parada técnica programada de una planta industrial no puede considerarse como obra de construcción, aunque los trabajos sean peligrosos y haya muchos trabajadores involucrados. Así por ejemplo, para estos casos no sería necesario el nombramiento de coordinador de seguridad o libros de subcontratación, como equivocadamente y tirando por alto, han pretendido determinadas grandes empresas, para curarse en salud, y digámoslo también, para disponer de una figura externa (CSS contratado) sobre la que hace recaer el posible marrón penal.
    Bajo esta premisa (discutible, como no), dichos trabajos se gestionarían conforme a la correspondiente evaluación de riesgos de ese centro de trabajo y las evaluaciones de riesgo de los trabajos que puedan contratarse, y no en base al trabajo emanado de la promoción de la obra de construcción de esa planta.
    Cuestión distinta es que, en estos casos en los que el titular sí suele ser el promotor, éste haga bien en negociar -por ejemplo, en un llave en mano- qué instalaciones o medidas quedan dispuestas “de serie” para futuros trabajos de mantenimiento ordinario o esporádico de sus instalaciones.
    De otra manera, al final todo el que se mueva en este país y coja una herramienta quedaría automáticamente incluido en el ámbito de la construcción, lo que no parece lógico.

    #433080 Agradecimientos: 1
    Raymond10
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    31
    julio 2001


    Experto

    @De locos wrote:

    Me parece un tema que, una vez más, ha sido dejado de la mano de dios por las autoridades competentes, dado que no saben de lo que hablan ( por eso no hablan); y me parece que es muy acertado generar un debate al respecto; porque tienes razón en que es un asunto comúnmente obviado en la gestión de un proyecto de obra.

    1. Hay sin embargo, un párrafo con el que no estoy de acuerdo:
    Obviamente en estas situaciones el empresario de esos trabajadores tiene la responsabilidad de garantizar que realizan estos trabajos seguros, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Pero recordamos que también el empresario titular del centro de trabajo podrá tener una responsabilidad por no haberse aportado la información e incluso garantizado un entorno de trabajo seguro. Habrá que analizar cada caso particular si se produjese un accidente de trabajo.”

    Es deber del titular del centro de trabajo aportar la información necesaria a la empresa contratada para hacer esos trabajos; pero no sé por qué tiene obligación de garantizarles un entorno seguro de trabajo; creo que eso es extender equivocadamente su responsabilidad.

    El titular del centro no tiene obligación de que, por ejemplo, el acceso a la cubierta de un edificio sea segura. Sí tendrá obligación de informar a la empresa contratada de aquellos aspectos que no sean obvios.
    Así por ejemplo, debería informar (y por tanto tener previamente ese conocimiento) sobre aspectos constructivos que no sean obvios, ni fácilmente comprobables (resistencias particularmente bajas de forjados, estructuras de posicionamiento que no tienen resistencia más que para aguantarse a sí misma, etc.); pero no de que hay riesgo de caída por subirse al tejado, y por supuesto, no tiene obligación de tener escalas, lineas de vida, etc., para acceder, si él mismo no lo hace con su personal o con empresas contratadas bajo su supervisión.

    Más aún, si el titular del centro fue, en su momento, promotor de la obra de ejecución de sus instalaciones y edificaciones, podríamos peinarnos con mucho cuidado, y decir que, habiendo sido promotor de la obra, sus obligaciones respecto de la vigilancia de los contenidos del ESS y de las medidas tomadas en la construcción están ahí; y que esa información no obvia o determinadas medidas de control, debiera haberlas conocido o implantado.
    Pero ocurre a menudo que el titular del centro de trabajo no fue el promotor de sus instalaciones, que fueron encargadas por otras entidades jurídicas (edificios y naves industriales alquiladas o compradas a otros, etc.). En este caso, no hay caso y el titular del centro ni debe ni pudo conocer determinadas informaciones, que se quedaron en el hacer de los que participaron en la obra, o en planos que no tiene.

    Es, como siempre ha sido, responsabilidad de la empresa que acomete los trabajos de mantenimiento, prever situaciones no claras a priori, adoptando medidas de control de esos riesgos.
    En ello, el titular del centro de trabajo tendrá poca o ninguna responsabilidad, máxime cuando dichos trabajos serán normalmente ajenos a la actividad propia del titular (con todos los “peros” que nos da la -una vez más- actual inseguridad jurídica respecto de ese tema).

    2. Por otra parte, hay un aspecto que (no sé si lo tratarás en posteriores artículos) me preocupa por mi desarrollo profesional en el ámbito industrial: Los trabajos de reparación y mantenimiento de instalaciones industriales no tienen por qué considerarse como “obra de construcción”. No solo es mi opinión, sino que ya he oído a algún fiscal y algún inspector de trabajo decir -acertadamente a mi juicio- que una parada técnica programada de una planta industrial no puede considerarse como obra de construcción, aunque los trabajos sean peligrosos y haya muchos trabajadores involucrados. Así por ejemplo, para estos casos no sería necesario el nombramiento de coordinador de seguridad o libros de subcontratación, como equivocadamente y tirando por alto, han pretendido determinadas grandes empresas, para curarse en salud, y digámoslo también, para disponer de una figura externa (CSS contratado) sobre la que hace recaer el posible marrón penal.
    Bajo esta premisa (discutible, como no), dichos trabajos se gestionarían conforme a la correspondiente evaluación de riesgos de ese centro de trabajo y las evaluaciones de riesgo de los trabajos que puedan contratarse, y no en base al trabajo emanado de la promoción de la obra de construcción de esa planta.
    Cuestión distinta es que, en estos casos en los que el titular sí suele ser el promotor, éste haga bien en negociar -por ejemplo, en un llave en mano- qué instalaciones o medidas quedan dispuestas “de serie” para futuros trabajos de mantenimiento ordinario o esporádico de sus instalaciones.
    De otra manera, al final todo el que se mueva en este país y coja una herramienta quedaría automáticamente incluido en el ámbito de la construcción, lo que no parece lógico.

    Buenas De locos.

    Ya veo que no te hace falta tener un blog. Tu ya hacer tus post aquí 😉

    Respecto a la primera cuestión, estoy de acuerdo contigo en algunos aspectos, pero no en otros. Partiendo de la base de que la mayoría de accidentes se producen porque no hay en los centros de trabajo una previsión para el acceso y trabajo seguro en ciertas zonas, y la dificultad para poder implantar medidas preventivas adecuadas está a la orden del día, la realidad es que nos encontramos con un montón de situaciones de riesgo. Qué duda cabe que el empresario del trabajador que sube ahí es el primer responsable, pero la realidad es que si esos centros de trabajo tuviesen previstas medidas preventivas de inicio, los riesgos estarían eliminados y evitaríamos un montón de problemas y de improvisaciones posteriores. Y esto es independiente de que el titular del centro de trabajo haya sido o no el promotor de su centro de trabajo. Si hay que realizarlo a posteriori habrá que hacerlo. Hay que concienciar a los titulares a que instalen sistemas para facilitar estos trabajos. Insisto, es responsabilidad del empresario, pero te aseguro que si intervengo como perito de parte en un juicio por un accidente en el que el centro de trabajo no tenía ninguna previsión al respecto, lo haría reflejar y destacaría que el titular del centro de trabajo ha contratado a una empresa a realizar un trabajo donde no había ningún tipo de previsión de acceso, no se podrían instalar puntos de anclaje (situaciones que como sabes las hay, etc.). Insisto, es más una cuestión de cultura y de educación preventiva hacia el titular, labor que por desgracia nos toca a los técnicos de prevención, pues los demás como que pasan del asunto.

    Respecto a tu segunda cuestión, creo que en ningún momento planteo los trabajos de mantenimiento como obras. Simplemente digo que es conveniente adoptar medidas durante la construcción de los edificios, y así lo reflejaré en los siguiente post. Pero yo no hablo de obras, ni de coordinadores de seguridad, etc. Ahora bien, no olvidemos que el R.D. 171/04 establece la obligación de coordinación y la figura incluso del coordinador de actividades preventivas, coordinador que por cierto no nombro en los post; eso será para otra. Por tanto, a mi me da igual que sea obra o no. incluso en pequeñas reparaciones serán obras sin proyecto, por lo que ni siquiera hará falta plan de seguridad, aunque en este caso si coordinador de seguridad si interviene más de una empresa.

    De todas formas, hemos debatido mucho sobre los procedimientos de trabajo. A mí sinceramente las evaluaciones de riesgos de las empresas en este tipo de trabajos me dan bastante igual. Lo importante es la planificación previa y la redacción de procedimientos operativos donde se diga de forma clara y concisa lo que se va a hacer y de qué manera.

    Un saludo.

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    #433081 Agradecimientos: 1
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    Ja, ja. Bastante hago con seguir este foro. Si no fuera porque me lo tomo como tiempo de formación y autoexamen por el buen nivel de algunos foreros habituales, ni lo miraría; con lo que como para abrir un blog …

    “Si hay que realizarlo a posteriori habrá que hacerlo. Hay que concienciar a los titulares”.
    Esta frase incluida en tu respuesta, encierra un objetivo deseable, más propio de un político que de un técnico (no es un reproche, lo digo por cómo ha quedado).
    Lo que quiero decir, es que eso está muy bien; pero solo si al final conseguirmos concienciar a los empresarios, sin que ninguno sea responsabilizado de algo que no es suyo.
    Es algo parecido a la discriminación positiva en temas de igualdad. Independientemente de que me parezca una falta de respeto a las mujeres, estoy en contra porque para conseguir un bien indudable, se daña a quien no tiene culpa (un hombre que presentó su candidatura, pensando que competía en condiciones de igualdad).
    Pues en este caso ocurriría lo mismo, no admito que, con el loable objetivo de que todo vaya bien, se cargue a las espaldas de una empresa responsabilidades que no son suyas (condiciones de acceso a una cubierta). Que se conciencie el que viene a hacerlo.
    ¿Cuál es el peligro de utilizar esa forma de concienciar? que al final el empresariado (y lo habrás oído decir) pensará que no merece la pena mejorar en seguridad porque, al fin y al cabo, te van a empaquetar igual.

    #433082 Agradecimientos: 1
    Raymond10
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    31
    julio 2001


    Experto

    @De locos wrote:

    Ja, ja. Bastante hago con seguir este foro. Si no fuera porque me lo tomo como tiempo de formación y autoexamen por el buen nivel de algunos foreros habituales, ni lo miraría; con lo que como para abrir un blog …

    “Si hay que realizarlo a posteriori habrá que hacerlo. Hay que concienciar a los titulares”.
    Esta frase incluida en tu respuesta, encierra un objetivo deseable, más propio de un político que de un técnico (no es un reproche, lo digo por cómo ha quedado).
    Lo que quiero decir, es que eso está muy bien; pero solo si al final conseguirmos concienciar a los empresarios, sin que ninguno sea responsabilizado de algo que no es suyo.
    Es algo parecido a la discriminación positiva en temas de igualdad. Independientemente de que me parezca una falta de respeto a las mujeres, estoy en contra porque para conseguir un bien indudable, se daña a quien no tiene culpa (un hombre que presentó su candidatura, pensando que competía en condiciones de igualdad).
    Pues en este caso ocurriría lo mismo, no admito que, con el loable objetivo de que todo vaya bien, se cargue a las espaldas de una empresa responsabilidades que no son suyas (condiciones de acceso a una cubierta). Que se conciencie el que viene a hacerlo.
    ¿Cuál es el peligro de utilizar esa forma de concienciar? que al final el empresariado (y lo habrás oído decir) pensará que no merece la pena mejorar en seguridad porque, al fin y al cabo, te van a empaquetar igual.

    Bueno, creo que al final hablamos más o menos de lo mismo. Yo me reafirmo en lo que te digo. Habrá que estudiar cada caso particular. En mi cuarto post verás unos ejemplos de procedimientos de acceso de una universidad española, que incluso los tiene subidos a su web, de como se tienen que hacer las cosas. Ya se empiezan a ver cosas chulas. Por ahí hay que ir

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    #433083 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Buenos días. Me meto en medio de la conversación para comentar algunas cosas basadas en un caso que tuve hace varios años.

    Fuimos promotores – constructores – explotadores de un edificio de oficinas de alquiler.

    Para presentar el proyecto de obra en Madrid, año 2000, el colegio de arquitectos no exigía tener en cuenta estos trabajos una vez terminada la obra y por ello en el ESS no exigían que estuviera. Eso cambió, creo recordar, allá por el 2004, donde nos empezaron a tirar para atrás ESS que no contemplaran estos trabajos, editándose por aquel entonces una guía orientativa.

    Se dio la circunstancia de que el edificio de oficinas no tenía previstos los medios para limpiar con seguridad las ventanas por fuera. Éstas eran practicables en los extremos de una línea de ventanas, con dos segmentos fijos en el centro. El operario usaba el propio marco de la ventana como “punto de amarre” para el arnés (con 20 m de cuerda para dos plantas de caída)

    Nosotros como promotores, constructores y empresa titular tuvimos que exigir a la empresa de limpieza medios adecuados para proteger los trabajos. Como bien habéis dicho, procedimientos de trabajo, con normas de actuación segura claras y vigilancia de su cumplimiento.

    Creo que fue algo positivo, ya que a partir de ahí empezaron a pedirnos opinión sobre cosas que se podrían mejorar en los edificios que construimos, sobre todo pensando para el que fuera a utilizarlo.

    A día de hoy se mantiene una campaña en marcha a este respecto en Madrid:

    Saludos y gracias por la información y tan estupendo debate.

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    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #433084 Agradecimientos: 0
    De locos
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    962
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Buenos días. Me meto en medio de la conversación para comentar algunas cosas basadas en un caso que tuve hace varios años.

    Fuimos promotores – constructores – explotadores de un edificio de oficinas de alquiler.

    Para presentar el proyecto de obra en Madrid, año 2000, el colegio de arquitectos no exigía tener en cuenta estos trabajos una vez terminada la obra y por ello en el ESS no exigían que estuviera. Eso cambió, creo recordar, allá por el 2004, donde nos empezaron a tirar para atrás ESS que no contemplaran estos trabajos, editándose por aquel entonces una guía orientativa.

    Se dio la circunstancia de que el edificio de oficinas no tenía previstos los medios para limpiar con seguridad las ventanas por fuera. Éstas eran practicables en los extremos de una línea de ventanas, con dos segmentos fijos en el centro. El operario usaba el propio marco de la ventana como “punto de amarre” para el arnés (con 20 m de cuerda para dos plantas de caída)

    Nosotros como promotores, constructores y empresa titular tuvimos que exigir a la empresa de limpieza medios adecuados para proteger los trabajos. Como bien habéis dicho, procedimientos de trabajo, con normas de actuación segura claras y vigilancia de su cumplimiento.

    Creo que fue algo positivo, ya que a partir de ahí empezaron a pedirnos opinión sobre cosas que se podrían mejorar en los edificios que construimos, sobre todo pensando para el que fuera a utilizarlo.

    A día de hoy se mantiene una campaña en marcha a este respecto en Madrid:

    Saludos y gracias por la información y tan estupendo debate.

    Buena campaña. Dependiendo de cómo la ejecuten realmente; me parece una idea para exportar. Hace mucho que no veía una idea productiva en los institutos regionales de prevención.

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    #433085 Agradecimientos: 2
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    #433086 Agradecimientos: 2
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    Buenas.

    Cuarta entrega de seguridad en los trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de construcciones. En esta ocasión contemplamos la utilización de equipos de protección individual. Lo podéis ver en:

    Espero os guste.

    Saludos.

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    #433078 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Muchas gracias, como siempre, Raymond.

    Veo dos cosas en las fotos que me llaman la atención.

    – La primera es el dispositivo de anclaje en muros, que desconocía. Supongo que será para muros con ciertas condiciones, ¿verdad? Supongo que en caso de caída, es preciso que pueda soportar el esfuerzo al que será sometido. Un muro de ladrillo, ¿Aguantaría? He visto petos parecidos caerse ante un golpe fuerte.

    – Me llama poderosamente la atención el carril para instalar en invernaderos… nos da un factor de caída de 2, al estar el punto de anclaje a nivel de los pies del operario. El efecto péndulo que nos puede salir es bastante llamativo. Aparte de que el carril deja encajonados los pies para realizar alguna adaptación ante un desequilibrio… condiciona mucho el centro de gravedad lateralmente. Creo que sería más operativo el poner una chapa más plana que al menos permita abrir un poco el ángulo de los pies y que no vayan en línea recta como los de un funambulista.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
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    #433087 Agradecimientos: 1
    Raymond10
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    64
    31
    julio 2001


    Experto

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Muchas gracias, como siempre, Raymond.

    Veo dos cosas en las fotos que me llaman la atención.

    – La primera es el dispositivo de anclaje en muros, que desconocía. Supongo que será para muros con ciertas condiciones, ¿verdad? Supongo que en caso de caída, es preciso que pueda soportar el esfuerzo al que será sometido. Un muro de ladrillo, ¿Aguantaría? He visto petos parecidos caerse ante un golpe fuerte.

    – Me llama poderosamente la atención el carril para instalar en invernaderos… nos da un factor de caída de 2, al estar el punto de anclaje a nivel de los pies del operario. El efecto péndulo que nos puede salir es bastante llamativo. Aparte de que el carril deja encajonados los pies para realizar alguna adaptación ante un desequilibrio… condiciona mucho el centro de gravedad lateralmente. Creo que sería más operativo el poner una chapa más plana que al menos permita abrir un poco el ángulo de los pies y que no vayan en línea recta como los de un funambulista.

    Saludos

    Hola Aitor. Gracias por tus comentarios.

    Por partes. Respecto a la primera idea, como se aprecia en las fotos es un anclaje para muro, que evidentemente funciona muy bien. Pero como bien sabes, cada caso será susceptible de ser analizado. El fabricante o distribuidos del sistema (punto de anclaje, línea anclaje, etc.), en cada caso particular nos tendrá que indicar en su manual de instrucciones si los sistemas sirven o no para el destino que pretende darse. Mucho se ha insistido en que no todo vale para todo.

    Respecto a la segunda cuestión, lo primero que me gustaría que tuvieses en cuenta que lo que pretendo con estos post es que los técnicos entendamos que ya hay solución para casi todo, que en el mercado se están haciendo muchas cosas interesantes y que es bueno conocer ideas. Luego las ideas nos gustarán más o menos, las podremos utilizar y/o recomendar o no, pero es bueno que hay posibilidades. Lo que comentas en la protección de invernaderos, quitando la utilización de plataformas de trabajo, que son posibles solo en algunos tipos de invernaderos y en trabajos concretos, la utilización de esas líneas de anclaje ya es más de lo que nadie ha hecho. Luego seguro será mejorable, se podrá elevar el anclaje para diminuir el factor de caída (difícil, pues es un tema nada sencillo), etc. Simplemente lo que pretendo es mostrar ideas y ejemplos de cosas que se están haciendo. Nuestra misión como técnicos seguramente será mejorar esos sistemas, y para eso tenemos que contar con los fabricantes y también con los instaladores de esos sistemas.
    Un saludo.

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    #433088 Agradecimientos: 1
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Sin duda que el sentido general y la intención están claros y por eso te estoy muy agradecido, Ramón.

    Pero valgan desde aquí los comentarios como forma de dar también la idea general de que los EPIS deben ser estudiados a fondo, ya que veo mucho técnico que “receta” EPIs en algunas condiciones donde se genera casi más peligro con el EPI que en el trabajo.

    El caso es que pensamos lo mismo: no todo vale para todo, por eso hay que analizar cada caso concreto y por eso está bien saber con qué soluciones contamos en el mercado. Gracias a ti, hoy me voy a casa sabiendo un poco más, lo cual te agradezco sinceramente y de corazón.

    Un abrazo

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
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    #433089 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
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    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    @Raymond10 wrote:

    Hola Aitor. Gracias por tus comentarios. […] .

    La gracias con el botoncito, please, que tengo curiosidad por saber qué pasará cuando llegue a los “500”agradecimientos… te prometo que si me cae un jamón te enviaré la parte proporcional (por tus agradecimientos dados) allí donde me digas!!!!

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    #433090 Agradecimientos: 0
    De locos
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    diciembre 2003


    Sabio

    @Raymond10 wrote:

    Buenas.

    Cuarta entrega de seguridad en los trabajos de mantenimiento, conservación y reparación de construcciones. En esta ocasión contemplamos la utilización de equipos de protección individual. Lo podéis ver en:

    Espero os guste.

    Saludos.

    Buenísimos ejemplos de empresas punteras y reconocidas en el sector.
    No obstante, me gustaría insistir en el ámbito de la responsabilidad: Estos casos, que muchos de ellos pueden darse perfectamente en comunidades de propietarios de viviendas, suponen en la mayoría de los casos un desembolso (estudio+material+montaje) que probablemente no baje de los 1000 euros, y que se acercará más seguramente a los 2500-3000 euros, llegando a los 6000 euros en los casos más complejos (yo tengo uno montado que costó 30000 euros, aunque lógicamente lo pagó la empresa a la que se contrató la edificación).
    Pensemos por un momento, si nos plantean una derrama de 3000-6000 euros, para que alguien acceda a no sé qué sitio una vez cada 3 años. Mi respuesta sería muy clara: que se le enseñe el sitio y que presupueste cuánto cobra por acceder allí y haga lo que tenga que hacer; es su responsabilidad y no la mía, proteger a sus trabajadores.

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    #433091 Agradecimientos: 0
    Raymond10
    Participante
    64
    31
    julio 2001


    Experto

    @Aitor- TSPRL wrote:

    Sin duda que el sentido general y la intención están claros y por eso te estoy muy agradecido, Ramón.

    Pero valgan desde aquí los comentarios como forma de dar también la idea general de que los EPIS deben ser estudiados a fondo, ya que veo mucho técnico que “receta” EPIs en algunas condiciones donde se genera casi más peligro con el EPI que en el trabajo.

    El caso es que pensamos lo mismo: no todo vale para todo, por eso hay que analizar cada caso concreto y por eso está bien saber con qué soluciones contamos en el mercado. Gracias a ti, hoy me voy a casa sabiendo un poco más, lo cual te agradezco sinceramente y de corazón.

    Un abrazo

    Absolutamente de acuerdo contigo. Lo bueno de todo esto es que todos nos enriquecemos.

    Difundir es prevenir.

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