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    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Buenas noches,

    Qué titulaciones oficiales de ingenierías o de FP o CFGS son las que permiten cualificar a un trabajador en virtud del real decreto 614/2001? Todas las de la familia profesional de electricidad y electrónica?

    Saludos, y gracias

    O ren

    #432932 Agradecimientos: 0
    carlosgonzalez
    Participante
    91
    92
    enero 2003


    Experto

    @O_ren_ ishii wrote:

    Buenas noches,

    Qué titulaciones oficiales de ingenierías o de FP o CFGS son las que permiten cualificar a un trabajador en virtud del real decreto 614/2001? Todas las de la familia profesional de electricidad y electrónica?

    Saludos, y gracias

    O ren

    Tras leer tu pregunta, todavia no tengo claro si lo que quieres es saber que titulación tiene que tener un trabajador para poder ser cualificado en RE o lo que te interesa es saber qué titulación tiene que tener el que cualifica al trabajador.

    Veamos, si de lo que se trata es de ser un monitor que imparta la formación del RD 614/01, creo que no hay nada escrito. Entiendo que debe ser un tecnico superior de PRL con la especialidad de Seguridad en el trabajo Y cualquier ingeniería industrial y tener experencia en esta materia.

    Si de lo que se trata es de la formación del trabajador, al menos deberá tener el curso de trabajadores cualificados segun el RD 614/01, que suele ser de 8 horas mas el de Trabajos en Tensión que es de 24 h en BT y mucho mas en cualquiera de los metodos de trabajo en AT. Además de la experiencia necesaria de 2 o más años. Si tiene un FP mejor.

    info arroba aiprevia.com http://www.aiprevia.com

    #432933 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Hola Carlos,
    Gracias por responder.

    Me refiero a la formación acreditada que describe el legislador en el punto 14 del apartado Definiciones del Anexo I del RD 614/2001, cuando define al trabajador cualificado:

    “14. Trabajador cualificado: trabajador autorizado que posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o a su experiencia certificada de dos o más años.”

    Qué titulaciones, profesionales o universitarias, considerais que permiten cualificar a un trabajador.

    Saludos,
    O ren

    #432934 Agradecimientos: 0
    Aitor- TSPRL
    Participante
    472
    211
    agosto 2002


    Super Gran Maestro

    Hola. Yo he visto certificar a personal con experiencia de varios años en mantenimiento eléctrico y general sin formación reglada, sólo con los cursos básicos de PRL que se le daban para su puesto, en los que se incluía PRL ante electricidad. Y no nos pusieron pegas en su día en la auditoría.

    Saludos

    El paso que no das, también deja huella. No se puede abandonar un lugar hasta que se ha llegado al mismo.
    www.prevencionista-por-vocacion.blogspot.com
    https://www.facebook.com/Aitor-Jaen-Psicologia-y-bienestar-321946794513970/

    #432935 Agradecimientos: 0
    De locos
    Participante
    965
    279
    diciembre 2003


    Sabio

    @carlosgonzalez wrote:

    @O_ren_ ishii wrote:

    Buenas noches,

    Qué titulaciones oficiales de ingenierías o de FP o CFGS son las que permiten cualificar a un trabajador en virtud del real decreto 614/2001? Todas las de la familia profesional de electricidad y electrónica?

    Saludos, y gracias

    O ren

    Tras leer tu pregunta, todavia no tengo claro si lo que quieres es saber que titulación tiene que tener un trabajador para poder ser cualificado en RE o lo que te interesa es saber qué titulación tiene que tener el que cualifica al trabajador.

    Veamos, si de lo que se trata es de ser un monitor que imparta la formación del RD 614/01, creo que no hay nada escrito. Entiendo que debe ser un tecnico superior de PRL con la especialidad de Seguridad en el trabajo Y cualquier ingeniería industrial y tener experencia en esta materia.

    Si de lo que se trata es de la formación del trabajador, al menos deberá tener el curso de trabajadores cualificados segun el RD 614/01, que suele ser de 8 horas mas el de Trabajos en Tensión que es de 24 h en BT y mucho mas en cualquiera de los metodos de trabajo en AT. Además de la experiencia necesaria de 2 o más años. Si tiene un FP mejor.

    No sé a qué formación te refieres, pero el RD614/2001 no dice nada de eso, sino que se refiere a titulaciones universitarias o profesionales (FP´s). Lo de la experiencia certificada de 2 años es algo muy concreto para tareas muy concretas en instalaciones concretas: en las que se haya adquirido tal experiencia.

    No sé exactamente a qué se refiere con titulación acreditativa universitaria o profesional; pero obviamente una FP en construcciones metálicas, no te dará esa acreditación.
    Yo creo que se perdió la oportunidad de incluir en el RD127-2014, donde se dice que las titulaciones de FP incluyen la formación PRL de nivel básico, para especificar qué titulaciones podrían referirse a la cualificación eléctrica; pero en cualquier caso, cuando la ley no habla claro, es el empresario el que decide finalmente cómo hacerlo.
    Date cuenta que es el empresario el que finalmente autoriza al trabajador (segunda condición para ser cualificado), por lo que será aquél el que tenga que hacer el “esfuerzo” de comprobar que tiene conocimientos suficientes.

    Creo que debemos acostumbrarnos a que la normativa sobre prevención de riesgos laborales no es ya una normativa de “cumplo con esto y ya estoy dentro de la ley”; sino que la normativa nos obliga a “consigo esto, luego estoy dentro de la ley”. Por lo tanto, el empresario debe buscar conseguir menos o ningún accidente, no cumplir con determinados preceptos.

    En mi opinión, cualquier FP con titulación en electricidad o electrónica, dispondría de conocimientos para poder autorizarlo, después de una formación particular ajustada a los equipos que vaya a manejar. Quiero decir que un FP en electrónica dudo que conozca cómo funciona una cabina de 6KV según EN; pero quizás tampoco uno con FP electrotécnica. Lo que ocurre es que sí tiene una base formativa para entender rápidamente su funcionamiento.

    #432936 Agradecimientos: 0
    O_ren_ ishii
    Participante
    2
    mayo 2004


    Buenas noches,
    Gracias por responder.

    Si te pones en la piel del empresario y te tocara qualificar a un trabajador mediante la autorización expresa, y como bien dices la normativa no dice expresamente cuales titulaciones son las que te permitirían hacerlo, entonces algún criterio habrá que tener y si son estudios de la rama o familia profesional de electricidad y electrónica y las ingenierías industriales, pues creo que es un buen criterio.
    La via de cualificación por la experiencia acreditada de más de dos años sería la otra opción de cualificar, pero mi pregunta iba por la vía de la titulación.

    Saludos,
    O ren

    #432937 Agradecimientos: 0
    ICM75
    Participante
    491
    286
    noviembre 2006


    Super Gran Maestro

    @O_ren_ ishii wrote:

    Hola Carlos,
    Gracias por responder.

    Me refiero a la formación acreditada que describe el legislador en el punto 14 del apartado Definiciones del Anexo I del RD 614/2001, cuando define al trabajador cualificado:

    “14. Trabajador cualificado: trabajador autorizado que posee conocimientos especializados en materia de instalaciones eléctricas, debido a su formación acreditada, profesional o universitaria, o a su experiencia certificada de dos o más años.”

    Qué titulaciones, profesionales o universitarias, considerais que permiten cualificar a un trabajador.

    Saludos,
    O ren

    Deberás comprobar las competencias de la titulación (universitaria o profesional) concreta de que se trate.

    Por ejemplo, a nivel universitario, se pueden presuponer esos conocimientos a todas las que sean competentes para proyectar y dirigir sus obras, y así, en baja tensión, te puedes encontrar:

    * Ingenieros, Ingenieros Técnicos (de cualquier especialidad) y Peritos Industriales.

    * Ingenieros e Ingenieros Técnicos (no se si de cualquier especialidad, pero al menos la de electromecánica sí) de Minas.

    * Creo que Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos e Ingenieros Técnicos (no se si de cualquier especialidad o solo de alguna en concreto) de Obras Públicas.

    * Supongo que Arquitectos y Arquitectos Técnicos también, aunque lo desconozco.

    etc, etc.

    Pero no puedes hacer un listado cerrado, porque corres el riesgo de dejar fuera a alguna que igualmente las tenga, por eso debes estudir el caso concreto.

    #432938 Agradecimientos: 0
    De locos
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    279
    diciembre 2003


    Sabio

    Si quieres hacerte un listado del que tirar, tendrás que ir obligatoriamente a los planes de estudios (ya puedes prepararte).
    Allí te encontrarás que hay titulaciones técnicas competentes para firmar proyectos eléctricos en campos muy concretos, que dan la risa respecto de la formación eléctrica que reciben (para apagar y encender la luz y poco más) (Léase Minas por ejemplo)

    Desde luego, la electricidad es un asunto propio de las titulaciones de ingenierías industriales (especialidades eléctricas) y de telecomunicaciones; del resto, yo me miraría bastante no solo el plan de estudios, sino la experiencia personal; ya que si un ingeniero agrónomo se ha tirado su vida proyectando naves agropecuarias, imagino que algo habrá aprendido; pero no hay nada predeterminado.

    En cuanto a las ramas de FP, solo aceptaría titulaciones electrotécnicas, pero no le haría ascos a ramas de electrónica, porque si saben, saben, y si no es así, tendrás facilidad para asimilar los conocimientos necesarios.

    Insisto en que no solamente es tener la titulación, sino que el empresario debe asegurarse de que domina las instalaciones sobre las que va a ejecutar trabajos para los que se requiere la cualificación.
    Si quieres un ejemplo extremo, ¿cualificarías a un técnico acostumbrado a trabajar sobre celdas normalizadas, para una instalación antigua, con interruptores de vacío de los antiguos y seccionadores de machetes? Yo lo haría con cuidado; porque al final el empresario es responsable de que el trabajador cualificado no la cague por falta de formación, y no le bastará con decir que era perito industrial.

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